Declaración Jurada de IVA — Servicios Personales
Si prestás servicios personales fuera de relación de dependencia, conocé los vencimientos 2026 (29/06-31/08), la tasa del 22% y cómo coordinar con tu DJ de IRPF.
Declaración Jurada de IVA: Servicios Personales fuera de Relación de Dependencia
La Declaración Jurada de IVA Servicios Personaleses la presentación anual ante DGI donde informás la liquidación del Impuesto al Valor Agregado correspondiente a tu actividad como trabajador independiente. El IVA funciona por diferencia entre el IVA débito (22 % que facturaste a tus clientes) y el IVA crédito (IVA que te cobraron en tus compras vinculadas a la actividad). Ese saldo, menos retenciones y anticipos pagados, determina el resultado final del ejercicio.
Servicios Personales
Prestadores independientes fuera de dependencia.
Presentación Anual
Por ejercicio calendario junto con IRPF.
Tasa 22%
Sobre ingresos por servicios del ejercicio.
Anticipos Mensuales
Pagos a cuenta que se descuentan en DJ anual.
Evitar Multas
Presentación fuera de plazo genera sanciones.
Coordinación IRPF
Se revisa junto a declaración de renta.
Vencimientos DJ IRPF e IVA Servicios Personales 2026
DGI establece un período único de presentación para todos los contribuyentes de servicios personales, independientemente del último dígito del RUT.
Ejercicio Fiscal
2025 — Vencimientos 2026
Período de Presentación — Todos los Dígitos
Del 29 de junio al 31 de agosto de 2026
Fuente: DGI — Calendario Oficial de Vencimientos IRPF e IVA Servicios Personales
Checklist de Documentación Requerida
- Comprobantes de facturación del ejercicio (e-Factura o facturas físicas)
- Anticipos de IVA pagados mensualmente durante el año 2025
- Retenciones sufridas por IVA (si corresponde)
- RUC/NIE actualizado y datos vigentes en DGI
- Acceso a Servicios en Línea de DGI (usuario y contraseña)
- Declaración Jurada de IRPF del mismo ejercicio para consistencia
Recordatorio: Presentar fuera del período establecido (después del 31/08/2026) genera multas automáticas y recargos. Prepará tu documentación antes del 29 de junio para evitar contratiempos.
¿Quiénes Deben Presentar la DJ de IVA Servicios Personales?
La obligación aplica a trabajadores independientes que prestan servicios personales fuera de relación de dependencia.
SÍ deben presentar
- •Profesionales independientes (médicos, abogados, contadores, arquitectos, etc.)
- •Consultores y asesores que facturan servicios personales
- •Trabajadores freelance con ingresos por servicios del ejercicio
- •Prestadores de servicios técnicos o especializados
- •Quienes tributan IRPF categoría II (trabajo independiente)
- •Servicios personales con facturación superior a $0 en el año
NO deben presentar
- •Trabajadores en relación de dependencia exclusiva
- •Personas sin actividad independiente durante el ejercicio
- •Empresas que tributan IRAE (régimen general empresarial)
- •Contribuyentes de IVA mínimo (literal E)
- •Servicios sin facturación ni ingresos en todo el año
- •Actividades exentas de IVA por ley
Situación Mixta: Dependencia + Independencia
Si durante el ejercicio tuviste ingresos en relación de dependencia y además facturaste servicios personales de forma independiente, debés presentar la DJ de IVA Servicios Personales solo por la parte independiente. Es importante coordinar con BPS/FONASA para evitar duplicación de aportes.
¿Cómo Funciona el IVA en Servicios Personales?
Conocé la tasa aplicable, los anticipos mensuales y el resultado final de tu DJ anual.
Tasa del 22 %
Es la tasa que agregás al precio neto al facturar (IVA débito). Al saldo se le descuenta el IVA de tus compras vinculadas (IVA crédito).
Anticipos Mensuales
Durante el año se pagan anticipos mensuales que luego se descuentan del impuesto anual calculado.
Saldo o Devolución
Si los anticipos superan el impuesto, hay devolución. Si son menores, hay saldo a pagar.
Ejemplo de liquidación IVA Servicios
El IVA no es un impuesto sobre tu renta: lo cobrás a tus clientes encima del precio neto y lo transferís a DGI neto del crédito de compras y de lo ya ingresado en anticipos.
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Respondemos las consultas más frecuentes sobre la Declaración Jurada de IVA Servicios Personales.
¿Qué es la Declaración Jurada de IVA Servicios Personales?
¿Cuándo se presenta en 2026 (ejercicio 2025)?
¿Cuál es la tasa del IVA para servicios personales en 2026?
¿Qué documentación necesito para presentar la DJ?
¿Qué pasa si presento fuera de plazo?
¿Cómo se relaciona la DJ de IVA con la DJ de IRPF?
¿Qué son los anticipos de IVA y cómo funcionan?
¿Tengo que presentar si tuve ingresos mixtos (dependencia + independencia)?
¿Qué pasa si no tuve actividad en algunos meses del año?
¿Puedo tener devolución de IVA Servicios Personales?
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