Vencimientos de DGI y BPS en 2026: calendario, multas y recargos
En la DGI, las empresas pagan y declaran en una fecha por mes según su grupo: las NO CEDE, por ejemplo, el 25 de noviembre y el 28 de diciembre de 2026, sin importar el dígito del RUT. El IVA mínimo vence cerca del 20 y los servicios personales, cada dos meses. En el BPS, la nómina y los aportes vencen según el último dígito del número de empresa. Si pagás tarde, se suma una multa del 5, 10 o 20 % y un recargo mensual del 0,80 %.
DGI: el día del mes según tu grupo
Las empresas de la DGI se dividen en CEDE (las de control especial) y NO CEDE (la gran mayoría de las pymes). Cada grupo tiene un solo día por mes, el mismo para todos los dígitos del RUT, para presentar la declaración jurada y pagar lo del mes anterior: IVA, anticipos de IRAE y de Patrimonio y retenciones. Lo que sí va por dígito del RUT es el vencimiento del certificado único.
| Mes de 2026 | CEDE | NO CEDE |
|---|---|---|
| Enero | 22 | 26 |
| Febrero | 23 | 25 |
| Marzo | 23 | 25 |
| Abril | 22 | 27 |
| Mayo | 22 | 25 |
| Junio | 22 | 25 |
| Julio | 22 | 27 |
| Agosto | 24 | 26 |
| Setiembre | 22 | 25 |
| Octubre | 22 | 26 |
| Noviembre | 23 | 25 |
| Diciembre | 22 | 28 |
IVA mínimo (Literal E)
La cuota de cada mes se paga en el mes siguiente:
| Mes que se paga | Vence |
|---|---|
| Diciembre 2025 | 20 de enero |
| Enero 2026 | 20 de febrero |
| Febrero 2026 | 20 de marzo |
| Marzo 2026 | 20 de abril |
| Abril 2026 | 20 de mayo |
| Mayo 2026 | 22 de junio |
| Junio 2026 | 20 de julio |
| Julio 2026 | 20 de agosto |
| Agosto 2026 | 21 de setiembre |
| Setiembre 2026 | 20 de octubre |
| Octubre 2026 | 20 de noviembre |
| Noviembre 2026 | 21 de diciembre |
Servicios personales: IVA e IRPF cada dos meses
Los profesionales y demás prestadores de servicios personales fuera de la relación de dependencia hacen los pagos a cuenta de IVA e IRPF por bimestre:
| Bimestre | Vence |
|---|---|
| Noviembre - Diciembre 2025 | 26 de enero |
| Enero - Febrero 2026 | 25 de marzo |
| Marzo - Abril 2026 | 25 de mayo |
| Mayo - Junio 2026 | 27 de julio |
| Julio - Agosto 2026 | 25 de setiembre |
| Setiembre - Octubre 2026 | 25 de noviembre |
BPS: nómina y aportes por último dígito
Para la mayoría de las empresas, la nómina y el pago de los aportes vencen en el mes siguiente al de cargo, un día para los números de empresa terminados en 0 a 4 y otro para los terminados en 5 a 9. Si pagás por internet, el pago se puede hacer hasta la fecha de la columna «Pago por internet», pero la nómina se presenta igual en tu fecha. Los profesionales que pagan el FONASA de servicios personales tienen su propia fecha.
| Mes de pago 2026 | Dígitos 0 a 4 | Dígitos 5 a 9 | Pago por internet | FONASA servicios personales |
|---|---|---|---|---|
| Enero | 19 | 20 | 23 | 26 |
| Febrero | 18 | 19 | 24 | 24 |
| Marzo | 16 | 17 | 20 | 25 |
| Abril | 20 | 21 | 24 | 24 |
| Mayo | 19 | 20 | 25 | 25 |
| Junio | 15 | 16 | 22 | 24 |
| Julio | 15 | 16 | 21 | 27 |
| Agosto | 17 | 18 | 21 | 24 |
| Setiembre | 15 | 16 | 21 | 25 |
| Octubre | 16 | 19 | 22 | 26 |
| Noviembre | 17 | 18 | 23 | 25 |
| Diciembre | 15 | 16 | 21 | 23 |
Construcción, organismos públicos, intendencias, mayores contribuyentes y empresas de temporada tienen otras fechas: están en el calendario completo del BPS.
