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Recibo de sueldo en Uruguay: qué debe tener, descuentos y ejemplo 2026

El recibo de sueldo es el comprobante que el empleador tiene que entregar cada vez que paga cualquier suma al trabajador, sea cual sea la forma de pago (art. 19 del Decreto 278/017). Identifica al trabajador y a la empresa, detalla cada rubro que se paga y cada descuento, la fecha efectiva de pago y la declaración de aportes del mes anterior. Del sueldo nominal se descuentan el aporte jubilatorio (15 %), el FONASA (3 % a 8 %), el FRL (0,1 %) y, si corresponde, la retención de IRPF: con un sueldo de $ 50.000 sin cónyuge ni hijos a cargo, el líquido es de $ 40.200.

Decreto 278/017 vigenteValores 2026 (BPC $6.864)Ejemplo calculadoFuentes al pie

Qué tiene que decir el recibo de sueldo

El recibo sirve de constancia laboral a los efectos del art. 10 de la Ley 16.244, y el art. 19 del Decreto 278/017 fija lo que tiene que contener. Rige para todo empleador, incluido el del servicio doméstico:

Del trabajador

Nombres y apellidos completos, cédula de identidad, fecha de ingreso, cargo o categoría y forma de remuneración.

De la empresa

Nombre y domicilio, grupo y subgrupo de actividad, número de registro en el BPS (o la caja que corresponda), número de carpeta del Banco de Seguros del Estado y RUT.

Todo lo que se paga

Cada rubro por separado: sueldo, horas extras, feriados pagos, nocturnidad, antigüedad, aguinaldo, jornal, jornal de vacaciones, salario vacacional, indemnizaciones y cualquier otro concepto del vínculo laboral.

Todo lo que se descuenta

Una relación detallada de los descuentos: aportes, IRPF, retenciones judiciales, adelantos y cualquier otro.

Fecha efectiva de pago

Si se deposita en una cuenta, es el día en que el dinero queda a disposición del trabajador; el recibo indica además la institución, la cuenta y el número de transacción (o el instrumento, si es dinero electrónico).

Declaración de aportes

La declaración de la empresa de haber pagado los aportes a la seguridad social del mes anterior o, si no pagó los patronales, de haber vertido los aportes personales que retuvo.

Qué se descuenta del sueldo

La diferencia entre el sueldo nominal y el líquido son los aportes personales a la seguridad social y, si corresponde, el IRPF. El empleador los retiene y los paga al BPS y a la DGI.

Descuentos del recibo de sueldo de un trabajador dependiente en Uruguay en 2026
DescuentoCuántoQuién lo cobra
Aporte jubilatorio (montepío)15 % del nominalBPS
FONASA3 % a 8 %, según sueldo y familiaBPS
Fondo de Reconversión Laboral (FRL)0,1 %BPS
IRPFEscala menos crédito; puede ser ceroDGI

La tasa del FONASA

Depende de si el sueldo supera 2,5 BPC ($ 17.160 en 2026) y de quién tenés a cargo. Para ver si se pasa el límite se suman todas las remuneraciones gravadas del mes, sin el aguinaldo.

Tasa del aporte personal al FONASA en 2026 según el sueldo y la situación familiar
Situación familiarSueldo hasta 2,5 BPCSueldo de más de 2,5 BPC
Sin cónyuge ni hijos a cargo3 %4,5 %
Con hijos a cargo3 %6 %
Con cónyuge o concubino a cargo, sin hijos5 %6,5 %
Con cónyuge o concubino e hijos a cargo5 %8 %

La retención de IRPF

Cada mes el empleador aplica la escala a la renta del mes (sin el aguinaldo). Si esa renta supera 10 BPC, la parte gravada por aportes se incrementa un 6 % antes de aplicar la escala. Al impuesto que resulta se le resta un crédito por deducciones: el 14 % de los aportes, las deducciones por hijos y las demás (8 % si el sueldo supera 15 BPC). Si el crédito es mayor que el impuesto, no se retiene nada (Decreto 148/007, art. 63).

Escala mensual del IRPF sobre sueldos en 2026, en BPC y en pesos (BPC = $6.864)
Renta mensualTasa
Hasta 7 BPC (hasta $ 48.048)0 %
De 7 a 10 BPC ($ 48.048 a $ 68.640)10 %
De 10 a 15 BPC ($ 68.640 a $ 102.960)15 %
De 15 a 30 BPC ($ 102.960 a $ 205.920)24 %
De 30 a 50 BPC ($ 205.920 a $ 343.200)25 %
De 50 a 75 BPC ($ 343.200 a $ 514.800)27 %
De 75 a 115 BPC ($ 514.800 a $ 789.360)31 %
Más de 115 BPC (más de $ 789.360)36 %

Ejemplo de recibo de sueldo 2026

Dos trabajadores mensuales sin cónyuge ni hijos a cargo, sin otros ingresos ni partidas de alimentación, con valores de 2026:

