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Salario vacacional en Uruguay

El salario vacacional es el pago vinculado al goce de la licencia anual: se calcula sobre el jornal líquido, no sobre el nominal, y se abona antes del inicio de la licencia. Lo liquidamos de forma correcta: 100% del jornal líquido por los días de licencia, pago previo al inicio de la licencia y tratamiento adecuado frente a IRPF.

100% jornal líquidoPago previo a licenciaIRPF correctoRecibo digital
Cálculo

Cómo se calcula el salario vacacional

Fórmula base

Jornal líquido de vacaciones × Días de licencia

Jornal líquido = (nominal − montepío 15 % topeado en el máximo de asignaciones computables del Nivel C − FONASA 3 % a 8 % − FRL 0,1 %) ÷ 30. Del nominal se restan solo los aportes personales de seguridad social: ni el IRPF ni los demás descuentos del recibo (adelantos, préstamos, cuota sindical) bajan la base.

Qué tener en cuenta

Puntos clave del salario vacacional

Pago antes de la licencia

Debe abonarse antes del inicio efectivo del descanso.

Base líquida

Se toma el jornal líquido de vacaciones: el nominal menos los aportes personales (montepío, FONASA y FRL), dividido entre 30. No es el líquido de bolsillo del recibo.

Aportes e IRPF

El salario vacacional está exento de todas las contribuciones de seguridad social: no lleva montepío, ni FONASA, ni FRL. El único descuento es el IRPF, a la tasa de las partidas que no ingresan a la escala mensual (cero si por el resto de las rentas no se determina impuesto).

Confundir salario vacacional con licencia o calcularlo sobre una base incorrecta genera diferencias en el monto final.

Qué entregamos

Documentación y cálculo listo

Recibo digital

Documento listo para entregar y registrar.

Entrega rápida

Resolución ágil para períodos de licencia.

Cálculo correcto

Revisión de base, días y tratamiento tributario.

Si además necesitás ver la licencia completa, también puede servirte revisar liquidación de licencia.

Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes sobre salario vacacional

¿Qué es el salario vacacional?
Es la partida que la Ley 16.101 manda pagar para el mejor goce de la licencia anual: el 100 % del jornal líquido de vacaciones por los días de licencia que se toman.
¿Se calcula sobre salario nominal o líquido?
Sobre el jornal líquido de vacaciones: el nominal menos los aportes personales de seguridad social (montepío 15 % topeado en el Nivel C, FONASA 3 % a 8 % y FRL 0,1 %), dividido entre 30. No es el líquido de bolsillo del recibo, que ya viene neto de IRPF y de otros descuentos.
¿Cuándo se paga?
Debe pagarse antes de comenzar la licencia del trabajador.
¿Tiene tratamiento distinto al salario normal?
Sí. Está exento de todas las contribuciones especiales de seguridad social —no lleva montepío, ni FONASA, ni FRL— y el único descuento es el IRPF, a la tasa de las partidas que no ingresan a la escala mensual.
¿Por qué conviene revisarlo bien?
Porque una base mal tomada o una fecha mal considerada cambia el monto final y puede generar diferencias en el recibo.
Salario vacacional bien liquidado

¿Querés calcularlo sin errores?

En Calculame te ayudamos a dejarlo bien calculado y documentado.