Régimen de Servicios Personales en Uruguay
Los servicios personales son actividades que prestás por cuenta propia en base a tu trabajo personal —tu conocimiento, tu tiempo o tu capacidad técnica—, sin una estructura comercial. Se dividen en profesionales (con título universitario habilitante, aportan a CJPPU o Caja Notarial) y no profesionales (sin título, aportan a BPS sobre ficto).
Guía completa para profesionales universitarios (médicos, abogados, contadores) y no profesionales (diseñadores, programadores, consultores). Tributás IRPF o IRAE, pagás IVA 22% bimestral, aportes jubilatorios sobre ficto y FONASA sobre el 70% de lo facturado sin IVA.
Profesional vs No Profesional
La principal diferencia está en la caja jubilatoria y algunos requisitos.
Servicios Profesionales
Requieren título universitario habilitante. Aportan a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (CJPPU) o Caja Notarial.
Caja Jubilatoria
CJPPU o Caja Notarial
Requisito
Título universitario habilitante
Matrícula
Sí (colegio profesional)
Ejemplos:
- • Médicos
- • Abogados
- • Contadores
- • Arquitectos
- • Ingenieros
- • Escribanos
- • Psicólogos
- • Odontólogos
Servicios Personales No Profesionales
No requieren título universitario. Aportan al Banco de Previsión Social (BPS) sobre sueldo ficto.
Caja Jubilatoria
BPS (sueldo ficto)
Requisito
NO requiere título
Matrícula
No (salvo actividades específicas)
Ejemplos:
- • Diseñadores
- • Programadores
- • Consultores
- • Personal trainers
- • Fotógrafos
- • Community managers
- • Traductores
- • Artistas
¿Cuándo entrás en servicios personales?
Este régimen suele aplicar cuando trabajás por cuenta propia prestando tu conocimiento, tu tiempo o tu capacidad técnica, sin encajar en una actividad comercial típica. Si querés ver el mapa completo de obligaciones, revisá la guía qué impuestos paga un profesional independiente en Uruguay.
Si trabajás como profesional independiente o prestador de servicios sin estructura comercial fuerte
Si tu actividad se basa principalmente en tu trabajo personal y no en vender productos
Si necesitás definir si te conviene IRPF o IRAE según ingresos y gastos
¿Qué Impuestos y Aportes Pago?
IRPF o IRAE (a elección)
IRPF: escala progresiva 0-36% (exento hasta 84 BPC anuales) sobre el 70% de lo facturado, con crédito por deducciones. IRAE: 25% sobre una renta ficta del 48% de los ingresos hasta 2.000.000 UI (60% de 2 a 3 millones y 72% por encima), o sea 12%, 15% y 18% efectivos; también podés liquidar por contabilidad suficiente deduciendo gastos reales. Anticipos bimestrales y declaración jurada anual.
IVA Servicios Personales
22% sobre servicios en Uruguay. Anticipos bimestrales con crédito fiscal por compras y declaración jurada anual (formulario 1302). Código 544 en DGI.
Aportes Jubilatorios
Profesionales: CJPPU sobre ficto; se arranca en la primera categoría y se asciende automáticamente (cada 3 años en la carrera de 10 categorías, cada 2 en la de 15). No profesionales: BPS sobre Bases Fictas de Contribución (BFC), con la categoría de ficto que elegís al inscribir la empresa.
FONASA
Se calcula sobre la base de cálculo BPS = 70% de lo facturado sin IVA (no sobre el ficto jubilatorio ni sobre el 100% facturado). A esa base se le aplica la tasa personal según tu núcleo familiar.
Declaración Jurada FONASA
Anual, obligatoria para todos los servicios personales. Es un trámite de BPS: por el ejercicio 2025 se presentó entre el 9 de febrero y el 16, 23 o 30 de abril de 2026, según la terminación del número de empresa. Multa 1 UR si presentás fuera de plazo.
Facturación Electrónica
Obligatoria desde 2025. CFE (Comprobante Fiscal Electrónico) para todas las facturas. Proveedores homologados DGI.
IRPF vs IRAE: ¿Cuál me Conviene?
A partir de ~$380.000 mensuales puede convenir optar por IRAE. Si querés ver una comparación enfocada solo en esa decisión, revisá nuestra guía IRPF vs IRAE en Uruguay.
Comparación IRPF vs IRAE
IRPF (Régimen por defecto)
✗ Desventaja:
Conviene con ingresos bajos-medios y cuando tenés deducciones personales (hijos, cónyuge).
IRAE (Opción desde 3 años)
✓ Ventaja:
Conviene con ingresos altos y cuando tenés gastos deducibles importantes o NO tenés deducciones personales.
Profesional sin hijos, facturación $328.000/mes
• Ingresos mensuales: $328.000 (sin IVA)
• Sin hijos ni cónyuge a cargo
• Aporte CJPPU categoría intermedia
IRPF:
Escala progresiva sobre base 70 % ($229.600) − crédito 8 % aportes → ~$33.000/mes
IRAE:
Ficto: renta presunta 48 % de $328.000 = $157.440 × 25 % = $39.360/mes
No profesional con 1 hijo, facturación $300.000/mes
• Ingresos mensuales: $300.000 (sin IVA)
• 1 hijo menor a cargo
• Cónyuge con cobertura propia
IRPF:
Escala sobre base 70 % ($210.000) − crédito por hijos y aportes → ~$28.000/mes
IRAE:
Ficto: renta presunta 48 % de $300.000 = $144.000 × 25 % = $36.000/mes
¿Cómo Funciona el Régimen?
Inscripción en DGI
RUT, alta en IVA (código 544), elección IRPF o IRAE. Si optás por IRAE, mínimo 3 ejercicios.
Alta en BPS o CJPPU
Profesionales: CJPPU (arrancás en la primera categoría y ascendés automáticamente). No profesionales: BPS (aporte sobre Bases Fictas de Contribución, elegís la categoría de ficto al inscribir la empresa). Estos aportes son MENSUALES.
Facturar con CFE
Todas las facturas deben ser electrónicas (CFE) con IVA 22%. Usar proveedor homologado DGI.
Anticipos Bimestrales
IRPF/IRAE + IVA: pagos a cuenta por bimestre (ene-feb, mar-abr, may-jun, jul-ago, sep-oct, nov-dic), con una fecha única para todos —25/3, 25/5, 28/7, 25/9, 25/11 y 26/1—, sin escalonamiento por dígito de RUT. Son a cuenta del ajuste anual.
Pago FONASA Mensual
Base de cálculo = 70% de lo facturado en el mes (sin IVA). Sobre esa base aplicás la tasa personal FONASA según tu núcleo familiar. Pago mensual obligatorio, con mínimo por cápita si es tu actividad exclusiva y tope anual.
Ajuste Anual
IRPF/IRAE e IVA: declaración jurada anual que se presenta del 29 de junio al 31 de agosto del año siguiente, con plazo único para todos. Ahí compensás los anticipos ya pagados. FONASA: declaración jurada anual aparte, en BPS, que vence en abril.
¿Empezás como Profesional Independiente?
En Calculame te ayudamos a inscribirte en DGI, BPS o CJPPU, elegir entre IRPF o IRAE, y cumplir con todas tus obligaciones tributarias.
Inscripción DGI
RUT, IVA, IRPF o IRAE
Declaraciones
IRPF/IRAE, IVA, FONASA
Cumplimiento
BPS, CJPPU, plazos
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