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En febrero de 2024, el Poder Ejecutivo firmó el Decreto 46/024, que introduce ajustes importantes en la reglamentación del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), específicamente en lo que refiere al régimen de donaciones especiales. Si tu empresa realiza o planifica realizar donaciones con beneficios fiscales, este decreto te afecta directamente.
¿Qué son las donaciones especiales en el IRAE?
El régimen de donaciones especiales está previsto en los artículos 78, 79 y 79 BIS del Título 4 del Texto Ordenado 1996. Permite que las empresas contribuyentes del IRAE destinen parte de su carga tributaria a determinadas actividades o instituciones habilitadas, obteniendo a cambio un crédito fiscal o una deducción en su liquidación impositiva.
Este régimen busca incentivar el financiamiento privado de actividades de interés social, cultural, deportivo, educativo, entre otras, con un mecanismo que hace que parte del impuesto que de todas formas se pagaría pueda redirigirse hacia esos fines.
¿Qué modificaciones introdujo el Decreto 46/024?
El decreto se origina en la necesidad de adecuar la reglamentación del Decreto 150/007 —que reglamenta el IRAE— a los cambios legales que se habían producido previamente a nivel legislativo:
- Los artículos 323 y 325 de la Ley N° 19.996 (de 3 de noviembre de 2021) modificaron el régimen de donaciones especiales.
- El artículo 574 de la Ley N° 20.212 (de 6 de noviembre de 2023) introdujo ajustes adicionales.
El decreto concreta esa adecuación reglamentaria de la siguiente forma:
- Nueva redacción del artículo 67 inciso 2° del Decreto 150/007: se actualizan las disposiciones sobre el tratamiento reglamentario de las donaciones en el marco del IRAE.
- Nueva redacción del artículo 67-BIS del Decreto 150/007: se adecua este artículo a la nueva realidad normativa.
- Derogación del artículo 69 TER del Decreto 150/007 (en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto N° 194/012, de 11 de junio de 2012).
- Derogación del artículo 70 TER del Decreto 150/007.
¿Por qué se derogan los artículos 69 TER y 70 TER?
La derogación de estos artículos responde a que su contenido había quedado desactualizado o absorbido por los cambios introducidos a nivel legal. Cuando la ley modifica el régimen sustantivo, los artículos reglamentarios que desarrollaban las normas anteriores pierden su razón de ser o pueden generar contradicciones. Por eso, el Poder Ejecutivo optó por eliminarlos del ordenamiento reglamentario.
En términos prácticos: cualquier empresa que haya basado sus procedimientos de donaciones especiales en los artículos 69 TER o 70 TER del Decreto 150/007 debe revisar su operativa, ya que esas disposiciones ya no están vigentes.
Implicancias prácticas para las empresas
Si tu empresa contribuye al IRAE y participa del régimen de donaciones especiales, hay algunas cosas concretas que debés tener en cuenta:
- Revisar los procedimientos internos: si tenías documentación o flujos administrativos basados en los artículos derogados, es necesario actualizarlos.
- Consultar el texto vigente del Decreto 150/007: los artículos 67 y 67-BIS ahora tienen una nueva redacción que es la que aplica para las liquidaciones de IRAE.
- Verificar las donaciones en curso: si tenés compromisos de donación pactados bajo marcos anteriores, conviene analizar si el nuevo régimen afecta las condiciones o los beneficios fiscales asociados.
- Atención a los topes y porcentajes: los cambios legales de las leyes 19.996 y 20.212 pudieron haber modificado los límites aplicables a las donaciones con beneficio fiscal.
Línea de tiempo normativa: cómo llegamos hasta acá
Para entender el contexto completo de este decreto, es útil repasar la evolución normativa:
- 2007: Se aprueba el Decreto 150/007, reglamentario del IRAE, que incluye los artículos sobre donaciones especiales.
- 2012: El Decreto 194/012 introduce el artículo 69 TER, ampliando las disposiciones sobre donaciones.
- 2021: La Ley 19.996 modifica el régimen legal de donaciones especiales (arts. 323 y 325).
- 2023: La Ley 20.212 introduce nuevos ajustes al régimen (art. 574).
- 2024: El Decreto 46/024 adecua la reglamentación a todo lo anterior, actualizando y derogando lo que corresponde.
Texto completo de la consulta
Decreto 46/024 — Modificación del Decreto 150/007 relativo a la reglamentación del IRAE y derogación de los arts. 69 TER y 70 TER del mismo
VISTO: el régimen de donaciones especiales dispuesto en los artículos 78, 79 y 79 BIS, del Título 4 del Texto Ordenado 1996;
RESULTANDO: que dicho régimen fue modificado por los artículos 323 y 325, de la Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021 y sus modificativas, y 574 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de 2023;
CONSIDERANDO: que resulta necesaria adecuar la reglamentación en función de las modificaciones realizadas;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
(Artículo 1°) — Dio nueva redacción al artículo 67 inciso 2° del Decreto N° 150/007, de 26 de abril de 2007.
(Artículo 2°) — Dio nueva redacción al artículo 67-BIS del Decreto N° 150/007, de 26 de abril de 2007.
(Artículo 3°) — Derógase el artículo 69 TER del Decreto N° 150/007, de 26 de abril de 2007, en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto N° 194/012, de 11 de junio de 2012.
(Artículo 4°) — Derógase el artículo 70 TER del Decreto N° 150/007, de 26 de abril de 2007.
Comuníquese y archívese.
LACALLE POU LUIS — AZUCENA ARBELECHE
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