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Facturación electrónica para pequeños contribuyentes: prórroga del crédito fiscal

El Decreto 419/023 extiende el crédito fiscal de hasta UI 80 para contribuyentes de menor capacidad económica que contraten soluciones de facturación electrónica (CFE).

Rodrigo Abaz·21 de octubre de 2026
Facturación electrónica para pequeños contribuyentes: prórroga del crédito fiscal

Si sos un emprendedor o pequeño contribuyente en Uruguay, seguramente ya escuchaste hablar de los Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE). La buena noticia es que el Estado sigue apostando a facilitar tu transición hacia la facturación electrónica, y el Decreto 419/023 es una muestra concreta de eso.

¿De qué se trata el régimen original?

Todo comienza con el Decreto N° 206/019, del 22 de julio de 2019, que creó un mecanismo especial para que los contribuyentes de menor capacidad económica pudieran incorporarse al sistema de facturación electrónica sin que el costo fuera una barrera.

El corazón de ese régimen es un crédito fiscal de hasta UI 80 (ochenta Unidades Indexadas) por los pagos realizados en concepto de servicios de soluciones de facturación electrónica. En términos simples: el Estado te devuelve parte de lo que pagás por contratar una plataforma o proveedor que te permita emitir CFE.

¿Cuál era el problema?

El artículo 3° del Decreto 206/019 establecía que este beneficio aplicaba únicamente para servicios prestados entre el 1° de noviembre de 2019 y el 31 de diciembre de 2023. Es decir, sin una modificación, el régimen quedaba vencido a partir del 1° de enero de 2024, dejando a muchos pequeños contribuyentes sin el incentivo para dar el salto a la facturación electrónica.

¿Qué cambia con el Decreto 419/023?

El Decreto 419/023, firmado por la Vicepresidenta Beatriz Argimón y la Ministra de Economía Azucena Arbeleche, modifica el artículo 3° del Decreto 206/019 con un objetivo claro: extender el alcance temporal del régimen para que el crédito fiscal siga vigente más allá del 31 de diciembre de 2023.

De esta forma, los contribuyentes de menor dimensión económica pueden continuar beneficiándose del crédito fiscal de hasta UI 80 al contratar servicios de soluciones de facturación electrónica, sin interrupciones.

¿A quiénes beneficia concretamente?

  • Pequeños contribuyentes y monotributistas que aún no se habían incorporado al sistema CFE.
  • Emprendedores y empresas unipersonales con menor capacidad económica que necesitan apoyo para costear las soluciones tecnológicas de facturación.
  • Contribuyentes que ya venían utilizando el crédito y necesitaban certeza sobre su continuidad.

¿Cuánto representa UI 80 en pesos?

El valor de la Unidad Indexada (UI) varía con el tiempo al estar atada al Índice de Precios al Consumo (IPC). A modo orientativo, con una UI aproximada de $6, UI 80 equivalen a unos $480 pesos uruguayos. Si bien puede parecer un monto pequeño en términos absolutos, representa un alivio real para quienes están dando sus primeros pasos en la formalización digital.

Importante: El crédito fiscal se aplica sobre los pagos realizados por contratar la solución de facturación electrónica, no sobre la emisión de cada comprobante en particular.

El camino hacia la generalización del CFE

Uruguay viene avanzando de forma sostenida en la masificación de los comprobantes fiscales electrónicos. La DGI ha ido incorporando por etapas a distintos tipos de contribuyentes, y los más pequeños han sido los últimos en sumarse justamente porque el proceso implica una inversión tecnológica que no siempre es sencilla de afrontar.

Esta prórroga es coherente con esa política gradual: en lugar de imponer el cambio de golpe, se incentiva y acompaña a los contribuyentes de menor dimensión para que adopten la herramienta con el apoyo de un beneficio fiscal concreto.

¿Qué tenés que hacer para acceder al crédito?

  • Verificar que tu actividad y tamaño te ubiquen dentro de la categoría de contribuyentes de menor capacidad económica según los criterios definidos por DGI.
  • Contratar un proveedor habilitado para brindar soluciones de facturación electrónica (hay opciones gratuitas y pagas en el mercado).
  • Conservar los comprobantes de pago del servicio para respaldar el crédito ante DGI.
  • Aplicar el crédito en tu declaración correspondiente.

Si tenés dudas sobre cómo tramitar el crédito o qué proveedor de CFE elegir, desde Calculame podemos ayudarte a entender tu situación particular y orientarte en el proceso.

Texto completo de la consulta

Decreto 419/023 — Modificación del art. 3° del Decreto 206/019, relativo a la extensión del sistema de documentación de operaciones por medio de Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) a los contribuyentes de menor capacidad económica

VISTO: el Decreto N° 206/019, de 22 de julio de 2019, y sus modificativos;

RESULTANDO:

  • I) que el artículo 4° de la referida norma otorga un crédito fiscal de hasta UI 80 (unidades indexadas ochenta) por los pagos que realicen los contribuyentes de menor capacidad económica en concepto de servicios de soluciones de facturación electrónica;
  • II) que el artículo 3° de la norma señalada dispone que podrán ampararse al citado régimen los servicios prestados entre el 1° de noviembre de 2019 y el 31 de diciembre de 2023;

CONSIDERANDO: que es pertinente extender el alcance temporal de la referida norma, de forma tal de continuar implementando el régimen de documentación de operaciones mediante comprobantes fiscales electrónicos, facilitando la incorporación de dicha tecnología a los contribuyentes de menor dimensión económica, a efectos de propender a la generalización del mismo;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

(*) Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 206/019 de 22/07/2019, artículo 3.

Comuníquese y archívese.

BEATRIZ ARGIMÓN — AZUCENA ARBELECHE

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