Exportación de servicios desde Uruguay: IVA y cómo facturar al exterior
Un servicio cuenta como exportación cuando está en la lista del art. 34 del Decreto 220/998 (asesoramiento, software, procesamiento de datos, contenidos digitales y otros), se presta a personas del exterior y se aprovecha exclusivamente fuera de Uruguay. En ese caso se factura sin IVA, con una e-Factura de exportación, y podés descontar el IVA de las compras vinculadas a esa exportación.
Qué servicios cuentan como exportación
No alcanza con que el cliente esté afuera: el servicio tiene que estar en la lista del art. 34 del Decreto 220/998 y cumplir sus condiciones. Los más comunes para profesionales y empresas de servicios:
| Servicio | Dónde está | Condición |
|---|---|---|
| Asesoramiento, consultoría, gestión, administración y asistencia técnica | Numeral 11 a) | Prestados a personas del exterior sobre actividades, bienes o derechos fuera de Uruguay, y aprovechados exclusivamente en el exterior. Incluye traducción, ingeniería, diseño, arquitectura, capacitación y auditoría. |
| Desarrollo de software a medida | Numeral 11 b) | Diseño, desarrollo o implementación de soportes lógicos específicos, por orden del usuario, aprovechados exclusivamente en el exterior. |
| Licencias y cesión de software | Numeral 11 c) y d) | Licencia de uso por un período o a perpetuidad, o cesión total de derechos, aprovechadas exclusivamente en el exterior. |
| Procesamiento de datos | Numeral 16 | Datos de actividades, bienes o derechos del exterior, con el producto aprovechado exclusivamente allá. |
| Contenidos digitales | Numeral 21 | Diseño, desarrollo e implementación por orden del usuario, y licencias, prestados a personas del exterior y aprovechados exclusivamente en el exterior. |
| Investigación de mercado y social | Numeral 22 | Prestados a entidades del exterior, incluido el relevamiento y procesamiento de datos para esa investigación. |
| Publicidad | Numeral 25 | Servicios de agencias de publicidad a clientes del exterior, con material usado exclusivamente en el extranjero. |
Los servicios de software de los literales b), c) y d) del numeral 11 también son exportación cuando se prestan desde territorio no franco a personas instaladas en zonas francas. Si el servicio se aprovecha en Uruguay —aunque el cliente sea del exterior—, no es exportación y lleva IVA.
IVA: se factura sin IVA y se descuenta el de las compras
Las exportaciones no están gravadas por IVA: la factura al cliente del exterior va sin IVA. Y el art. 14 del Título 10 permite deducir el IVA de los bienes y servicios que integran directa o indirectamente el costo de lo exportado; si de eso resulta un crédito a favor del exportador, se devuelve o se imputa al pago de otros impuestos o aportes, en la forma que fija el Poder Ejecutivo.
En la práctica, el IVA de tus compras deja de ser un costo. Ojo: esto aplica si liquidás IVA por el régimen general o de servicios personales; en Literal E pagás la cuota del IVA mínimo y no descontás IVA de compras.
Cómo se factura al exterior
Si sos emisor electrónico, tenés que postularte a los comprobantes de e-Factura de exportación y emitir ese CFE en cada operación con un cliente del exterior. Es habitual mandarle antes una proforma en su idioma para que confirme el pedido, y recién después emitir la e-Factura de exportación definitiva. Si todavía no facturás electrónicamente, mirá el alta como emisor electrónico.
Y en el país del cliente
El país de tu cliente puede retener impuestos sobre lo que te paga, con tasas distintas según el tipo de servicio, y en algunos casos tu presencia allá puede configurar un establecimiento permanente. Los convenios para evitar la doble imposición que firmó Uruguay buscan que una misma renta no se grave dos veces. Antes de cotizar, conviene definir en el contrato quién se hace cargo de esas retenciones (por ejemplo, pactando honorarios netos de impuestos).
Por la renta, tus ingresos por exportar servicios tributan en Uruguay según tu régimen (IRPF, IRAE o Literal E), como el resto de tu actividad: lo que cambia es el IVA. Cómo conviene tributar según tu caso está en IRPF vs IRAE.
Fuentes oficiales
- IMPO — Decreto 220/998, art. 34 (exportación de servicios)
- IMPO — Título 10 T.O. 2023, art. 14 (deducción del IVA en exportaciones)
- Uruguay XXI — Notas sobre temas tributarios básicos en la exportación
Información general con valores vigentes al 6 de noviembre de 2026. Cada servicio se analiza con su contrato y su forma de prestación.
Preguntas frecuentes sobre exportación de servicios
¿Si mi cliente está en el exterior, la factura va sin IVA?
Solo si el servicio está en la lista del art. 34 del Decreto 220/998 y se aprovecha exclusivamente en el exterior. Un servicio que se usa en Uruguay lleva IVA aunque el cliente sea extranjero.
¿El desarrollo de software para el exterior es exportación?
Sí: el diseño, desarrollo o implementación de software a medida, las licencias de uso y la cesión de derechos son exportación cuando se prestan a personas del exterior y se aprovechan exclusivamente allá (numeral 11, literales b, c y d).
¿Puedo recuperar el IVA de mis compras si exporto servicios?
Sí. El art. 14 del Título 10 permite deducir el IVA de lo que integra el costo de lo exportado y, si queda un crédito a favor, se devuelve o se imputa a otros impuestos o aportes. No aplica si estás en Literal E.
¿Qué comprobante emito?
Una e-Factura de exportación. Si sos emisor electrónico, primero tenés que postularte a ese tipo de comprobante ante la DGI.
¿Pago IRPF o IRAE por lo que facturo al exterior?
Esos ingresos tributan en Uruguay según tu régimen (IRPF, IRAE o Literal E), como el resto de tu actividad; la exportación cambia el tratamiento del IVA. Además, el país del cliente puede retener impuestos: revisá si hay convenio para evitar la doble imposición.

