
En diciembre de 2022, el Poder Ejecutivo uruguayo aprobó el Decreto 431/022, una norma que reorganiza la forma en que el Estado gestiona sus sistemas de información y plataformas tecnológicas compartidas. Si bien no es una norma tributaria en sentido estricto, tiene implicancias directas sobre la administración interna de los organismos públicos y, por extensión, sobre la relación entre el Estado y los contribuyentes.
¿Qué problema venía a resolver este decreto?
La digitalización del Estado uruguayo avanzó significativamente en los últimos años, impulsada tanto por iniciativas propias del gobierno como por la aceleración que generó la pandemia de COVID-19. Sin embargo, ese avance fue en muchos casos descoordinado: cada organismo desarrollaba o administraba sus propios sistemas, con criterios dispares.
Esto generaba fricciones en áreas clave como:
- La gestión financiera y presupuestal
- La gestión de recursos humanos del Estado
- Las compras públicas
- La infraestructura tecnológica compartida
El decreto anterior en la materia, el N° 279/018 (de setiembre de 2018), había creado un Comité Rector de Soluciones para la Gestión con Impacto Presupuestal, pero su alcance resultó insuficiente frente a la complejidad creciente del ecosistema digital estatal.
¿Qué crea el Decreto 431/022?
El decreto crea el Comité de Gobernanza de Procesos y Soluciones Transversales, un órgano interinstitucional integrado por un representante de cada uno de los siguientes organismos:
- MEF – Ministerio de Economía y Finanzas
- OPP – Oficina de Planeamiento y Presupuesto
- ONSC – Oficina Nacional del Servicio Civil
- AMEPP – Agencia de Monitoreo y Evaluación de Políticas Públicas
- ARCE – Agencia Reguladora de Compras Estatales
- AGESIC – Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento
Este Comité ejerce la rectoría funcional y tecnológica de los sistemas de información transversales y plataformas de uso compartido en la Administración Central.
¿Cuáles son los cometidos del Comité?
El decreto establece un conjunto amplio de responsabilidades para este nuevo órgano:
- Definir estándares funcionales y tecnológicos para los sistemas transversales, asegurando su aplicación homogénea en todo el Estado.
- Establecer criterios comunes para una gestión eficiente y transparente de los recursos, incluyendo gestión del cambio, gestión de proyectos, diseño de servicios y administración de activos informáticos.
- Crear Comités Asesores de Usuarios, tanto funcionales como técnicos, involucrando a funcionarios de distintas entidades estatales.
- Informar y asesorar a entidades públicas en general sobre los estándares definidos.
- Proponer medidas para la preservación y mejora de los sistemas transversales.
- Resguardar y mejorar los productos empleados por las entidades estatales.
Conexión con la Agenda Uruguay Digital 2025
Este decreto se enmarca en la Agenda Uruguay Digital 2025, aprobada por el Decreto N° 134/021, que fijó objetivos estratégicos para la transformación digital del país. En particular, el Comité de Gobernanza contribuye directamente a:
- Objetivo IV: Un Estado más simple de interactuar
- Objetivo VI: Los datos como activo estratégico
- Objetivo VII: Aceleración digital de las organizaciones públicas
- Objetivo VIII: Innovación pública
¿Por qué le importa esto a un emprendedor o contribuyente?
Aunque este decreto regula la organización interna del Estado, sus efectos son concretos para quienes interactúan con organismos públicos uruguayos:
- Una mayor interoperabilidad entre sistemas (DGI, BPS, compras estatales, gestión presupuestal) reduce fricciones y duplicaciones de trámites.
- La estandarización tecnológica mejora la calidad y disponibilidad de los servicios digitales del Estado.
- Un esquema de gobernanza claro facilita la trazabilidad y transparencia en la gestión de recursos públicos.
- Para quienes proveen bienes o servicios al Estado, la coordinación entre ARCE y otros organismos puede simplificar los procesos de compras públicas.
En definitiva, un Estado mejor organizado digitalmente es un Estado que le exige menos tiempo y esfuerzo a los contribuyentes en sus interacciones cotidianas.