Descuentos y sueldo líquido de un recibo de sueldo de $50.000 y de $90.000 nominales en 2026
ConceptoSueldo de $ 50.000Sueldo de $ 90.000
Sueldo nominal$ 50.000$ 90.000
Aporte jubilatorio (15 %)− $ 7.500− $ 13.500
FONASA (4,5 %)− $ 2.250− $ 4.050
FRL (0,1 %)− $ 50− $ 90
Retención de IRPF− $ 0− $ 3.603,60
Total de descuentos− $ 9.800− $ 21.243,60
Líquido a cobrar$ 40.200$ 68.756,40

Con $ 50.000 el impuesto de la escala es de $ 195,20, pero el crédito (14 % de $ 9.800 de aportes) es de $ 1.372: no se retiene IRPF. Con $ 90.000 el sueldo supera 10 BPC, así que la renta computable sube un 6 % a $ 95.400; la escala da $ 6.073,20 y, menos el crédito de $ 2.469,60, la retención es de $ 3.603,60.

Con hijos a cargo cambian la tasa del FONASA y las deducciones del IRPF, y con sueldos altos puede aplicar el tope de aportación jubilatoria. Para tu caso exacto, usá el simulador de sueldo líquido y nominal, que usa el mismo cálculo.

Recibo en papel o electrónico, y la firma

El empleador puede emitir el recibo en formato electrónico si el trabajador puede verlo a distancia con su propio usuario y contraseña, si se lo da en papel cuando lo pide (o le deja imprimirlo) y si el recibo tiene los mismos datos que el de papel (art. 20).

El trabajador firma una copia solo cuando el recibo se emite exclusivamente en papel o cuando el sueldo se paga en efectivo, en los casos en que la ley de inclusión financiera lo permite (art. 21).

Cuánto tiempo se guardan los recibos

El empleador tiene que conservarlos, en papel o electrónicos, mientras sean exigibles los créditos laborales cuyo pago acreditan, y presentarlos si se los piden el Ministerio de Trabajo, el BPS o el Banco de Seguros del Estado. Además, si el trabajador lo pide para presentarlo en cualquier organismo, la empresa le tiene que dar una constancia con todos los datos de la relación laboral (art. 23).

Si no te entregan el recibo

No entregarlo se sanciona con una multa del BPS de hasta cinco veces el salario mensual del trabajador, y un recibo doloso (por ejemplo, con un sueldo menor al real), con una de hasta diez veces el salario correcto. En caso de reincidencia, la multa se duplica. La mitad de la multa es para el trabajador que denunció, una vez que la empresa la paga y la sanción queda firme (art. 10 de la Ley 16.244).

La denuncia se hace en cualquier oficina del BPS, preferentemente con recibos, comprobantes de depósito o declaraciones de sueldo de la empresa como prueba. El trámite y la identidad de quien denuncia son secretos (art. 22 del Decreto 278/017).

Preguntas frecuentes sobre el recibo de sueldo

¿Qué datos tiene que tener un recibo de sueldo en Uruguay?

Los datos del trabajador (nombre, cédula, fecha de ingreso, cargo o categoría y forma de remuneración), los de la empresa (nombre, domicilio, grupo y subgrupo, registro en el BPS, carpeta del BSE y RUT), el detalle de cada rubro pagado y de cada descuento, la fecha efectiva de pago y la declaración de aportes del mes anterior (art. 19 del Decreto 278/017).

¿Cuánto se descuenta del sueldo en Uruguay?

15 % de aporte jubilatorio, entre 3 % y 8 % de FONASA según el sueldo y la familia a cargo, 0,1 % de FRL y, si corresponde, la retención de IRPF. Sin cónyuge ni hijos a cargo y con un sueldo de más de 2,5 BPC, los aportes suman 19,6 % del nominal.

¿El recibo de sueldo puede ser electrónico?

Sí, si el trabajador puede consultarlo a distancia con su usuario y contraseña, si se le entrega en papel cuando lo pide (o puede imprimirlo) y si tiene los mismos datos que el de papel (art. 20 del Decreto 278/017).

¿Tengo que firmar el recibo de sueldo?

Solo una copia, cuando el recibo se emite exclusivamente en papel o cuando el sueldo se paga en efectivo en los casos que permite la ley de inclusión financiera (art. 21 del Decreto 278/017).

¿Cuánto tiempo hay que guardar los recibos de sueldo?

El empleador los conserva mientras sean exigibles los créditos laborales cuyo pago acreditan, y los presenta si se los piden el Ministerio de Trabajo, el BPS o el BSE (art. 23 del Decreto 278/017).

¿Qué hago si mi empleador no me da recibo de sueldo?

Podés denunciarlo en cualquier oficina del BPS, en forma secreta. La multa es de hasta cinco veces el salario mensual (diez si el recibo es doloso) y la mitad es para el trabajador que denunció (art. 10 de la Ley 16.244).