Guía para diseñadores
Qué impuestos paga un diseñador en Uruguay según su práctica, clientes y estructura
Un diseñador en Uruguay puede pagar distintos impuestos según cómo ejerza su actividad: IRPF o IRAE, IVA cuando corresponda, BPS y FONASA. Qué impuestos aplican depende de si trabajás como diseñador freelance, de si tenés clientes del exterior y de la estructura que elijas. La respuesta no pasa solo por un impuesto: también importan los gastos deducibles y si operás con una estructura más simple o más ordenada.
Mapa general
Los frentes que más importan en diseño
En diseño no alcanza con mirar un solo impuesto. Lo que define el resultado es cómo se cruzan el encuadre en IRPF o IRAE, los aportes que corren todos los meses, el IVA de tus clientes y qué gastos podés computar según el régimen.
IRPF o IRAE
Por defecto el diseño tributa IRPF y podés optar por IRAE, con un compromiso mínimo de 3 años. En el IRAE ficto la renta presunta es el 48 % de lo facturado y sobre eso se aplica el 25 %: un 12 % efectivo (art. 64 Dec. 150/007).
Ver guía específicaBPS sobre ficto, no caja profesional
El diseño figura entre los servicios personales NO profesionales: se aporta al BPS sobre Bases Fictas de Contribución, con la categoría de ficto que elegís al inscribir la empresa. No hay caja profesional de por medio.
Ver guía específicaFONASA todos los meses
FONASA no es opcional. La base de cálculo es el 70 % de lo facturado sin IVA, y el umbral de 2,5 BPC que define la tasa se mide sobre esa base, no sobre el 100 % facturado. La declaración jurada anual es obligatoria para todos los servicios personales.
Ver guía específicaIVA 22 % y clientes del exterior
Acá el diseño no sigue al software. La exoneración por exportación de servicios sale de una lista taxativa por giro (art. 34 Dec. 220/998): el desarrollo de soporte lógico está incluido, el diseño no. Facturar al exterior no apaga por sí solo el IVA.
Ver guía específicaGastos del estudio
En IRPF de servicios personales no se deducen gastos reales: rige la deducción ficta del 30 % de los ingresos. Software, licencias, equipo, cowork, internet y cursos se computan solo optando por IRAE y liquidando por contabilidad suficiente.
Ver guía específicaFacturación electrónica y régimen
Todas las facturas tienen que ser electrónicas (CFE). Y el Literal E no es una salida para el diseño ejercido como servicio personal puro: ese régimen exige actividad empresarial que combine capital y trabajo, y los servicios personales están entre los excluidos.
Ver guía específicaEscenarios frecuentes
Por qué el caso del diseñador necesita lectura específica
El diseño se parece al trabajo tech por fuera —freelance, remoto, clientes de afuera— pero no comparte su tratamiento fiscal. Copiar el esquema de un programador es el error más caro de esta práctica.
Diseñador freelance con clientes locales
Diseñador que factura al exterior
Estudio o agencia con equipo
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Esta guía se entiende mejor junto al resto del mapa
Esta guía funciona mejor cuando se lee junto a la guía para diseñadores, servicios personales (si querés confirmar el encuadre general), IRPF vs IRAE (si tu duda ya es cuál conviene tributariamente) y la guía general de impuestos para independientes.
Preguntas frecuentes
Dudas comunes sobre impuestos de diseñadores
¿Qué impuestos paga un diseñador en Uruguay?
Depende de cómo ejerza la actividad. Según el caso pueden aparecer IRPF o IRAE, IVA cuando corresponda, BPS, FONASA y otras obligaciones vinculadas a facturación, aportes y declaraciones.
¿Un diseñador freelance tributa IRPF o IRAE?
No hay una única respuesta. Por defecto se tributa IRPF y se puede optar por IRAE, con un compromiso mínimo de 3 años. Con el régimen ficto del IRAE (renta presunta 48 % × 25 % = 12 % de lo facturado, art. 64 Dec. 150/007), el IRAE empieza a ser más barato que el IRPF recién a partir de unos $380.000 por mes sin cargas de familia; con hijos a cargo el cruce es más alto. También puede convenir si tenés muchos gastos reales deducibles.
¿Qué pasa si trabajo para clientes del exterior?
Cuando hay clientes del exterior cambia mucho la conversación sobre IVA, documentación, cobros y encuadre fiscal. Conviene analizarlo caso a caso.
¿Un diseñador que factura al exterior está exonerado de IVA como los programadores?
No se puede asumir que sí. El IVA a tasa 0 por exportación de servicios sale de una lista taxativa (art. 34 Dec. 220/998) armada por giro: el desarrollo de soporte lógico aprovechado exclusivamente en el exterior está comprendido, y otros giros como el diseño facturan IVA a la tasa que corresponda. Con el IRPF pasa lo mismo: la exoneración del art. 38 lit. K del Título 7 es solo para producción de soportes lógicos y servicios vinculados aprovechados íntegramente en el exterior. Los demás giros de servicios personales facturados al exterior siguen gravados como renta de fuente uruguaya.
¿Un diseñador aporta a una caja profesional o al BPS?
Al BPS. El diseño se ubica entre los servicios personales no profesionales, que no requieren título universitario habilitante y aportan al BPS sobre sueldo ficto, a diferencia de los profesionales que aportan a CJPPU o Caja Notarial. El aporte se calcula sobre Bases Fictas de Contribución y la categoría de ficto la elegís al inscribir la empresa; se paga mensualmente y determina tu jubilación futura.
¿Un diseñador freelance puede estar en el Literal E?
Como servicio personal puro, no. El Literal E exige desarrollar actividades comerciales o industriales que combinen capital y trabajo, y los servicios personales figuran expresamente entre los excluidos del régimen. Si tu actividad es empresarial y no un servicio personal puro, ahí sí corresponde revisar el tope de 305.000 UI anuales y las demás condiciones.
¿Qué gastos puede deducir un diseñador?
Depende del régimen. En IRPF de servicios personales no se deducen gastos reales: la ley aplica una deducción ficta del 30 % de los ingresos. Software y licencias, notebook o equipamiento, cowork u oficina, internet y telefonía laboral, cursos y herramientas online se deducen solo optando por IRAE y liquidando por contabilidad suficiente. Los consumos personales o mixtos requieren análisis adicional.

