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Liquidación de licencia en Uruguay

La liquidación de licencia calcula los días de licencia anual generados según la antigüedad del trabajador, la licencia no gozada pendiente al egreso y el salario vacacional, que corresponde siempre por Ley 16.101 (100 % del jornal líquido por los días de licencia). Liquidamos la licencia anual generada, la licencia no gozada al egreso y el salario vacacional, con recibos y documentación lista.

Licencia gozadaLicencia no gozadaSalario vacacionalRecibos listos
Cuándo aparece

¿Cuándo necesitás liquidar licencia?

No solo cuando alguien se va de vacaciones. También aparece en egresos, regularizaciones y revisiones de días pendientes.

1

Si el trabajador va a gozar licencia y necesitás calcular días y pago correctamente

2

Si hay licencia pendiente o no gozada al momento del egreso

3

Si querés evitar errores de antigüedad, días generados o salario vacacional

Días de licencia

Cómo se determinan los días según antigüedad

La cantidad de días de licencia cambia con la antigüedad del trabajador y el momento del cálculo.

Antigüedad base

La licencia anual parte de una base y se ajusta según años de trabajo.

Incrementos

Los días aumentan a medida que crece la antigüedad del empleado.

Licencia pendiente

Al egreso, se revisa cuántos días quedaron sin gozar.

Salario vacacional

Cuándo corresponde y cómo se liquida

Licencia gozada

Cuando el trabajador toma su licencia siempre corresponde salario vacacional (Ley 16.101): 100 % del jornal líquido de vacaciones por los días de licencia que le tocan por antigüedad, abonado antes del inicio del descanso. Lo que se calcula es el monto, no si corresponde: el convenio puede mejorarlo o pactar el cómputo de los días, nunca suprimirlo.

No gozada al egreso

Al egreso se liquidan siempre los días de licencia generada y no gozada más el salario vacacional proporcional sobre esos mismos días (jornal líquido × días no gozados), cualquiera sea la causal del cese.

La licencia no se puede improvisar: tomar mal la antigüedad o dejar afuera componentes puede afectar el monto final.

Qué entregamos

Documentación y cálculo listo

Recibo digital

Documento listo para entregar y archivar.

Cálculo completo

Monto de la licencia, de la licencia no gozada y del salario vacacional que corresponde sobre esos días (Ley 16.101).

Entrega rápida

Resolución ágil para gestión mensual o egresos.

Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes sobre licencia

¿Cómo se calculan los días de licencia?
Los días se determinan según la antigüedad del trabajador y las reglas aplicables al período correspondiente.
¿Qué es la licencia no gozada?
Es la licencia generada y pendiente al momento del egreso, que debe liquidarse en la salida del trabajador.
¿Siempre corresponde salario vacacional?
Sí, siempre. La Ley 16.101 lo reconoce a todos los trabajadores de la actividad privada y de las personas públicas no estatales —incluidos los rurales y los del trabajo doméstico—: 100 % del jornal líquido de vacaciones por los días de licencia que correspondan por antigüedad, abonado antes del inicio de la licencia y en proporción a los días. El jornal líquido es el nominal menos los aportes personales de seguridad social (montepío, FONASA y FRL), dividido entre 30. El convenio colectivo puede mejorar ese mínimo o pactar el cómputo de los días, nunca eliminarlo.
¿Se puede liquidar junto con el egreso?
Sí. Al terminar la relación laboral el empleador debe pagar siempre los jornales de licencia generada y no gozada (Ley 12.590 art. 9), junto con el salario vacacional proporcional sobre esos mismos días.
¿Qué errores son comunes?
Tomar mal la antigüedad, no considerar los días pendientes de años anteriores o calcular el salario vacacional sobre el jornal nominal en vez del jornal líquido.
Licencia sin complicaciones

¿Necesitás liquidar licencia o licencia no gozada?

En Calculame te ayudamos a dejarlo calculado y documentado correctamente.