El Aporte Jubilatorio es el anticipo mensual que hacen los trabajadores dependientes e independientes no profesionales al BPS para computar su futura jubilación.
En el caso de los trabajadores dependientes el monto del aporte sera el 15% de su salario Nominal y en el caso de los independientes se aportara segun un sueldo ficto que varia según categorías de aportación que van de la categoría 1 a la 10 y que su forma de calculo se basa en Bases Fictas de Contribución (BFC).
En el caso que la persona tenga ingresos por ambas modalidades los ingresos serán acumulativos y se llegara a un monto de ingresos computables según su forma de calculo.
Segun el Sueldo nominal que tengan los trabajadores dependientes y si optaron por el Articulo 8, la distribución de sus aportes puede ser dividida entre aportes al BPS y aportes a una AFAP, por ejemplo si se opto por el Articulo 8 y se esta debajo del tope 1 de ingresos se aportara 50% a BPS y 50% a la AFAP el 15% de su sueldo nominal.
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Actualizado (el 01/01/2022)
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