Declaraciones juradas — FONASA

Declaración Jurada de FONASA — Aporte de Salud

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La Declaración Jurada de FONASA es la presentación anual ante BPS en la que los trabajadores independientes y empresas de servicios personales ajustan su aporte al Fondo Nacional de Salud según los ingresos reales del ejercicio. Determina si corresponde una devolución o un pago adicional, y se hace en un trámite propio del BPS —el servicio en línea «Servicios Personales: Declaración Jurada Anual Fonasa»—, sin relación con la DJ de IRPF ante DGI. Para el ejercicio 2025, el plazo abrió el 9 de febrero de 2026 y venció el 16/4, 23/4 o 30/4 de 2026 según el último dígito del número de empresa.

Si sos trabajador independiente o prestás servicios personales, conocé los vencimientos 2026, tasas según núcleo familiar (3%-8%) y cómo verificar tu devolución de FONASA.

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¿Qué es la DJ FONASA?

Declaración Jurada de FONASA: Ajuste Anual del Aporte de Salud

La Declaración Jurada de FONASA es la presentación anual ante BPS donde los trabajadores independientes y empresas de servicios personales ajustan el aporte al Fondo Nacional de Salud según los ingresos reales del ejercicio, determinando si corresponde devolución o pago adicional.

Tasas según la base de cálculo (70% de lo facturado sin IVA) y el núcleo familiar a cargo: 3% o 5% si la base no supera 2,5 BPC; de 4,5% a 8% si la supera, según cónyuge/concubino e hijos a cargo.
Se calcula sobre los ingresos reales del año (base = 70% de lo facturado sin IVA), no sobre estimaciones mensuales.
Para independientes: es un trámite propio ante BPS, no va con la DJ de IRPF. Para el ejercicio 2025 se presentó desde el 9/2/2026 y venció el 16/4, 23/4 o 30/4 de 2026, según el último dígito del número de empresa.
Puede generar devolución si pagaste aportes en exceso durante el año.
Importante: La DJ de FONASA es un trámite ante BPS, independiente de la DJ de IRPF ante DGI y con otro calendario. Aun así, los ingresos que declarás en una y otra tienen que coincidir para evitar observaciones.

Aporte Salud

Financiamiento del sistema de salud mutual.

Núcleo Familiar

Tasa según ingreso y núcleo familiar a cargo (cónyuge e hijos).

Tasas 3%-8%

Según ingreso y núcleo familiar a cargo.

Anual

Trámite propio ante BPS, con vencimiento en abril (16/4, 23/4 o 30/4 de 2026 para el ejercicio 2025).

Devolución

Si pagaste en exceso durante el año.

Ingresos consistentes

Trámite aparte de la DJ de IRPF, pero los ingresos deben coincidir.

Tasas 2026

Tasas de FONASA según Ingreso y Núcleo Familiar 2026

El aporte de FONASA varía según tu base de cálculo —el 70% de lo que facturás sin IVA— (si supera o no 2,5 BPC = $17.160) y el núcleo familiar a cargo (cónyuge/concubino e hijos).

Ejercicio

2026 — Tasas Vigentes

Tasas de aporte FONASA vigentes 2026 en Uruguay según la base de cálculo (70% de lo facturado sin IVA; umbral de 2,5 BPC) y el núcleo familiar a cargo (cónyuge/concubino e hijos)
Base de cálculo (70% de lo facturado) y núcleo familiarTasaSituación
Base ≤ 2,5 BPC, sin cónyuge a cargo3 %Aporte base (igual con o sin hijos: por debajo de 2,5 BPC los hijos no cambian la tasa)
Base ≤ 2,5 BPC, con cónyuge/concubino a cargo5 %3 % + 2 % por cónyuge/concubino a cargo
Base > 2,5 BPC, sin cónyuge ni hijos a cargo4,5 %3 % + 1,5 % por superar 2,5 BPC
Base > 2,5 BPC, con hijos y sin cónyuge6 %3 % + 1,5 % (base) + 1,5 % por hijos a cargo
Base > 2,5 BPC, con cónyuge y sin hijos6,5 %3 % + 1,5 % (base) + 2 % por cónyuge/concubino a cargo
Base > 2,5 BPC, con cónyuge e hijos8 %3 % + 1,5 % (base) + 1,5 % por hijos + 2 % por cónyuge/concubino

Nota: Las tasas se aplican sobre la base de cálculo, que es el 70% de lo que facturás sin IVA (BPS descuenta un 30% de gastos fictos), no sobre el 100% facturado. El umbral de 2,5 BPC también se mide sobre esa base. Ejemplo: facturás $100.000 sin IVA y no tenés cargas de familia → base $70.000 × 4,5% = $3.150 de anticipo. El aporte se calcula mensualmente y luego se ajusta anualmente con la DJ.

