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Prórroga del régimen de venta a turistas de frontera (Free Shop) en Uruguay

El Decreto 365/022 prorroga hasta el 1° de octubre de 2023 la aplicación del régimen de venta a turistas de frontera (Free Shop) y draw back, dando más tiempo para la adecuación de sistemas.

Rodrigo Abaz·22 de octubre de 2026
Prórroga del régimen de venta a turistas de frontera (Free Shop) en Uruguay

El régimen de venta de bienes a turistas extranjeros —conocido popularmente como Free Shop— tiene una larga historia normativa en Uruguay. El Decreto 365/022 representa un nuevo eslabón en esa cadena: una prórroga que le da un respiro adicional a las empresas del sector para adaptarse a los cambios operativos y tecnológicos exigidos por la normativa vigente.

¿Qué es el régimen Free Shop y el draw back?

El régimen de venta a turistas de frontera, regulado originalmente por el Decreto N° 367/995 del 4 de octubre de 1995, permite la comercialización de bienes a turistas extranjeros bajo condiciones especiales, con beneficios fiscales asociados. Dentro de este marco, el draw back es un mecanismo por el cual las empresas pueden recuperar tributos pagados sobre insumos utilizados en la producción o comercialización de bienes que luego se exportan o se venden bajo estos regímenes especiales.

Estas herramientas son fundamentales para la competitividad del comercio fronterizo uruguayo, especialmente en zonas limítrofes con Argentina y Brasil.

El contexto: ¿qué venía cambiando?

En 2019, el Decreto N° 254/019 introdujo modificaciones relevantes en la forma de instrumentar el pago del canon que las empresas del régimen deben abonar a la Administración, junto con otros ajustes al funcionamiento del sistema.

Sin embargo, implementar estos cambios no es trivial: requiere adecuaciones en los sistemas informáticos de las empresas y de la propia Administración. Por eso, en enero de 2021, el Decreto N° 10/021 ya había corrido la fecha original de aplicación, reconociendo que los plazos no eran suficientes.

¿Qué establece el Decreto 365/022?

El Decreto 365/022, firmado por el Presidente Luis Lacalle Pou y la Ministra de Economía Azucena Arbeleche, modifica nuevamente la fecha de entrada en vigor del artículo 2° del Decreto 254/019. La nueva fecha fijada es:

A partir del 1° de octubre de 2023.

La justificación es clara: "subsisten las circunstancias que motivaron la concesión de una prórroga", es decir, los desafíos técnicos y operativos aún no han sido completamente resueltos, por lo que se considera necesario otorgar un plazo adicional de forma transitoria.

Cronología de las prórrogas

  • Decreto 254/019 (2 de setiembre de 2019): Introduce los cambios en el régimen, fijando una fecha de aplicación original.
  • Decreto 10/021 (11 de enero de 2021): Primera prórroga. Modifica la fecha de aplicación ante dificultades de implementación.
  • Decreto 365/022: Segunda prórroga. Fija el 1° de octubre de 2023 como nueva fecha de entrada en vigencia.

¿A quiénes afecta este decreto?

Este decreto impacta directamente a:

  • Empresas operadoras de Free Shop ubicadas en zonas de frontera.
  • Importadores y exportadores que utilizan el mecanismo de draw back dentro de este régimen.
  • Contadores y asesores tributarios que gestionan el cumplimiento normativo de estas empresas.

Para estas empresas, la prórroga significa que el nuevo esquema de pago del canon y los demás cambios del Decreto 254/019 no son aún exigibles hasta la fecha indicada, lo que les permite continuar operando bajo las reglas anteriores mientras completan su adecuación.

Implicancias prácticas para las empresas del sector

Si tu empresa opera en el régimen Free Shop o utiliza el mecanismo de draw back, es importante tener en cuenta lo siguiente:

  • No te confiés demasiado: el 1° de octubre de 2023 es una fecha concreta y definitoria. Los sistemas informáticos deben estar adaptados antes de esa fecha.
  • Revisá el pago del canon: el nuevo esquema de instrumentación del canon implica cambios en la forma y plazos de pago a la Administración. Consultá con tu contador para entender el impacto en tu flujo de caja.
  • Coordiná con tu proveedor tecnológico: si usás software de gestión, asegurate de que tu proveedor esté al tanto de los cambios requeridos y tenga una hoja de ruta clara.
  • Seguí la normativa concordante: el Decreto 367/995 y sus modificativas siguen siendo la base del régimen. Cualquier cambio debe entenderse dentro de ese marco general.

Texto completo de la consulta

Decreto N° 365/022 — Prórroga del plazo dispuesto por el Decreto 254/019, referente al régimen de venta a turistas de frontera, de draw back

VISTO: el Decreto N° 367/995, de 4 de octubre de 1995, sus modificativas y concordantes, que establece el régimen de venta de bienes a turistas extranjeros (Free Shop) y el Decreto N° 254/019, de 2 de setiembre de 2019, en la redacción dada por el Decreto N° 10/021, de 11 de enero de 2021;

RESULTANDO:

  • I) que el Decreto N° 254/019 establece modificaciones en la instrumentación del pago del canon que deben realizar las empresas a la Administración, así como otras características del régimen;
  • II) que en virtud de ello, el Decreto N° 10/021, de 11 de enero de 2021, en su artículo 3°, modificó la fecha dispuesta para su aplicación;
  • III) que subsisten las circunstancias que motivaron la concesión de una prórroga para la adecuación en los sistemas informáticos y la implementación de los cambios del régimen;

CONSIDERANDO: que la referida circunstancia debe ser nuevamente contemplada, y en su mérito volver a otorgar de forma transitoria un plazo adicional;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Modifícase la fecha dispuesta en el artículo 2° del Decreto N° 254/019, de 2 de setiembre de 2019, en la redacción dada por el Decreto N° 10/021, de 11 de enero de 2021, por la siguiente "A partir del 1° de octubre de 2023".

Comuníquese y archívese.

LACALLE POU LUIS — AZUCENA ARBELECHE

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