
El sector agropecuario uruguayo cuenta con un régimen especial que exonera de tributos a la importación a determinados insumos considerados de uso exclusivo agropecuario. A través del Decreto 373/024, el Poder Ejecutivo amplió esa nómina incorporando un nuevo bien: los trocares de uso veterinario.
¿Qué es el régimen de insumos agropecuarios exonerados?
El Decreto N° 194/979, de 30 de marzo de 1979, establece una nómina de bienes cuya importación goza de exoneración de tributos. El fundamento de este régimen es reducir los costos de producción del sector agropecuario, facilitando el acceso a herramientas, insumos y tecnologías que de otro modo resultarían más onerosas por la carga tributaria aduanera.
Para que un bien sea incluido en esta nómina, debe cumplir con un requisito central: ser de uso exclusivo agropecuario, condición que es verificada mediante informes técnicos previos a la incorporación.
¿Qué son los trocares de uso veterinario?
Un trócar es un instrumento médico-quirúrgico compuesto por una cánula y un estilete punzante, utilizado para realizar punciones o drenajes. En el ámbito veterinario, se emplea fundamentalmente en procedimientos sobre animales de producción, como el drenaje de gases en casos de timpanismo bovino u otras afecciones que requieren acceso a cavidades corporales del animal.
Su incorporación a la nómina del Decreto 194/979 reconoce que se trata de un insumo de uso exclusivo agropecuario, sin aplicación en otros sectores, lo que justifica plenamente la exoneración tributaria en su importación.
¿Qué cambia con el Decreto 373/024?
El decreto modifica el artículo 1° del Decreto N° 194/979, agregando el siguiente ítem a la nómina de insumos agropecuarios exonerados:
"Trocares de uso veterinario"
Esto significa que quienes importen este tipo de instrumental veterinario al amparo de este régimen quedan exonerados de los tributos aplicables a la importación, lo que incluye, según la normativa vigente, aranceles aduaneros e impuestos vinculados al hecho generador de la importación.
¿A quiénes beneficia esta medida?
- Veterinarios y clínicas veterinarias que atienden animales de producción y necesitan importar instrumental quirúrgico especializado.
- Establecimientos agropecuarios (estancias, tambos, feedlots) que cuentan con personal técnico veterinario propio y adquieren insumos directamente.
- Importadores y distribuidores de insumos veterinarios que podrán ofrecer estos productos a menor precio en el mercado local.
- El sector ganadero en general, que se beneficia de la reducción de costos en la atención sanitaria del rodeo.
Impulso a la tecnología en el sector productivo
El decreto no solo responde a una lógica de reducción de costos, sino que también se enmarca en el objetivo de impulsar la utilización de nuevas tecnologías en el sector productivo, tal como lo señalan sus considerandos. La incorporación de instrumental veterinario moderno contribuye a mejorar la eficiencia sanitaria del sector ganadero, con impacto directo en la productividad y en el bienestar animal.
Este tipo de medidas forma parte de una política más amplia de apoyo al agro uruguayo, que históricamente ha contado con regímenes tributarios especiales destinados a sostener su competitividad.
Aspectos prácticos a tener en cuenta
- La exoneración aplica específicamente a la importación del bien; no necesariamente implica exoneración en otras etapas de la cadena (como la venta interna).
- Para acceder al beneficio, el bien importado debe clasificarse correctamente como "trócar de uso veterinario" ante la aduana. La descripción exacta del ítem es relevante para la aplicación del régimen.
- Los informes técnicos que sustentan la incorporación determinaron que el bien es de uso exclusivo agropecuario, lo que delimita el alcance subjetivo del beneficio.
- El decreto fue firmado por el Presidente Lacalle Pou y refrendado por los ministros de Ganadería, Industria, Economía, entre otros, lo que le otorga plena vigencia normativa.
Texto completo de la consulta
Decreto 373/024 — Modificación del art. 1° del Decreto 194/979, relativo a la incorporación a la nómina de insumos agropecuarios, con exoneraciones tributarias a las importaciones
VISTO: la gestión promovida por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca para incluir determinados bienes dentro de la nómina de insumos agropecuarios establecida por el artículo 1° del Decreto N° 194/979, de 30 de marzo de 1979;
RESULTANDO: que los informes técnicos establecen que el bien de referencia es de uso exclusivo agropecuario;
CONSIDERANDO:
- I) que resulta conveniente impulsar la utilización de nuevas tecnologías en el Sector Productivo, siendo beneficioso para la actividad agropecuaria la exoneración de tributos a la importación, a fin de reducir los costos de producción;
- II) que conviene, por tanto, incluir el referido bien, en la nómina establecida por el Decreto N° 194/979, de 30 de marzo de 1979;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Agréguese al artículo 1° del Decreto N° 194/979, de 30 de marzo de 1979, el siguiente ítem:
"Trocares de uso veterinario"
Comuníquese, etc.
LACALLE POU LUIS — FERNANDO MATTOS — OMAR PAGANINI — AZUCENA ARBELECHE — JOSÉ LUIS FALERO — ELISA FACIO
¿Necesitás ayuda con este tema?
En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.
Artículos relacionados
23 oct. 2026
IVA en gas natural: cómo calcular la base imponible según el Decreto 372/021
El Decreto 372/021 regula los ajustes tarifarios de CONECTA S.A. y establece reglas clave sobre la base de cálculo del IVA en enajenaciones de gas natural.
23 oct. 2026
IMESI en vehículos eléctricos e híbridos: tasas y política ambiental
El Decreto 370/021 modificó las tasas de IMESI para vehículos eléctricos e híbridos en Uruguay, promoviendo eficiencia energética y tecnologías limpias.
23 oct. 2026
IMESI en vehículos eléctricos e híbridos: cambios desde 2022
El Decreto 370/021 modificó las tasas de IMESI para vehículos eléctricos e híbridos en Uruguay, promoviendo eficiencia energética y tecnologías limpias desde 2022.