Vencimientos y Devolución

¿Cuándo Presentar y Cómo Verificar Devolución FONASA?

Vencimientos 2026

La Declaración Jurada de FONASA es un trámite propio ante BPS, sin relación con la DJ de IRPF ante DGI. Para el ejercicio 2025, la presentación abrió el 9 de febrero de 2026 y el plazo sin multa venció el 16/4, 23/4 o 30/4 de 2026 según el último dígito del número de empresa. BPS publica el cronograma cada año en el portal oficial de BPS.

  • Ejercicio 2025: presentación desde el 9/2/2026
  • Vencimiento sin multa según el último dígito del número de empresa: 16/4 (0, 1 y 2), 23/4 (3, 4 y 5) o 30/4 de 2026 (6, 7, 8 y 9)
  • Trámite independiente ante BPS: no va con la DJ de IRPF ante DGI
  • Se presenta en línea, en «Servicios Personales: Declaración Jurada Anual Fonasa»

Presentar fuera de plazo genera una multa de 1 UR.

¿Tengo Devolución?

Podés tener devolución de FONASA si lo que aportaste durante el año supera el tope anual que fija BPS, o si los aportes mensuales se calcularon sobre una base mayor a la que terminaste facturando.

  • Ingresos variables: meses con facturación alta y baja
  • Cambios en núcleo familiar durante el año
  • Estimación inicial mayor a ingresos reales
  • Tope anual de BPS: suma de los CPE mensuales del núcleo, más un 25%

Te ayudamos: Analizamos tu facturación anual y aportes para determinar si corresponde devolución o ajuste adicional.

Obligación

¿Quiénes Deben Presentar la DJ de FONASA?

Trabajadores Independientes y Servicios Personales

Deben presentar la DJ anual de FONASA ante BPS todos los trabajadores independientes y empresas de servicios personales que aportan al Fondo Nacional de Salud.

SÍ deben presentar

  • Profesionales independientes (médicos, abogados, contadores, etc.)
  • Empresas unipersonales de servicios personales
  • Sociedades de hecho con aportes FONASA
  • Sociedades civiles
  • Trabajadores independientes con ingresos variables
  • Quien cambió situación familiar durante el año

NO deben presentar

  • Trabajadores en relación de dependencia exclusiva
  • Jubilados y pensionistas sin actividad independiente
  • Personas sin aportes FONASA durante el ejercicio
  • Trabajadores con FONASA descontado únicamente por empleador
  • Menores de edad sin actividad independiente
Preguntas Frecuentes

DJ FONASA: Dudas Comunes Resueltas

Respondemos las consultas más frecuentes sobre la Declaración Jurada de FONASA.

