Contador para creativos en Uruguay
Un creativo en Uruguay —fotógrafo, videógrafo, artista o músico— puede desarrollar su actividad como actividad individual o mediante una estructura societaria. Según el encuadre corresponde IRPF o IRAE, junto con los aportes al BPS. Los gastos dependen del régimen: en IRPF de servicios personales rige una deducción ficta del 30% de los ingresos y los equipos, licencias y servicios solo se deducen como gasto real bajo IRAE en régimen real. Si trabajás en fotografía, video, música, ilustración o producción creativa, te ayudamos a definir estructura, revisar IRPF, IRAE y BPS, clientes del exterior y ordenar los gastos de tu actividad.
Actividades creativas que asesoramos
Fotografía
Video y edición
Música y producción
Ilustración y arte
Animación y contenido visual
Otras actividades creativas
Estructura fiscal que solemos evaluar
Actividad individual
- Puede encajar mejor para proyectos freelance o actividad personal
- IRPF y aportes según encuadre
- Administración más simple
- En IRPF no deduce gastos reales: rige la deducción ficta del 30%
- No separa patrimonio personal y actividad
Estructura más escalable
- Puede convenir si hay estudio, productora o equipo
- Más formalidad contable y tributaria
- Ayuda a ordenar crecimiento y colaboradores
- Mayor separación patrimonial
- Mejor para actividades creativas con más escala
Gastos que revisamos si tributás IRAE en régimen real
Equipos y software
Cámaras, audio, edición, licencias y herramientas de trabajo.
Producción y formación
Locaciones, insumos, capacitación y servicios vinculados.
Operativa
Internet, estudio, cowork, hosting y otros costos del día a día.
Si además prestás servicios al exterior o querés comparar con otros encuadres, también puede servirte revisar servicios personales profesionales y no profesionales.