Las declaraciones anuales
| Declaración | Cuándo vence |
|---|---|
| Formulario 1050 (IRAE e IP de empresas NO CEDE) | Dentro del cuarto mes siguiente al cierre del ejercicio, aunque no haya actividad. |
| Declaración anual de FONASA de servicios personales (BPS) | Según el último dígito de la empresa: 16 de abril (0, 1 y 2), 23 de abril (3, 4 y 5) y 30 de abril (6, 7, 8 y 9). |
| IASS (jubilados) | Del 15 de abril al 31 de agosto, para todos los dígitos. |
| Impuesto al Patrimonio de personas físicas | Declaración jurada del año 2025: 15 de mayo de 2026; pagos a cuenta de 2026: 22 de setiembre, 21 de octubre y 22 de diciembre. |
La declaración anual de IRPF tiene su propio cronograma por último dígito: está en el ordinal 16 del calendario de la DGI y en Declaración Jurada de IRPF.
Qué pasa si pagás tarde
Se suma una multa por mora que depende del atraso (art. 94 del Código Tributario) y un recargo mensual. En el BPS, presentar la nómina en plazo con declaración jurada de no pago reduce la multa a la mitad: por eso, aunque no puedas pagar, conviene presentar la nómina a tiempo.
| Atraso en el pago | DGI | BPS |
|---|---|---|
| Hasta el 5.º día hábil | 5 % | 5 % (2,5 % con nómina en plazo) |
| Del 6.º día hábil a 90 días corridos | 10 % | 10 % (5 % con nómina en plazo) |
| Más de 90 días corridos | 20 % | 20 % (10 % con nómina en plazo) |
| Recargo mensual (noviembre 2026) | 0,80 %, día por día | 0,80 %, capitalizable cada cuatro meses |
Si ya tenés atrasos, en regularizar deudas con DGI y BPS explicamos los convenios y cómo recuperar los certificados.
Fuentes oficiales
- DGI — Vencimientos 2026, calendario general actualizado
- BPS — Calendario de vencimientos 2026 (PDF)
- BPS — Calendarios de vencimientos
- IMPO — Código Tributario, art. 94 (multa por mora y recargos)
- DGI — Tasas de recargo por mora
- BPS — Multas y recargos por mora
- DGI — Quiénes presentan el formulario 1050 y en qué plazo
Información general con valores vigentes al 6 de noviembre de 2026. Las fechas pueden cambiar por resolución del organismo: confirmalas antes de pagar.
Preguntas frecuentes sobre vencimientos
¿Los vencimientos de la DGI dependen del último dígito del RUT?
Los pagos mensuales no: en 2026 las empresas NO CEDE vencen todas el mismo día de cada mes (por ejemplo, el 25 de noviembre y el 28 de diciembre) y las CEDE en otro. Lo que va por dígito del RUT es el vencimiento del certificado único y la declaración anual de IRPF.
¿Cuándo vence el BPS en diciembre de 2026?
Para la mayoría de las empresas, el 15 de diciembre si el número de empresa termina en 0 a 4 y el 16 si termina en 5 a 9. Pagando por internet, el pago puede hacerse hasta el 21, pero la nómina se presenta en la fecha del dígito.
¿Cuándo vence el IVA mínimo?
Cerca del 20 del mes siguiente. Por ejemplo, el IVA mínimo de octubre de 2026 vence el 20 de noviembre y el de noviembre, el 21 de diciembre.
¿Cada cuánto pagan IVA e IRPF los profesionales?
Cada dos meses. El bimestre setiembre-octubre de 2026 vence el 25 de noviembre.
¿Qué pasa si pago un día tarde?
Se aplica la multa por mora del 5 % si pagás dentro de los 5 días hábiles, más el recargo mensual (0,80 % en noviembre de 2026). Después de ese plazo la multa sube al 10 % y, pasados 90 días corridos, al 20 %.

