
En agosto de 2023, el Poder Ejecutivo firmó el Decreto 259/023, autorizando la transformación de cargos vacantes dentro de la Dirección General Impositiva (DGI), organismo dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas. Aunque este tipo de decretos puede parecer puramente administrativo, tiene implicancias concretas para el funcionamiento del principal organismo recaudador del Uruguay.
¿Qué es la transformación de cargos vacantes?
Cuando un cargo público queda vacante —por jubilación, renuncia u otra causa— el Estado no necesariamente crea un cargo nuevo para cubrirlo. En cambio, la normativa vigente permite reutilizar el crédito presupuestal de ese cargo vacante para transformarlo en un cargo diferente, con otro perfil o categoría, según las necesidades actuales del organismo.
Este mecanismo está habilitado por el artículo 19 de la Ley N° 19.924 (Ley de Presupuesto Nacional 2020–2024) y su decreto reglamentario N° 310/021. En términos simples: en lugar de dejar "congelado" el dinero de un cargo que ya no existe, el Estado lo redirige hacia perfiles más necesarios.
¿Por qué lo hizo la DGI?
La DGI solicitó al Ministerio de Economía y Finanzas la autorización para transformar ciertos cargos vacantes en otros perfiles que considera necesarios para su funcionamiento. Esta solicitud fue respaldada por:
- Un informe previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC), que analiza la pertinencia técnica del cambio.
- Un informe favorable de la Contaduría General de la Nación (CGN), que valida la disponibilidad y correcta asignación de los créditos presupuestales.
Solo con ambos informes favorables el Poder Ejecutivo puede avanzar con la autorización. Esto garantiza que la medida no genere un gasto extra para el Estado, sino una reasignación eficiente de recursos ya existentes.
¿Qué cambia en la práctica?
El decreto autoriza la transformación de los cargos según el detalle del Anexo I —que integra el decreto y especifica exactamente qué cargos se transforman y en qué—, dentro de la Unidad Ejecutora 005 "Dirección General Impositiva", perteneciente al Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas".
Además, se faculta a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos presupuestales necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto, y se ordena dar cuenta a la Asamblea General, como lo exige la normativa para este tipo de actos.
¿Por qué le importa esto a un contribuyente o emprendedor?
A primera vista, un decreto de transformación de cargos parece algo lejano al mundo del emprendedor. Pero hay una conexión directa:
- Una DGI con perfiles de personal actualizados y adecuados a sus necesidades operativas es una DGI más eficiente en sus procesos de control, fiscalización y atención al contribuyente.
- La modernización del capital humano de la DGI se relaciona con mejoras en la gestión tributaria digital, los tiempos de respuesta y la calidad del servicio.
- Este tipo de ajustes estructurales suelen acompañar procesos de transformación institucional orientados a una administración tributaria más ágil.
Una administración tributaria fortalecida beneficia a quienes cumplen: más recursos humanos calificados implican mejores controles sobre quienes no cumplen y más equidad en el sistema.
Marco normativo de referencia
- Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020 — Presupuesto Nacional 2020–2024, artículo 19.
- Decreto N° 310/021, de 10 de setiembre de 2021 — Reglamentación del artículo 19 de la Ley N° 19.924.
- Decreto N° 259/023, de 21 de agosto de 2023 — Objeto del presente artículo.
Texto completo de la consulta
Decreto 259/023 — Transformación de cargos vacantes de la Dirección General Impositiva
VISTO: lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020 y Decreto reglamentario N° 310/021, de 10 de setiembre de 2021;
RESULTANDO: que por las citadas disposiciones se autoriza al Poder Ejecutivo a instancias de los organismos comprendidos en los Incisos de la Administración Central a utilizar los créditos de los cargos vacantes a efectos de la transformación de los que se consideren necesarios para su funcionamiento;
CONSIDERANDO:
- I) la solicitud del Ministerio de Economía y Finanzas, respecto de su Unidad Ejecutora Dirección General Impositiva;
- II) que existe informe previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación, respecto de las transformaciones de cargos solicitadas;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020 y Decreto reglamentario N° 310/021, de 10 de setiembre de 2021;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Autorizar la transformación de los cargos vacantes en los cargos que se proponen en Anexo I, correspondientes a la Unidad Ejecutora 005 "Dirección General Impositiva", del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", que se considera parte integrante de este Decreto.
(*) Notas: Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 259/023 de 21/08/2023.
Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos presupuestales a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto.
Dese cuenta a la Asamblea General, comuníquese y archívese.
LACALLE POU LUIS — AZUCENA ARBELECHE
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