Trámites de empresa

Trámite de reapertura de empresas en Uruguay

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La reapertura de empresas es el trámite que reactiva ante DGI y BPS una empresa que había clausurado o dejado de operar, para poder retomar la actividad. Implica revisar la situación en que quedó la empresa, ordenar pendientes y encaminar la reactivación ante ambos organismos.

Te ayudamos a gestionar la reapertura de tu empresa, revisando pendientes, ordenando el proceso ante DGI y BPS y dejando la reactivación encaminada correctamente.

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Qué revisamos antes de reabrir una empresa

Situación actual

Analizamos cómo quedó la empresa y qué pasos hacen falta para volver a operar.

Pendientes fiscales o registrales

Revisamos si hay temas a resolver antes de la reapertura.

Reactivación ante organismos

Ordenamos el proceso ante DGI y BPS para evitar inconsistencias.

Vuelta a la operativa

Buscamos que la empresa quede lista para retomar actividad sin sorpresas.

Por qué conviene revisar todo antes de reabrir

Evitar reactivar con problemas

Si hay pendientes viejos, conviene detectarlos antes de volver a operar.

Menos correcciones

Ordenar bien la reapertura reduce trámites correctivos posteriores.

Vuelta más prolija

La empresa retoma actividad con más previsibilidad y menos improvisación.

Si todavía no sabés si conviene reabrir o directamente empezar de cero, actualizar o cerrar, también puede servirte revisar la apertura de empresas, la modificación de datos y la clausura de empresas.

También podés verificar tu situación en los portales oficiales de DGI y BPS.

Paso a paso

Cómo es el proceso de reapertura (reinicio de actividades)

En términos oficiales, reabrir una empresa se llama reinicio de actividades: una empresa que figura clausurada vuelve a activarse. Estos son, en general, los pasos del trámite ante DGI y BPS.

1

Se comunica el reinicio

El reinicio de actividades se comunica a DGI y BPS con el Formulario 0351 (formulario común de ambos organismos). Si es una unipersonal, generalmente puede hacerse en línea desde el Portal BPS, en “Gestión de empresas – Reiniciar empresa clausurada o inactiva”.

2

Se mantiene el mismo RUT

La empresa nunca perdió su número de RUT: solo cambió de estado (de activa a clausurada). Por eso un solo trámite actualiza la situación ante DGI y BPS, sin necesidad de sacar un RUT nuevo.

3

Se presenta la documentación

La documentación típica incluye el Formulario 0351, constancia de domicilio (factura reciente de UTE, OSE o ANTEL, o certificación notarial), documento de identidad y, si hay más de un empresario, el Formulario R205. Puede variar según el tipo de empresa.

Plazos para presentarlo

El reinicio generalmente puede presentarse hasta 10 días antes de la fecha de reinicio o dentro del mes en curso. Los reinicios retroactivos de más de 90 días requieren una petición expresa.

Deudas anteriores a la clausura

Las obligaciones anteriores a la clausura no se extinguen ni por la clausura ni por el reinicio: siguen siendo exigibles. Conviene revisarlas y regularizarlas para reactivar sin sorpresas.

Cada caso tiene su detalle según el tipo de empresa y cómo quedó su situación. Si querés, te gestionamos el reinicio de actividades y revisamos los pendientes antes de reactivar.
Preguntas frecuentes

Reapertura de empresas: dudas frecuentes

¿Cómo se llama el trámite de reapertura de empresas?
El término oficial es “reinicio de actividades”: es lo que hace una empresa que figura clausurada (o inactiva) para volver a activarse ante DGI y BPS. En la práctica, reapertura y reinicio de actividades se usan para lo mismo.
¿Se mantiene el mismo RUT al reabrir la empresa?
Sí. La empresa nunca perdió su número de RUT: solo pasó del estado activo al de clausura. Por eso el reinicio de actividades no genera un RUT nuevo, sino que reactiva el mismo número, y un único trámite actualiza la situación ante DGI y BPS.
¿Cuánto demora reabrir una empresa?
Depende de cada caso, pero el reinicio generalmente puede presentarse hasta 10 días antes de la fecha de reinicio o dentro del mes en curso. Cuando se busca un reinicio retroactivo de más de 90 días, se requiere una petición expresa, lo que puede llevar más tiempo. En las unipersonales, el trámite en línea desde el Portal BPS suele ser más ágil.
¿Qué pasa con las deudas anteriores a la clausura?
No se extinguen. Las obligaciones que quedaron pendientes antes de la clausura no desaparecen ni por la clausura ni por el reinicio de actividades: siguen siendo exigibles. Por eso, antes de reactivar, conviene revisarlas y regularizarlas para volver a operar sin sorpresas.
¿Qué documentación se necesita para el reinicio?
La documentación típica incluye el Formulario 0351 (formulario común DGI-BPS), una constancia de domicilio (factura reciente de UTE, OSE o ANTEL, o certificación notarial) y el documento de identidad. Si hay más de un empresario, generalmente se agrega el Formulario R205. Los requisitos exactos pueden variar según el tipo de empresa.
¿Se puede reabrir una empresa si tiene pendientes?
Sí se puede reiniciar actividades, pero los pendientes anteriores a la clausura no se borran con el trámite. Por eso conviene detectarlos y ordenarlos antes de reactivar, para no arrastrar problemas fiscales o previsionales al retomar la operativa.
¿Calculame puede encargarse del trámite de reapertura?
Sí. Te ayudamos a revisar la situación de la empresa, ordenar los pendientes y gestionar el reinicio de actividades ante DGI y BPS, para que el retorno a la actividad quede bien encaminado.

¿Querés reabrir tu empresa con el proceso bien ordenado?

Te ayudamos a revisar pendientes y gestionar la reactivación ante DGI y BPS.