
La transformación digital del Estado uruguayo viene avanzando a pasos firmes. En ese marco, el Decreto 431/022 establece un nuevo esquema de gobernanza para los sistemas de información transversales y las plataformas tecnológicas de uso compartido entre entidades públicas. Si bien este decreto no refiere directamente a tributos, tiene implicancias importantes para la gestión pública y el ecosistema en el que operan empresas y contribuyentes que interactúan con el Estado.
¿Qué motivó este decreto?
En los últimos años, la digitalización de las entidades estatales uruguayas se aceleró notoriamente, impulsada tanto por iniciativas gubernamentales como por los cambios provocados por la pandemia. Esto generó una mayor interdependencia entre los sistemas que gestionan áreas clave como:
- Gestión financiera y presupuestal
- Gestión humana (recursos humanos)
- Compras públicas
- Infraestructura tecnológica
Sin una coordinación clara entre las entidades rectoras de cada área, los sistemas corrían el riesgo de fragmentarse, duplicarse o tornarse incompatibles. El decreto busca resolver exactamente eso.
Además, se enmarca en la Agenda Uruguay Digital 2025 (aprobada por Decreto 134/021), que fija objetivos como un Estado más simple, el uso de datos como activo estratégico, la aceleración digital de organismos públicos y la innovación en el sector público.
¿Qué se crea y quiénes lo integran?
El decreto establece la creación del Comité de Gobernanza de Procesos y Soluciones Transversales, integrado por un representante de cada uno de los siguientes organismos:
- MEF – Ministerio de Economía y Finanzas
- OPP – Oficina de Planeamiento y Presupuesto
- ONSC – Oficina Nacional del Servicio Civil
- AMEPP – Agencia de Monitoreo y Evaluación de Políticas Públicas
- ARCE – Agencia Reguladora de Compras Estatales
- AGESIC – Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento
Este conjunto de organismos cubre de manera integral los principales ejes de la gestión interna del Estado: lo económico-financiero, lo presupuestal, los recursos humanos, las compras y la tecnología.
¿Cuáles son los cometidos del Comité?
El Comité tiene atribuciones amplias y concretas. Entre sus principales cometidos se destacan:
- Definir estándares funcionales y tecnológicos para los sistemas transversales.
- Establecer criterios comunes para una gestión eficiente y transparente de recursos públicos.
- Crear Comités Asesores de Usuarios (tanto funcionales como técnicos) integrados por funcionarios de las entidades estatales.
- Asesorar e informar a entidades públicas sobre los estándares definidos.
- Proponer medidas para la preservación y sostenibilidad de los sistemas transversales.
- Coordinar planes de fortalecimiento e integración de sistemas entre organismos.
- Estandarizar procesos en áreas de gestión humana, adquisiciones y gestión financiero-contable.
- Liderar un esquema de gobernanza con equipos de trabajo representantes de la Administración Central.
¿Qué decreto se deroga?
El Decreto 431/022 deroga el Decreto 279/018 (del 3 de setiembre de 2018), que había creado el Comité Rector de Soluciones para la Gestión con Impacto Presupuestal. Si bien aquel decreto fue un primer paso en la dirección correcta, el avance de la transformación digital y la mayor complejidad de los sistemas requirieron una estructura más robusta y abarcativa.
La diferencia clave: el Decreto 279/018 se enfocaba en soluciones con impacto presupuestal. El nuevo Decreto 431/022 amplía el alcance a todos los sistemas transversales y plataformas tecnológicas compartidas, con una visión integral de la gestión pública digital.
¿Por qué importa esto para empresas y emprendedores?
Aunque este decreto regula la organización interna del Estado, tiene efectos indirectos muy concretos para quienes interactúan con organismos públicos:
- Mayor coherencia en los sistemas de compras públicas: una gobernanza centralizada de plataformas como las de ARCE mejora la experiencia de proveedores del Estado.
- Interoperabilidad entre organismos: cuando los sistemas del MEF, ONSC y AGESIC "hablan el mismo idioma", los trámites se agilizan y los datos fluyen mejor.
- Base para futuros servicios digitales: la estandarización de procesos es el cimiento sobre el que se construyen ventanillas únicas, portales de trámites y soluciones como las que ya ofrece tramites.gub.uy.
- Transparencia en la gestión: al establecer criterios comunes y auditables, el decreto contribuye a una administración pública más predecible para el sector privado.
