Consultas Tributarias

IVA en comisiones de agentes marítimos: ¿exportación de servicios?

¿Las comisiones que cobra un agente marítimo que representa armadores del exterior están exoneradas de IVA? La DGI responde con claridad en esta consulta.

Rodrigo Abaz·21 de setiembre de 2026
IVA en comisiones de agentes marítimos: ¿exportación de servicios?

Impuestos relacionados

IVA

Si sos agente marítimo o trabajás en el sector naviero, probablemente te hayas preguntado si las comisiones que percibís por representar armadores extranjeros califican como exportación de servicios a efectos del IVA. La DGI se pronunció sobre este punto en la Consulta 4390, y la respuesta es favorable para el sector.

¿Cuál es la actividad en cuestión?

Un agente marítimo actúa como mandatario de armadores (empresas navieras) radicados en el exterior. En ese rol, celebra negocios de transporte por cuenta y orden de su mandante, y cobra una comisión calculada sobre el flete vendido como contraprestación por sus servicios.

La pregunta central era si esas comisiones podían ampararse en el régimen de exportación de servicios del Decreto N° 167/003 del 30 de abril de 2003, quedando así fuera del campo del IVA.

¿Qué dice el Decreto N° 167/003?

Este decreto incorporó a la nómina de exportaciones de servicios a efectos del IVA, entre otros, a los:

"servicios de control de calidad, asesoramiento y a los derivados de la actividad de comisionistas, prestados exclusivamente a personas del exterior en relación a exportaciones de bienes y servicios realizadas desde la República a los referidos sujetos del exterior".

El espíritu de la norma, expresado en su propio considerando, fue darle gran amplitud al régimen, buscando favorecer la competitividad de las exportaciones uruguayas.

El criterio de la DGI: las comisiones del agente marítimo califican como exportación

La Comisión Asesora de la DGI consideró que las comisiones percibidas por el agente marítimo en su calidad de mandatario de armadores del exterior están incluidas en el Decreto N° 167/003. El razonamiento se apoya en dos pilares:

  • La amplitud buscada por la norma: el decreto quiso abarcar un espectro amplio de servicios vinculados a la actividad exportadora, incluyendo expresamente a los comisionistas.
  • La naturaleza del servicio: el agente actúa exclusivamente a favor de personas del exterior (los armadores), en relación directa con operaciones de transporte internacional.

En consecuencia, estas comisiones no estarían gravadas por IVA, al calificar como exportación de servicios.

Ojo: el Impuesto a las Comisiones sí aplica

La DGI aclara un punto importante que no debe pasarse por alto: aunque las comisiones queden fuera del IVA, pueden estar gravadas por el Impuesto a las Comisiones, siempre que el consultante esté comprendido en el artículo 4° del Título 17 del Texto Ordenado 1996.

Esto significa que la exoneración de IVA no implica ausencia total de carga tributaria. Es fundamental verificar si la actividad específica del agente marítimo lo ubica dentro del ámbito subjetivo de ese impuesto.

¿Qué condiciones deben cumplirse para aplicar el beneficio?

Para que las comisiones de un agente o comisionista puedan ampararse en el Decreto N° 167/003, deben verificarse los siguientes requisitos:

  • El servicio debe ser prestado exclusivamente a personas del exterior.
  • Debe estar vinculado a exportaciones de bienes o servicios realizadas desde Uruguay.
  • La actividad debe enmarcarse dentro de las categorías previstas: control de calidad, asesoramiento o actividad de comisionistas.

Implicancias prácticas para agentes y representantes de empresas extranjeras

Este criterio de la DGI es relevante no solo para agentes marítimos, sino también para otros representantes o mandatarios de empresas del exterior que cobran comisiones por gestiones realizadas en Uruguay vinculadas al comercio internacional. En términos prácticos:

  • Las facturas emitidas por estas comisiones deben documentarse correctamente como exportación de servicios, respetando los requisitos formales establecidos por DGI.
  • Es recomendable contar con documentación que acredite el vínculo con el mandante del exterior y la naturaleza de los servicios prestados.
  • La correcta clasificación impacta directamente en la liquidación del IVA y en los créditos fiscales que el contribuyente puede recuperar.

Texto completo de la consulta

CONSULTA 4390
EXPORTACIÓN DE SERVICIOS – IVA – COMISIONES. SERVICIOS PRESTADOS A PERSONAS DEL EXTERIOR EN CALIDAD DE MANDATARIO.

Se consulta sobre la aplicabilidad del Decreto N° 167/003 de 30.04.003, a las comisiones ganadas por un agente marítimo que representa a armadores (personas jurídicas del exterior) en calidad de mandatario. Su actividad abarca entre otras cosas, la celebración de negocios de transporte por cuenta y orden de su mandante, percibiendo como contraprestación las referidas comisiones que se calculan sobre el flete vendido.

La norma citada incluyó en la nómina de exportaciones de servicios para el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a "los servicios de control de calidad, asesoramiento y a los derivados de la actividad de comisionistas, prestados exclusivamente a personas del exterior en relación a exportaciones de bienes y servicios realizadas desde la República a los referidos sujetos del exterior".

Resulta claro que se quiso dar a la norma gran amplitud con el ánimo de favorecer la competitividad de nuestras exportaciones, tal como lo expresa el Considerando II), por lo que esta Comisión considera que las comisiones por las que se consulta se encuentran incluidas en las previsiones del Decreto N° 167/003 de 30.04.003.

Por último, cabe agregar que las comisiones por las que se consulta, están gravadas por el Impuesto a las Comisiones en tanto el consultante se encuentre comprendido en las previsiones del artículo 4° del Título 17 del Texto Ordenado 1996.

08.07.004. – El Director General de Rentas. Boletín N° 378.

¿Necesitás ayuda con este tema?

En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.

Artículos relacionados