
El Decreto 365/022, firmado el 16 de noviembre de 2022 por el Poder Ejecutivo, introduce una modificación puntual pero relevante para las empresas que operan bajo el régimen de venta de bienes a turistas extranjeros (Free Shop) en Uruguay: vuelve a postergar la fecha de entrada en vigencia de los cambios en la instrumentación del pago del canon a la Administración.
¿Qué es el régimen Free Shop y qué es el canon?
El régimen de Free Shop en Uruguay está regulado principalmente por el Decreto N° 367/995 del 4 de octubre de 1995. Este marco normativo habilita a determinadas empresas a vender bienes libres de impuestos a turistas extranjeros en zonas habilitadas (fronteras, aeropuertos, puertos, etc.).
Como contraprestación por operar bajo este régimen, las empresas deben abonar un canon a la Administración. La forma de instrumentar ese pago —es decir, cómo se calcula, se liquida y se abona— es precisamente lo que estaba en proceso de reforma desde 2019.
La historia de una reforma que se fue postergando
Para entender el Decreto 365/022, conviene repasar la cadena de normas que lo precedieron:
- Decreto N° 254/019 (2 de setiembre de 2019): Estableció modificaciones en la instrumentación del pago del canon y otras características del régimen Free Shop.
- Decreto N° 10/021 (11 de enero de 2021): Postergó la fecha de aplicación de esas modificaciones, reconociendo que las empresas y los sistemas informáticos necesitaban más tiempo para adaptarse.
- Decreto N° 365/022 (16 de noviembre de 2022): Vuelve a postergar la entrada en vigencia, fijando ahora como nueva fecha el 1° de octubre de 2023.
La razón que motiva cada prórroga es la misma: "subsisten las circunstancias que motivaron la concesión de una prórroga para la adecuación en los sistemas informáticos y la implementación de los cambios del régimen".
¿Qué dice exactamente el Decreto 365/022?
Modifícase la fecha dispuesta en el artículo 2° del Decreto N° 254/019, de 2 de setiembre de 2019, en la redacción dada por el Decreto N° 10/021, de 11 de enero de 2021, por la siguiente "A partir del 1° de octubre de 2023".
En términos simples: las nuevas reglas para pagar el canon en el régimen Free Shop no entrarán en vigencia sino a partir del 1° de octubre de 2023. Hasta esa fecha, se sigue operando con el sistema anterior.
¿A quién afecta esta norma?
Este decreto impacta directamente a:
- Empresas habilitadas a operar bajo el régimen Free Shop en fronteras terrestres, aeropuertos y puertos del Uruguay.
- Contadores y asesores fiscales que gestionan las obligaciones de este tipo de empresas con la Administración.
- Operadores logísticos y proveedores del sector que deben coordinar sus sistemas con los de las empresas Free Shop.
Implicancias prácticas para las empresas del sector
La prórroga tiene consecuencias concretas en la operativa diaria:
- No es necesario apurar adaptaciones de sistemas informáticos antes de la fecha original: las empresas tienen plazo hasta el 1° de octubre de 2023 para completar los cambios tecnológicos y procedimentales requeridos.
- La liquidación del canon se sigue realizando bajo las reglas vigentes hasta que entre en vigor el nuevo esquema del Decreto 254/019.
- Es importante monitorear si se emiten nuevas prórrogas: este es ya el segundo aplazamiento, por lo que no puede descartarse que el Poder Ejecutivo vuelva a extender el plazo si persisten dificultades de implementación.
Texto completo de la consulta
PODER EJECUTIVO — MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Decreto 365/022
Establécense modificaciones en la instrumentación del pago del canon que deben realizar las empresas a la Administración, según se determina.
Montevideo, 16 de Noviembre de 2022
VISTO: el Decreto N° 367/995, de 4 de octubre de 1995, sus modificativas y concordantes, que establece el régimen de venta de bienes a turistas extranjeros (Free Shop) y el Decreto N° 254/019, de 2 de setiembre de 2019, en la redacción dada por el Decreto N° 10/021, de 11 de enero de 2021;
RESULTANDO:
- I) que el Decreto N° 254/019 establece modificaciones en la instrumentación del pago del canon que deben realizar las empresas a la Administración, así como otras características del régimen;
- II) que en virtud de ello, el Decreto N° 10/021, de 11 de enero de 2021, en su artículo 3°, modificó la fecha dispuesta para su aplicación;
- III) que subsisten las circunstancias que motivaron la concesión de una prórroga para la adecuación en los sistemas informáticos y la implementación de los cambios del régimen;
CONSIDERANDO: que la referida circunstancia debe ser nuevamente contemplada, y en su mérito volver a otorgar de forma transitoria un plazo adicional;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Modifícase la fecha dispuesta en el artículo 2° del Decreto N° 254/019, de 2 de setiembre de 2019, en la redacción dada por el Decreto N° 10/021, de 11 de enero de 2021, por la siguiente "A partir del 1° de octubre de 2023".
Comuníquese y archívese.
LACALLE POU LUIS; AZUCENA ARBELECHE.
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