Resoluciones de DGI

Prórroga al 2027: códigos estandarizados en documentación de operaciones DGI

La DGI postergó hasta el 1° de julio de 2027 la obligación de usar códigos estandarizados en documentación de operaciones, originalmente prevista para julio de 2025.

Rodrigo Abaz·20 de octubre de 2026
Prórroga al 2027: códigos estandarizados en documentación de operaciones DGI

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Si sos contribuyente o trabajás con documentación electrónica de operaciones en Uruguay, esta novedad te interesa: la Dirección General Impositiva (DGI) acaba de prorrogar una obligación que estaba a punto de entrar en vigencia. Te contamos qué cambió, por qué, y qué implica para vos.

¿Qué era la Resolución N° 590/2025?

A fines de febrero de 2025, la DGI emitió la Resolución N° 590/2025, que establecía la obligación de incorporar códigos estandarizados en la documentación de operaciones de determinados contribuyentes. Esta medida apuntaba a uniformizar la forma en que se identifican bienes, servicios u otras categorías dentro de los comprobantes fiscales electrónicos y demás documentos tributarios.

La fecha de entrada en vigencia original era el 1° de julio de 2025.

¿Qué cambió ahora?

Mediante la Resolución N° 1.047/2025, dictada el 17 de junio de 2025 —apenas días antes de la fecha límite—, el Director General de Rentas resolvió prorrogar la entrada en vigencia de esa obligación hasta el:

1° de julio de 2027

Es decir, los contribuyentes alcanzados por la norma original cuentan ahora con dos años adicionales para adaptar sus sistemas y procesos al uso de estos códigos.

¿Por qué se prorrogó?

La propia resolución explica el motivo: resultó necesario adecuar las especificaciones técnicas para el uso del código estandarizado. En otras palabras, aún hay aspectos de implementación que deben ajustarse antes de que la obligación sea exigible, y la DGI optó por dar más tiempo en lugar de forzar un cumplimiento sobre bases técnicas incompletas.

Este tipo de prórrogas es habitual en el contexto de la digitalización tributaria uruguaya, donde la coordinación entre el organismo recaudador, los desarrolladores de software y los contribuyentes requiere plazos realistas.

¿A quiénes afecta?

La Resolución N° 590/2025 hacía referencia a determinados contribuyentes, categoría que quedará precisada cuando la DGI publique las especificaciones técnicas definitivas. En general, este tipo de obligaciones suele impactar en:

  • Empresas emisoras de comprobantes fiscales electrónicos (CFE).
  • Contribuyentes de IRAE con cierto volumen de facturación.
  • Operadores que documentan operaciones con bienes o servicios categorizados.

Si tenés dudas sobre si tu empresa está alcanzada, lo más recomendable es consultar con tu contador o estar atento a las comunicaciones oficiales de la DGI.

¿Qué deberías hacer mientras tanto?

Aunque la fecha se corrió a 2027, no conviene esperar hasta último momento. Algunas acciones concretas que podés tomar desde ya:

  • Informarte sobre qué son los códigos estandarizados y cómo aplican a tu rubro.
  • Hablar con tu proveedor de software de facturación para saber si ya están trabajando en la adaptación.
  • Revisar tu documentación interna y evaluar si tus procesos de emisión de comprobantes pueden adaptarse sin fricciones.
  • Seguir las novedades de la DGI, ya que las especificaciones técnicas definitivas se publicarán próximamente.

Texto completo de la resolución

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

Resolución N° 1.047/2025

Prórroga vigencia Resolución N° 590/2025 de 28 de febrero de 2025 en relación al uso de códigos estandarizados en la documentación de operaciones de determinados contribuyentes.
(2.481)

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

RESOLUCIÓN N° 1047/2025

Montevideo, 17 de Junio de 2025

VISTO: la Resolución N° 590/2025 de 28 de febrero de 2025.

RESULTANDO: que la norma mencionada en el Visto establece la obligación a partir del 1° de julio de 2025 del uso de códigos estandarizados en la documentación de operaciones de determinados contribuyentes.

CONSIDERANDO: necesario prorrogar la entrada en vigencia de dicha obligación a los efectos de adecuar las especificaciones para el uso del referido código.

ATENTO: a lo expuesto.

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:

Prorrógase la entrada en vigencia de la Resolución N° 590/2025 de 28 de febrero de 2025, hasta el 1° de julio de 2027.

Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web.
Cumplido archívese.

Director General de Rentas, Gustavo González Amilivia.

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