Texto completo de la consulta
Decreto 431/022 – Creación del Comité de Gobernanza de Procesos y Soluciones Transversales y derogación del Decreto 279/018
VISTO: la necesidad de avanzar en el fortalecimiento de un esquema de gobernanza de los sistemas de información transversales y plataformas tecnológicas de uso compartido por todas las entidades públicas;
RESULTANDO:
I) que la evolución de la digitalización y la concreción de proyectos específicos de transformación digital en las entidades estatales se ha visto notoriamente incrementada en los últimos años, derivado de distintas iniciativas llevadas adelante por el gobierno, y por los cambios impuestos por la pandemia;
II) que esa evolución impacta directamente en la gestión interna de dichas entidades, por lo que se requiere de una mayor interacción entre los procesos y sistemas transversales (en adelante, productos), administrados por diversas entidades rectoras, en sus respectivos ámbitos de competencia, tales como la gestión financiera y presupuestal, gestión humana, compras públicas y tecnológico;
CONSIDERANDO:
I) que a fin de obtener un esquema de gobernanza, que asegure la aplicación homogénea de criterios funcionales y técnicos, y procesos estandarizados vinculados a las temáticas antes referidas y que resulten aplicables a las entidades estatales en general, resulta necesario definir nuevos criterios de administración, contemplando además la participación de todas aquellas con competencias específicas en la materia;
II) que de conformidad con los objetivos indicados es necesario actualizar el esquema de gestión de activos informáticos en el Estado dispuesto por el decreto N° 279/018, de 3 de setiembre de 2018;
III) que por el referido decreto se creó un Comité Rector de Soluciones para la Gestión con Impacto Presupuestal, y se definieron cometidos asociados a la promoción de una administración integrada y más eficiente de los activos informáticos destinados a la gestión interna de los procesos de los incisos que impactan en la gestión del presupuesto del Estado;
IV) que por decreto N° 134/021, de 4 de mayo de 2021, se aprobó la Agenda Uruguay Digital 2025, incluyéndose dentro de sus objetivos un estado más simple de interactuar (Objetivo IV), datos como activo (Objetivo VI), aceleración digital de las organizaciones públicas (Objetivo VII), e innovación pública (Objetivo VIII);
V) que la generación de productos que se constituyan en soluciones transversales basadas además en procesos estandarizados aplicables a varias entidades estatales, promueven los objetivos indicados en los considerandos anteriores;
VI) que a esos efectos, se considera conveniente disponer la creación de un Comité de Gobernanza integrado por las entidades rectoras de las temáticas vinculadas a la gestión interna de las entidades estatales a fin de estandarizar los aspectos funcionales y tecnológicos relacionados con la misma;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Créase el Comité de Gobernanza de Procesos y Soluciones Transversales (el Comité) integrado por un representante designado por: el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC), la Agencia de Monitoreo y Evaluación de Políticas Públicas (AMEPP), la Agencia Reguladora de Compras Estatales (ARCE) y la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC).
El Comité ejercerá la rectoría funcional y tecnológica de los sistemas de información transversales y las plataformas tecnológicas de uso compartido, vinculados con la gestión interna de los incisos de la Administración Central, en función del esquema de gobernanza que se definirá.
El Comité tendrá los siguientes cometidos:
- a) Definir los estándares funcionales y tecnológicos que deben cumplir los sistemas transversales, sin perjuicio de las competencias específicas de otras entidades públicas, y determinar un esquema de gobernanza que permita su aplicación homogénea.
- b) Establecer criterios comunes para una gestión eficiente y transparente de los recursos, así como para una ejecución coordinada en las áreas de gestión del cambio, gestión de proyectos, gestión del conocimiento, diseño de servicios y procesos de gestión y administración de activos informáticos.
- c) Crear Comités Asesores de Usuarios pertenecientes a las entidades estatales, tanto funcionales como técnicos, así como los que entienda necesarios para su funcionamiento. A los efectos de su integración se solicitará a los jerarcas correspondientes la designación de los funcionarios necesarios para desempeñar las tareas que el Comité le proponga.
- d) Informar y asesorar sobre los estándares definidos por el Comité a las entidades públicas en general.
- e) Proponer las medidas necesarias para la preservación de los sistemas transversales objeto del presente decreto.
- f) Resguardar y mejorar los productos empleados por las entidades estatales de la Administración Central para asegurar su reutilización, su conformación como sistema transversal, su compatibilidad con otros sistemas transversales, su sostenibilidad y evolución tanto funcional como tecnológica, así como de sus implementaciones en cada uno de los incisos.
- g) Coordinar planes de fortalecimiento de sistemas transversales administrados por entidades parte de la Administración Central, incluyendo los empleados por otras entidades públicas, y su integración eficiente con los productos objeto de competencia del Comité.
- h) Estandarizar procesos y sistemas para la gestión humana, de adquisiciones y financiero contable, promoviendo la aplicación de sistemas transversales que cumplan con los estándares definidos por el Comité.
- i) Definir y liderar un esquema de Gobernanza, integrado por equipos de trabajo constituidos por representantes de las entidades de la Administración Central involucradas, para la gestión de las plataformas tecnológicas que se definan y de su ecosistema, incluyendo la gestión de los proyectos asociados.
Nota: el texto original del decreto fue truncado en la fuente. El contenido aquí reproducido corresponde a los fragmentos disponibles.
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