Otros Decretos

Reducción del IMESI en naftas: hasta 30% del precio de venta

El Decreto 116/022 redujo el IMESI sobre naftas en hasta un 30% del precio de venta a partir del 1° de mayo de 2022, como respuesta a cambios en precios regionales.

Rodrigo Abaz·23 de octubre de 2026
Reducción del IMESI en naftas: hasta 30% del precio de venta

Impuestos relacionados

IMESI

En abril de 2022, el Poder Ejecutivo uruguayo emitió el Decreto 116/022, una medida concreta para ajustar la carga fiscal sobre las naftas ante la volatilidad de precios en la región. Este decreto modifica el porcentaje de reducción del Impuesto Específico Interno (IMESI) aplicable a la enajenación de naftas, estableciéndolo en hasta un 30% del precio de venta.

Si te preguntás qué implica esto para los consumidores, las empresas distribuidoras o el mercado de combustibles en Uruguay, acá te lo explicamos de forma clara.

¿Qué es el IMESI y por qué se aplica a los combustibles?

El Impuesto Específico Interno (IMESI) es un tributo que grava la primera enajenación en plaza de determinados bienes, entre ellos los combustibles líquidos. En el caso de las naftas, este impuesto incide directamente en el precio final que paga el consumidor en la bomba.

Lo que hace particular a este impuesto en el sector de combustibles es que la ley —específicamente el artículo 38 de la Ley N° 18.083 de 2006— le otorga al Poder Ejecutivo la facultad de reducir el monto del IMESI por unidad física cuando se cumplan determinadas condiciones. Esta flexibilidad permite al gobierno ajustar la presión fiscal según el contexto económico regional e internacional.

¿Qué cambió con el Decreto 116/022?

El decreto sustituye el primer inciso del artículo 1° del Decreto N° 398/007 (en su redacción vigente desde el Decreto 149/016) y fija el tope de reducción del IMESI sobre naftas en:

"Redúcese el monto del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondiente a la enajenación de naftas en hasta un 30% (treinta por ciento) del precio de venta."

La motivación declarada en el propio decreto es la modificación de los precios relativos de las naftas en la región, es decir, el desajuste entre los precios internacionales del petróleo y los precios internos, que en aquel momento presionaban fuertemente al alza.

¿A quiénes afecta esta medida?

  • Empresas distribuidoras y comercializadoras de combustibles: son los sujetos pasivos del IMESI en la primera enajenación. La reducción impacta directamente en la liquidación del impuesto que deben ingresar a DGI.
  • Consumidores finales: aunque no son contribuyentes del IMESI, se ven beneficiados indirectamente si la reducción se traslada al precio en surtidor.
  • Empresas con flotas de vehículos o alto consumo de combustible: una reducción en el precio de las naftas puede tener impacto en los costos operativos.
  • Contadores y asesores fiscales: deben tener en cuenta la nueva base para el cálculo del IMESI en las liquidaciones correspondientes a partir del 1° de mayo de 2022.

Vigencia y aplicación práctica

El decreto entró en vigencia el 1° de mayo de 2022. Esto significa que todas las enajenaciones de naftas realizadas a partir de esa fecha quedan amparadas por la nueva redacción del artículo 1° del Decreto 398/007.

Es importante destacar que el decreto habla de una reducción de "hasta" un 30%. Esto implica que el beneficio tiene un tope máximo pero puede aplicarse en un porcentaje menor, dependiendo de las condiciones específicas establecidas en la normativa reglamentaria vigente.

Contexto: ¿por qué se tomó esta medida en mayo de 2022?

El primer semestre de 2022 estuvo marcado por una escalada significativa en los precios internacionales del petróleo, en parte como consecuencia del conflicto bélico en Europa del Este. Esto generó presiones sobre los precios de los combustibles en toda la región, incluyendo Uruguay.

La reducción del IMESI fue una de las herramientas utilizadas por el gobierno para amortiguar el impacto en los precios internos, en uso de la facultad legal que le otorga la Ley N° 18.083. Esta no fue la única medida adoptada en ese período, pero sí una de las más directas en términos fiscales.

Texto completo de la consulta

PODER EJECUTIVO — MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Decreto 116/022
Montevideo, 11 de abril de 2022

VISTO: el artículo 38 de la Ley N° 18.083, de 27 de diciembre de 2006, y los Decretos N° 398/007, de 29 de octubre de 2007, y sus modificativos;

RESULTANDO:

  • I) que la referida norma legal faculta al Poder Ejecutivo a reducir el monto del Impuesto Específico Interno (IMESI) por unidad física de combustibles líquidos cuando las enajenaciones de tales bienes cumplan con determinadas condiciones;
  • II) que las normas reglamentarias señaladas establecieron el monto de la reducción, y las condiciones requeridas para acceder al beneficio fiscal;

CONSIDERANDO: que es necesario modificar la reducción del Impuesto Específico Interno (IMESI), como consecuencia de la modificación de los precios relativos de las naftas en la región;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Sustitúyese el primer inciso del artículo 1° del Decreto N° 398/007, de 29 de octubre de 2007, en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto N° 149/016, de 30 de mayo de 2016, por el siguiente:

"ARTÍCULO 1°.- Redúcese el monto del Impuesto Específico Interno (IMESI) correspondiente a la enajenación de naftas en hasta un 30% (treinta por ciento) del precio de venta."

Lo dispuesto en el presente Decreto entrará a regir a partir del 1° de mayo de 2022.

Comuníquese y archívese.

LACALLE POU LUIS; AZUCENA ARBELECHE.

¿Necesitás ayuda con este tema?

En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.

Artículos relacionados