Texto completo de la consulta
PODER EJECUTIVO – CONSEJO DE MINISTROS
Decreto 431/022
Montevideo, 27 de diciembre de 2022
VISTO: la necesidad de avanzar en el fortalecimiento de un esquema de gobernanza de los sistemas de información transversales y plataformas tecnológicas de uso compartido por todas las entidades públicas;
RESULTANDO:
- I) Que la evolución de la digitalización y la concreción de proyectos específicos de transformación digital en las entidades estatales se ha visto notoriamente incrementada en los últimos años, derivado de distintas iniciativas llevadas adelante por el gobierno, y por los cambios impuestos por la pandemia;
- II) Que esa evolución impacta directamente en la gestión interna de dichas entidades, por lo que se requiere de una mayor interacción entre los procesos y sistemas transversales (en adelante, productos), administrados por diversas entidades rectoras, en sus respectivos ámbitos de competencia, tales como la gestión financiera y presupuestal, gestión humana, compras públicas y tecnológico;
CONSIDERANDO:
- I) Que a fin de obtener un esquema de gobernanza que asegure la aplicación homogénea de criterios funcionales y técnicos, y procesos estandarizados vinculados a las temáticas antes referidas y que resulten aplicables a las entidades estatales en general, resulta necesario definir nuevos criterios de administración, contemplando además la participación de todas aquellas con competencias específicas en la materia;
- II) Que de conformidad con los objetivos indicados es necesario actualizar el esquema de gestión de activos informáticos en el Estado dispuesto por el Decreto N° 279/018, de 3 de setiembre de 2018;
- III) Que por el referido decreto se creó un Comité Rector de Soluciones para la Gestión con Impacto Presupuestal, y se definieron cometidos asociados a la promoción de una administración integrada y más eficiente de los activos informáticos destinados a la gestión interna de los incisos que impactan en la gestión del presupuesto del Estado;
- IV) Que por Decreto N° 134/021, de 4 de mayo de 2021, se aprobó la Agenda Uruguay Digital 2025, incluyéndose dentro de sus objetivos un estado más simple de interactuar (Objetivo IV), datos como activo (Objetivo VI), aceleración digital de las organizaciones públicas (Objetivo VII), e innovación pública (Objetivo VIII);
- V) Que la generación de productos que se constituyan en soluciones transversales basadas además en procesos estandarizados aplicables a varias entidades estatales, promueven los objetivos indicados en los considerandos anteriores;
- VI) Que a esos efectos, se considera conveniente disponer la creación de un Comité de Gobernanza integrado por las entidades rectoras de las temáticas vinculadas a la gestión interna de las entidades estatales a fin de estandarizar los aspectos funcionales y tecnológicos relacionados con la misma;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Créase el Comité de Gobernanza de Procesos y Soluciones Transversales (el Comité) integrado por un representante designado por: el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC), la Agencia de Monitoreo y Evaluación de Políticas Públicas (AMEPP), la Agencia Reguladora de Compras Estatales (ARCE) y la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC).
El Comité ejercerá la rectoría funcional y tecnológica de los sistemas de información transversales y las plataformas tecnológicas de uso compartido, vinculados con la gestión interna de los incisos de la Administración Central, en función del esquema de gobernanza que se definirá.
El Comité tendrá los siguientes cometidos:
- a) Definir los estándares funcionales y tecnológicos que deben cumplir los sistemas transversales, sin perjuicio de las competencias específicas de otras entidades públicas, y determinar un esquema de gobernanza que permita su aplicación homogénea.
- b) Establecer criterios comunes para una gestión eficiente y transparente de los recursos, así como para una ejecución coordinada en las áreas de gestión del cambio, gestión de proyectos, gestión del conocimiento, diseño de servicios y procesos de gestión y administración de activos informáticos.
- c) Crear Comités Asesores de Usuarios pertenecientes a las entidades estatales, tanto funcionales como técnicos, así como los que entienda necesarios para su funcionamiento.
- d) Informar y asesorar sobre los estándares definidos por el Comité a las entidades públicas en general.
- e) Proponer las medidas necesarias para la preservación de los sistemas transversales objeto del presente decreto.
- f) Resguardar y mejorar los productos empleados por las entidades estatales.
Firmado por el Presidente de la República y todos los Ministerios del Poder Ejecutivo. Montevideo, 27 de diciembre de 2022.
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