IRPF en Uruguay: qué es, cómo se calcula y cómo recuperar devoluciones
El IRPF (Impuesto a la Renta de las Personas Físicas) es el impuesto administrado por la DGI que grava los ingresos de las personas físicas en Uruguay. Se aplica de forma progresiva, por franjas, sobre las rentas del trabajo (Categoría II); las rentas de capital (Categoría I) tributan a tasa proporcional, sin franjas. Acá encontrás qué es, cómo se calcula, cuáles son las franjas, qué deducciones podés aplicar y cómo obtener tu devolución de IRPF.
El impuesto que grava los ingresos de las personas físicas en Uruguay
El IRPF (Impuesto a la Renta de las Personas Físicas) es un impuesto administrado por la DGIque grava los ingresos de las personas en Uruguay. Se divide entre rentas de capital y rentas del trabajo.
IRPF Categoría I — Rentas de capital
Incluye alquileres, intereses, dividendos y otras rentas patrimoniales. No van por franjas: tributan a tasa proporcional — 12% los alquileres y las restantes rentas, 7% ciertos dividendos y utilidades, y entre 0,5% y 12% los intereses de depósitos y títulos según plazo y moneda.
IRPF Categoría II — Rentas del trabajo
Incluye ingresos de trabajadores dependientes e independientes.
Si tenés ingresos del trabajo por más de una modalidad —dependiente e independiente—, conviene revisar bien el acumulado para entender en qué franja quedás. Las rentas de capital se liquidan aparte, en la Categoría I, y no entran en esa escala.
Administrado por DGI
Se declara y paga ante DGI
Impuesto progresivo
Las rentas del trabajo pagan por franjas del 10% al 36%
Mínimo no imponible
Ingresos bajos pueden no pagar IRPF
Declaración jurada
Puede ser obligatoria u opcional según el caso
Devolución
Las deducciones pueden generar devolución
Deducciones y créditos
Hijos, aportes y crédito por alquiler
Franjas del IRPF Categoría II (rentas del trabajo)
En la Categoría II el IRPF es progresivo: solo pagás la tasa correspondiente sobre el excedente de cada tramo. Las rentas de capital no usan esta escala: van a tasa proporcional.
| BPC mensual | Monto aproximado | Tasa |
|---|---|---|
| Hasta 7 BPC | Hasta $48.048 | 0% |
| Más de 7 a 10 BPC | $48.048 – $68.640 | 10% |
| Más de 10 a 15 BPC | $68.640 – $102.960 | 15% |
| Más de 15 a 30 BPC | $102.960 – $205.920 | 24% |
| Más de 30 a 50 BPC | $205.920 – $343.200 | 25% |
| Más de 50 a 75 BPC | $343.200 – $514.800 | 27% |
| Más de 75 a 115 BPC | $514.800 – $789.360 | 31% |
| Más de 115 BPC | Más de $789.360 | 36% |
IRPF para dependientes e independientes
Trabajadores dependientes
- Tu empleador retiene el IRPF mensualmente
- La DJ puede ser obligatoria u opcional
- Presentarla puede darte devolución
Trabajadores independientes
- La declaración jurada anual suele ser obligatoria
- La renta computable es el 70% de tus ingresos: rige un ficto de gastos del 30% y no se deducen gastos reales
- En algunos casos conviene comparar con IRAE
Cuándo conviene presentar la declaración jurada de IRPF
Aunque no siempre sea obligatoria, presentar la declaración puede servir para recuperar pagos de más y ordenar deducciones que no quedaron bien consideradas durante el año.
Si tuviste más de un ingreso o cambios durante el año
Si tenés hijos a cargo, otras deducciones o pagaste alquiler de vivienda
Si sospechás que te retuvieron IRPF de más y podés tener devolución
Qué podés deducir del IRPF
Las deducciones no bajan la base imponible: se suman y sobre ese total se calcula un crédito contra el impuesto ya liquidado, del 14% si tus ingresos del mes no superan 15 BPC ($102.960 en 2026) o del 8% si los superan. El alquiler de vivienda no integra esta lista: da un crédito propio del 8% de lo efectivamente pagado en el año.
Declaración jurada de IRPF
Revisá cuándo corresponde presentar y cómo recuperar devoluciones.
Aporte FONASA
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Impuestos de abogados
Revisá el mapa específico para abogados independientes y estudios jurídicos.
Impuestos de arquitectos
Revisá el mapa específico para arquitectos independientes y estudios.
Dudas frecuentes sobre IRPF
¿Cómo sé si tengo devolución de IRPF?
Hay que revisar si durante el año te retuvieron más de lo que correspondía según tus ingresos y deducciones. Si eso pasó, la declaración jurada puede generar una devolución a tu favor.
¿Cuándo me conviene presentar la declaración jurada aunque no sea obligatoria?
Suele convenir cuando tuviste más de un ingreso, cambios de trabajo, hijos a cargo, otras deducciones o pagaste alquiler de vivienda (que da un crédito del 8% de lo abonado en el año), porque todo eso puede mejorar el resultado final del impuesto.
¿Qué es el IRPF en Uruguay?
El IRPF es el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas. Grava ingresos del trabajo y ciertas rentas de capital, y es administrado por la DGI.
¿Cómo se calcula el IRPF?
Depende de la categoría. El IRPF de las rentas del trabajo (Categoría II) se calcula por franjas progresivas: no se aplica una sola tasa sobre todo el ingreso, sino tasas distintas sobre cada tramo que va excediendo los mínimos definidos. El IRPF de las rentas de capital (Categoría I) no usa franjas: se aplica una tasa proporcional sobre la renta computable, del 12% en los alquileres y demás rendimientos de capital inmobiliario.
¿Qué puedo deducir del IRPF?
Aportes jubilatorios (BPS, CJPPU, Caja Notarial), FONASA y FRL, Fondo de Solidaridad, hijos menores a cargo y cuotas de préstamos hipotecarios de vivienda única y permanente. Las deducciones no bajan la base imponible: se suman y sobre ese total se calcula un crédito del 14% (si los ingresos del mes no superan 15 BPC, $102.960 en 2026) o del 8% (si los superan), que se resta del impuesto liquidado por franjas. El alquiler de vivienda no es una deducción: genera un crédito aparte, del 8% de lo efectivamente pagado en el año.
¿Cuándo corresponde presentar declaración jurada de IRPF?
Depende del caso. Para algunos trabajadores es obligatoria y para otros opcional, aunque presentarla puede ser útil para recuperar devoluciones cuando hubo retenciones de más.

