Guía para ingenieros

Qué impuestos paga un ingeniero en Uruguay según su práctica, estructura y aportes

Un ingeniero en Uruguay puede pagar, según cómo ejerza su actividad, IRPF o IRAE, IVA cuando corresponda y aportes a la CJPPU y al FONASA, además de obligaciones vinculadas a la facturación y las declaraciones. La combinación exacta depende de si trabaja de forma independiente o dentro de una consultora o estudio, de sus ingresos y de sus gastos deducibles.

Si trabajás como ingeniero independiente, la respuesta no pasa solo por un impuesto. También importan CJPPU, FONASA, IRPF o IRAE, el tipo de consultoría o estudio, los gastos deducibles y si operás con una estructura más simple o más ordenada.

Actualizado en 2026Impuestos y aportes explicados juntosCJPPU, FONASA y estructura contempladosRespuesta por WhatsApp

Mapa general

Los frentes que más importan en ingeniería y consultoría

Para un ingeniero no alcanza con mirar solo el nombre del impuesto. Lo importante es entender cómo se cruzan aportes, estructura, gastos, facturación y declaraciones.

IRPF o IRAE

En ingeniería la comparación pesa fuerte: el IRPF grava con escala progresiva una base del 70 % de lo facturado, mientras que el IRAE ficto de rentas puras de trabajo aplica 25 % sobre una renta presunta del 48 % (art. 64 Dec. 150/007), o sea 12 % de lo facturado. Sin hijos ni cónyuge a cargo, el ficto recién resulta más barato a partir de ~$380.000 por mes sin IVA.

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CJPPU y aportes

Los ingenieros son profesionales universitarios y aportan a la CJPPU. No es opcional: el ejercicio libre, en nombre propio y para terceros, obliga a aportar (art. 43 de la Ley 17.738). Se liquida sobre el sueldo ficto de la categoría —no sobre lo que facturás— y la tasa pasó del 18,5 % al 20,5 % desde enero de 2026 (Ley 20.410).

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FONASA

FONASA tampoco es opcional: el servicio personal amparado por el SNS aporta todos los meses sobre el 70 % de lo facturado sin IVA —no sobre el ficto jubilatorio ni sobre el 100 % facturado— y la declaración jurada anual es obligatoria para todos los servicios personales.

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IVA y declaraciones

Los honorarios de ingeniería prestados en el país se facturan con IVA a la tasa básica del 22 %, que en servicios personales se liquida de forma bimestral, con anticipos y declaración jurada anual. La facturación electrónica y las presentaciones periódicas también son parte del esquema.

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Consultora o ejercicio individual

No es lo mismo el ingeniero que factura solo por proyecto que una consultora con equipo, socios y estructura. El encuadre como servicio personal profesional cambia cuando la actividad pasa a combinar capital y trabajo, y ahí se abre la discusión de forma jurídica.

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Gastos deducibles

Software técnico y licencias, equipamiento, oficina o cowork y formación pesan mucho en ingeniería, pero solo se computan como gasto real tributando IRAE en régimen real: en IRPF no se deducen gastos reales, rige una deducción ficta del 30 % de los ingresos.

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Escenarios frecuentes

Por qué el caso del ingeniero necesita lectura específica

Ingeniero que ejerce solo, por proyecto

La CJPPU corre desde que hay ejercicio libre, factures mucho o poco
El aporte va sobre el sueldo ficto de la categoría, no sobre el proyecto
Los picos de facturación sí mueven FONASA, IRPF o IRAE

Consultora de ingeniería con equipo y gastos

Con costos altos, el IRAE en régimen real empieza a competir con el ficto
En IRPF no hay gastos reales: rige la deducción ficta del 30 %
La forma jurídica deja de ser un detalle administrativo

Ingeniero en sistemas con clientes del exterior

Exportar servicios puede cambiar el tratamiento del IVA
La exoneración de IRPF es solo para soporte lógico aprovechado íntegramente en el exterior (art. 38 lit. K, Tít. 7)
Los demás giros facturados al exterior siguen gravados por IRPF

Guías relacionadas

Esta guía se entiende mejor junto al resto del mapa

Esta guía funciona mejor cuando se lee junto a servicios personales (si querés confirmar el encuadre general), IRPF vs IRAE (si tu duda ya es cuál conviene tributariamente), CJPPU y la guía general de impuestos para independientes.

Preguntas frecuentes

Dudas comunes sobre impuestos de ingenieros

¿Qué impuestos paga un ingeniero en Uruguay?

Depende de cómo ejerza la actividad. Según el caso pueden aparecer IRPF o IRAE, IVA cuando corresponda, CJPPU, FONASA y otras obligaciones vinculadas a facturación, aportes y declaraciones.

¿Un ingeniero independiente paga CJPPU?

Sí. El ingeniero que ejerce en forma libre, en nombre propio y para terceros, queda personal y obligatoriamente sujeto al régimen de la CJPPU (art. 43 de la Ley 17.738): no es opcional. El aporte se liquida sobre el sueldo ficto de la categoría —desde el 1/1/2026 rige la escala de la Ley 20.410—, así que lo que cambia según el caso es la categoría, no la obligación. Si solo ejercés en relación de dependencia, esa actividad se ampara en el BPS.

¿Un ingeniero tributa IRPF o IRAE?

No hay una única respuesta. En muchos casos se analiza IRPF, pero también puede ser necesario evaluar IRAE según ingresos, costos, estructura y conveniencia fiscal.

¿Un ingeniero puede facturar por Literal E?

No, si lo que prestás son servicios personales. El Literal E es para actividades comerciales o industriales que combinan capital y trabajo, con ingresos anuales por debajo de 305.000 UI; los profesionales y prestadores de servicios personales quedan expresamente excluidos y tributan IRPF o IRAE por servicios personales. Es uno de los errores más comunes al abrir la empresa.