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Nuevo valor de la BPC desde enero 2026: $6.864

El Poder Ejecutivo fijó la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) en $6.864 a partir del 1° de enero de 2026, un ajuste del 4,38% respecto al valor anterior.

Rodrigo Abaz·20 de octubre de 2026
Nuevo valor de la BPC desde enero 2026: $6.864

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¿Qué es la BPC y por qué importa?

La Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) es una unidad de referencia creada por la Ley N° 17.856 del 20 de diciembre de 2004. Se utiliza como parámetro para calcular una enorme variedad de montos en Uruguay: multas, sanciones, topes de beneficios sociales, aportes al BPS, franjas del IRPF, montos mínimos de aportación, y mucho más.

En términos simples: si sos emprendedor, trabajador independiente o empleador, la BPC aparece constantemente en tus obligaciones tributarias y laborales. Conocer su valor actualizado es fundamental para hacer bien los cálculos.

¿Cuánto vale la BPC en 2026?

Mediante el Decreto N° 11/026, el Presidente de la República fijó el nuevo valor de la BPC a partir del 1° de enero de 2026:

BPC 2026 = $6.864 (pesos uruguayos seis mil ochocientos sesenta y cuatro)

Este valor representa un incremento de $288 respecto al valor vigente durante 2025, que era de $6.576 (fijado por el Decreto N° 5/025 del 10 de enero de 2025).

¿Cómo se calcula el ajuste?

La Ley N° 17.856 establece que el Poder Ejecutivo puede ajustar la BPC en función de la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), con un margen de hasta un 20% en exceso sobre dicha variación.

Para este ajuste, el porcentaje de variación aplicado fue de 4,38%, en línea con la evolución del IPC en el período correspondiente.

  • Valor BPC 2025: $6.576
  • Ajuste aplicado: 4,38%
  • Valor BPC 2026: $6.864
  • Diferencia: +$288

¿Dónde impacta este cambio en tu día a día?

La BPC es una referencia transversal en el sistema tributario y de seguridad social uruguayo. Algunos de los principales usos donde este nuevo valor te afecta directamente:

  • IRPF (Impuesto a la Renta de las Personas Físicas): los tramos y deducciones se expresan en BPC. Un cambio en su valor modifica los montos en pesos de cada franja.
  • Aportes al BPS: ciertos topes y mínimos de aportación están referenciados en BPC.
  • Monotributo y pequeñas empresas: los límites de facturación para acceder a regímenes simplificados pueden estar expresados en BPC.
  • Multas y sanciones tributarias: la DGI y el BPS calculan muchas sanciones en función de la BPC vigente al momento de la infracción.
  • Prestaciones sociales: subsidios, pensiones y otros beneficios del BPS también se referencian en BPC.
  • Contratos y acuerdos privados: muchos contratos comerciales y laborales utilizan la BPC como unidad de actualización.

Evolución reciente de la BPC

Para tener contexto, así evolucionó la BPC en los últimos años:

  • 2024: $6.149 (aproximado, referencia)
  • 2025: $6.576
  • 2026: $6.864

La tendencia refleja el ajuste por inflación que el Ejecutivo realiza cada enero, intentando mantener el poder adquisitivo de las prestaciones y la coherencia del sistema tributario.

¿Qué tenés que hacer vos?

Si sos emprendedor, contador o responsable de una empresa, te recomendamos:

  • ✅ Actualizar planillas y liquidaciones que usen la BPC como referencia desde enero 2026.
  • ✅ Revisar contratos que indexen montos en BPC para reflejar el nuevo valor.
  • ✅ Recalcular anticipos de IRPF si estás en el régimen de personas físicas.
  • ✅ Consultar con tu contador si tenés dudas sobre cómo este cambio afecta tu situación particular.

Texto completo de la consulta

Decreto N° 11/026 — Fijación del valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC). Enero 2026

VISTO: lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley N° 17.856, de 20 de diciembre de 2004;

RESULTANDO: que es preciso proceder a la fijación del valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones creada por la citada norma;

CONSIDERANDO:

  • I) que el valor fue fijado por Decreto N° 5/025, de 10 de enero de 2025 en $ 6.576,00 (pesos uruguayos seis mil quinientos setenta y seis);
  • II) que de conformidad con los criterios establecidos por el artículo 3° de la Ley N° 17.856, de 20 de diciembre de 2004, el Poder Ejecutivo tiene la potestad de ajustarlo de acuerdo a la variación del índice de Precios al Consumo (IPC) que publica el Instituto Nacional de Estadística en el período, con un margen de hasta 20% (veinte por ciento) en exceso, lo que arroja un valor de 4,38% (cuatro con treinta y ocho por ciento);

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por las normas legales citadas;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Fíjase el valor de la Base de Prestaciones y Contribuciones a partir del 1° de enero de 2026, en $ 6.864 (pesos uruguayos seis mil ochocientos sesenta y cuatro).

Comuníquese y archívese.

YAMANDÚ ORSI — GABRIEL ODDONE — JUAN CASTILLO

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