Declaración Jurada de IVA — Régimen General
Si tu empresa tributa IVA en régimen general, conocé los vencimientos mensuales 2026 según clasificación CEDE/NOCEDE y cómo liquidar el débito y crédito fiscal.
Declaración Jurada de IVA: Régimen General para Empresas
La Declaración Jurada de IVA del Régimen General es la presentación mensual ante DGI donde las empresas informan la liquidación del Impuesto al Valor Agregado, calculando el débito fiscal (IVA de ventas) menos el crédito fiscal (IVA de compras), determinando el saldo a pagar o el crédito acumulado.
Régimen General
Empresas comerciales, industriales y de servicios.
Débito − Crédito
IVA ventas menos IVA compras deducibles.
Mensual
Presentación y pago todos los meses del año.
CEDE/NOCEDE
Vencimientos según clasificación DGI.
Evitar Multas
Presentación fuera de plazo genera sanciones.
Coordinación IRAE
Se revisa junto con declaración de renta.
Vencimientos DJ IVA Régimen General 2026
Los vencimientos mensuales varían según tu clasificación CEDE o NOCEDE. Consultá el calendario oficial de DGI para 2026.
Categoría
NO CEDE
| Ene | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ago | Sep | Oct | Nov | Dic |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 26 | 24 | 25 | 27 | 25 | 25 | 27 | 26 | 25 | 26 | 25 | 28 |
Si no sabés si sos CEDE o NOCEDE, confirmalo en tu cuenta de DGI o consultá con un contador antes de presentar.
Categoría
CEDE / Grandes Contribuyentes
| Ene | Feb | Mar | Abr | May | Jun | Jul | Ago | Sep | Oct | Nov | Dic |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 22 | 23 | 23 | 22 | 22 | 22 | 22 | 24 | 22 | 22 | 23 | 22 |
¿Cómo se Liquida el IVA en Régimen General?
Conocé el cálculo de débito fiscal, crédito fiscal y el saldo resultante mensual.
Débito Fiscal
IVA de tus ventas o servicios facturados en el mes (22% o 10% según corresponda).
Crédito Fiscal
IVA de compras y gastos deducibles relacionados con tu actividad gravada.
Saldo a Pagar
Débito − Crédito = Saldo. Si es positivo, pagás; si es negativo, acumulás crédito.
Ejemplo de Liquidación IVA Mensual
¿Quiénes Deben Presentar la DJ de IVA Régimen General?
La obligación aplica a empresas que realizan actividades comerciales, industriales o de servicios gravados por IVA.
Empresas en Régimen General de IVA
Deben presentar la DJ mensual todas las empresas que realizan actividades comerciales, industriales o de servicios gravados por IVA, ya sean sociedades comerciales (S.A., S.R.L., S.A.S.) o empresas unipersonales.
SÍ deben presentar
- •Comercios (venta de productos)
- •Industrias (fabricación y venta)
- •Empresas de servicios gravados
- •Importadores y exportadores
- •Distribuidores y mayoristas
- •Contribuyentes CEDE y Grandes Contribuyentes
NO presentan (régimen diferente)
- •Servicios personales independientes (régimen bimestral)
- •Actividades exentas de IVA por ley
- •Pequeños contribuyentes (IVA mínimo Literal E)
- •Exportadores de servicios (tasa 0%)
- •Instituciones sin fines de lucro exentas
- •Actividades no gravadas por IVA
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