IVA mínimo en Uruguay: Literal E, cuota y año gradual
El IVA mínimo es un régimen simplificado para pequeñas empresas encuadradas en Literal E: en lugar de liquidar IVA ventas menos IVA compras, se paga una cuota mensual fija —$5.910 en 2026— y no se traslada IVA en las facturas. Acá repasamos la cuota mensual, el año gradual (que en realidad dura 24 meses), el tope de ingresos y la alternativa con facturación electrónica.
Un régimen simplificado para pequeñas empresas
El IVA mínimo es una forma simplificada de tributar para pequeñas empresas encuadradas en Literal E. En vez de liquidar IVA ventas menos IVA compras, se paga una cuota mensual fija de $5.910 (2026). La empresa no traslada IVA: factura sin agregarle el 22% y, por lo tanto, su cliente no computa crédito fiscal por esa compra.
Es un régimen pensado para operativas chicas, con tope de ingresos y condiciones específicas de permanencia. Si el negocio crece o cambia de escala, puede dejar de convenir o directamente dejar de corresponder.
Cuota mensual
$5.910 por mes en 2026 (Dec. 310/025)
Año gradual
25% y 50% de la cuota durante los primeros 24 meses
Literal E
Encuadre típico de pequeña empresa
Tope ingresos
305.000 UI por ejercicio ($1.959.229 en 2026)
Alternativa e-Factura
Si documentás solo con CFE, pagás el menor entre el 3,3% del mes y la cuota
No trasladás IVA
Facturás sin IVA y tu cliente no computa crédito
Cómo funciona el año gradual
Pese al nombre, la escala reducida por inicio de actividades dura 24 meses: 25% de la cuota los primeros 12 meses, 50% los segundos 12 y 100% a partir de los terceros 12.
Primeros 12 meses
Desde la primera venta pagás el 25% de la cuota: $1.478 por mes en 2026.
Segundos 12 meses
La cuota sube al 50%: $2.955 por mes en 2026.
Régimen pleno
A partir de los terceros 12 meses pagás la cuota completa: $5.910 por mes en 2026.
Los 12 meses se cuentan desde la primera venta, así que conviene confirmar bien esa fecha: tomarla mal puede hacerte pagar de más o de menos.
Cuánto podés facturar para seguir en el régimen
El régimen de IVA mínimo tiene un tope de ingresos por ejercicio: 305.000 UI, equivalentes a $1.959.229 en 2026. Si lo superás, dejás de encuadrar como pequeña empresa desde el mes en que lo superás y pasás a IRAE, IVA general e Impuesto al Patrimonio.
Por eso no alcanza con mirar la cuota mensual: también hay que mirar la evolución de la facturación, sobre todo si tu actividad viene creciendo.
Qué conviene monitorear
- Facturación acumulada del año
- Si seguís dentro del tope del régimen
- Si te conviene cuota fija o alternativa por porcentaje
- Si la actividad sigue calificando como pequeña empresa
Cuota fija vs porcentaje sobre lo facturado
Cuota fija
La lógica más simple: pagás la cuota del régimen ($5.910 por mes en 2026, o la reducida del 25% o 50% si estás en los primeros 24 meses), independientemente del nivel exacto de facturación del mes.
- Más previsible
- Más fácil de presupuestar
Alternativa por porcentaje
A partir del mes en que documentés tus operaciones exclusivamente con facturación electrónica, pagás el menor de dos importes: el 3,3% de los ingresos del mes o la cuota que te corresponda (25%, 50% o 100%). Si emitís aunque sea parte en papel, no accedés al beneficio y debés la cuota completa.
- Conviene los meses en que el 3,3% queda por debajo de la cuota
- Hay que simular cuál opción te sirve más
Si necesitás revisar la parte más general del impuesto, también puede servirte ver IVA en Uruguay.
Dudas frecuentes sobre IVA mínimo
¿Qué es el IVA mínimo en Uruguay?
Es un régimen simplificado para pequeñas empresas encuadradas en Literal E: en vez de liquidar IVA ventas menos IVA compras se paga una cuota mensual fija, $5.910 en 2026. La empresa no traslada IVA en sus facturas, así que su cliente tampoco computa crédito fiscal por esa compra.
¿Qué es el año gradual?
Es la escala reducida por inicio de actividades y, pese al nombre, dura 24 meses: los primeros 12 meses desde la primera venta se paga el 25% de la cuota ($1.478 en 2026), los segundos 12 meses el 50% ($2.955) y a partir de los terceros 12 meses el 100% ($5.910).
¿Qué pasa si supero el tope de ingresos?
El tope del ejercicio es de 305.000 UI ($1.959.229 en 2026). Si lo superás, dejás el régimen desde el mes en que ocurre y pasás a IRAE, IVA general e Impuesto al Patrimonio.
¿Siempre conviene la cuota fija?
No necesariamente. Si documentás tus operaciones exclusivamente con facturación electrónica, pagás el menor importe entre el 3,3% de los ingresos del mes y la cuota que te corresponda, así que en meses flojos podés pagar menos que la cuota fija.
¿Cómo sé si me conviene seguir en Literal E?
Hay que mirar facturación, crecimiento del negocio, tope de ingresos, año gradual y si te sigue sirviendo la lógica simplificada frente a un régimen más completo.