¿Qué es la Declaración Jurada de FONASA?
Es la presentación anual ante BPS donde los trabajadores independientes ajustan el aporte al Fondo Nacional de Salud según los ingresos reales del ejercicio. Se determina si pagaste en exceso (devolución) o si debés un ajuste adicional. Es un trámite independiente ante BPS —servicio en línea «Servicios Personales: Declaración Jurada Anual Fonasa», con usuario personal BPS y domicilio electrónico constituido—, con calendario propio: para el ejercicio 2025, presentación desde el 9/2/2026 y vencimiento sin multa el 16/4, 23/4 o 30/4 de 2026 según el último dígito del número de empresa. No se presenta junto con la DJ de IRPF: esa es otra declaración, ante DGI, del 29 de junio al 31 de agosto de 2026.
¿Cuáles son las tasas de FONASA en 2026?
Las tasas no dependen de cuántos hijos tengas, sino de si la base mensual de cálculo (70 % de lo facturado sin IVA) supera 2,5 BPC ($17.160) y del núcleo a cargo (cónyuge/concubino y/o hijos). Con base ≤ 2,5 BPC: 3 % sin cónyuge a cargo (con o sin hijos) y 5 % con cónyuge/concubino a cargo. Con base > 2,5 BPC: 4,5 % sin cargas, 6 % con hijos y sin cónyuge, 6,5 % con cónyuge y sin hijos, y 8 % con cónyuge e hijos. El conjunto de tasas es 3 / 4,5 / 5 / 6 / 6,5 / 8 %. Se parte de un 3 % base y se suman adicionales: +1,5 % por superar 2,5 BPC, +1,5 % por hijos a cargo (solo si la base supera 2,5 BPC) y +2 % por cónyuge/concubino a cargo. Las tasas se aplican sobre la BASE DE CÁLCULO del BPS, que es el 70 % del importe facturado sin IVA (no sobre el 100 % facturado): si facturás $100.000 sin IVA y no tenés cargas, la base es $70.000 y el anticipo $3.150 (4,5 %).
¿Cuándo se presenta la DJ de FONASA en 2026?
La DJ FONASA del ejercicio 2025 se presentó ante BPS a partir del 9/2/2026, con vencimiento sin multa el 16/4/2026 (números de empresa terminados en 0, 1 o 2), el 23/4/2026 (3, 4 o 5) o el 30/4/2026 (6, 7, 8 o 9). Fuera de ese plazo corresponde una multa de 1 UR. El calendario lo publica BPS cada año; DGI no interviene en esta declaración.
¿Quiénes deben presentar la DJ de FONASA?
Deben presentar todos los trabajadores independientes y empresas de servicios personales que aportan FONASA: profesionales independientes, empresas unipersonales, sociedades de hecho, sociedades civiles, y quienes tuvieron cambios en su situación familiar durante el año.
¿Cómo sé si tengo devolución de FONASA?
Tenés devolución si lo que aportaste durante el año supera el tope anual de BPS —la suma de los CPE mensuales (costo promedio equivalente de cada cápita) tuyos y de quienes tenés a cargo, incrementada en un 25 %—, o si los aportes mensuales se calcularon sobre una base mayor a la que terminaste facturando. Esto ocurre cuando: tuviste ingresos variables (meses altos y bajos), cambió tu núcleo familiar o la estimación inicial fue mayor a tus ingresos reales. El tope es anual: no hay un tope mes a mes.
¿La DJ de FONASA se coordina con otras declaraciones?
Es un trámite independiente: se presenta ante BPS, con su propio calendario, y no va junto con la DJ de IRPF ante DGI (29/6 al 31/8). Lo que sí tiene que coincidir son los ingresos: los que declarás a BPS y los que declarás a DGI en IRPF e IVA deben ser los mismos, para evitar observaciones.
¿Qué pasa si mis ingresos fueron variables durante el año?
Los ingresos variables son comunes en independientes y pueden generar devolución. La DJ anual no promedia los meses: suma los aportes teóricos mes a mes (el 70 % de lo facturado sin IVA en cada mes, multiplicado por tu tasa) y sobre esa suma aplica el tope anual, que es la suma de los CPE mensuales —el costo promedio equivalente de cada cápita— tuyos y de quienes tenés a cargo, incrementada en un 25 %. Si lo que pagaste en el año supera ese tope, la diferencia se devuelve.
¿Qué pasa si cambió mi núcleo familiar durante el año?
Los cambios en el núcleo familiar (nacimiento de hijos, cambios en edades) afectan la tasa de FONASA aplicable. En la DJ anual se ajusta según la situación real de cada mes. Esto puede generar devolución o ajuste dependiendo de cuándo ocurrió el cambio.
¿Qué documentación necesito para presentar la DJ?
Necesitás: detalle de ingresos mensuales del ejercicio (facturación), comprobantes de aportes FONASA pagados durante el año, información de tu núcleo familiar a cargo (cónyuge/concubino e hijos) y usuario personal BPS con domicilio electrónico constituido, porque el trámite es exclusivamente en línea.
¿Qué pasa si presento la DJ fuera de plazo?
Presentar fuera de plazo genera una multa de 1 UR. El período oficial lo fija BPS: para el ejercicio 2025 fue del 9/2/2026 al 16/4, 23/4 o 30/4 de 2026, según el último dígito del número de empresa. No tiene relación con el calendario de la DJ de IRPF ante DGI (29/6 al 31/8).
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