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Decreto 260/024: cambios en la reducción y devolución de IVA para consumidores finales

El Decreto 260/024 modifica la instrumentación de las reducciones de IVA en pagos con medios electrónicos. Conocé qué cambia y cómo te afecta como consumidor o comerciante.

Rodrigo Abaz·20 de octubre de 2026
Decreto 260/024: cambios en la reducción y devolución de IVA para consumidores finales

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El Decreto 260/024, firmado por el Presidente Luis Lacalle Pou y la Ministra de Economía Azucena Arbeleche, introdujo ajustes técnicos a dos decretos reglamentarios que regulan las reducciones y devoluciones del IVA aplicables a consumidores finales cuando realizan pagos con determinados medios electrónicos. Si comprás o vendés en Uruguay, este decreto te afecta directamente.

¿Cuál es el contexto de esta modificación?

En Uruguay existe un régimen de reducción de la tasa de IVA para operaciones realizadas por consumidores finales cuando utilizan ciertos instrumentos de pago (tarjetas de débito, instrumentos de dinero electrónico, etc.). Este beneficio está reglamentado principalmente por dos decretos:

  • Decreto N° 537/005, del 26 de diciembre de 2005: establece la reducción de IVA para pagos con tarjetas de débito y otros medios electrónicos.
  • Decreto N° 203/014, del 22 de julio de 2014: regula la devolución de IVA en compras realizadas con determinados instrumentos de pago, incluyendo tarjetas de crédito y débito emitidas por instituciones de intermediación financiera.

Ambas normas buscan incentivar el uso de medios de pago electrónicos y reducir el uso del efectivo en la economía uruguaya, al tiempo que benefician al consumidor final con un menor costo en sus compras.

¿Qué modificó exactamente el Decreto 260/024?

La modificación es de carácter técnico-instrumental: el decreto ajustó el artículo 11, inciso 2° de cada uno de los dos decretos mencionados. Si bien el texto completo de la nueva redacción de esos incisos no se transcribe en el decreto en sí (se remite a los textos modificados), el fundamento oficial es claro:

"A efectos de perfeccionar la instrumentación de las reducciones señaladas, se entiende conveniente ajustar los citados Decretos."

Es decir, no se trata de un cambio en la esencia del beneficio (la reducción o devolución del IVA sigue vigente), sino en la forma en que ese beneficio se aplica operativamente: cómo se instrumenta la reducción en el punto de venta o cómo se procesa la devolución.

¿Por qué importa la forma de instrumentación?

En materia tributaria, la forma importa tanto como el fondo. Una reducción de IVA que no esté correctamente instrumentada puede generar problemas como:

  • Que el comerciante no aplique correctamente el descuento en la factura.
  • Que el procesador de pagos no liquide correctamente la devolución.
  • Que la DGI observe diferencias en la declaración del vendedor.
  • Que el consumidor no reciba el beneficio que le corresponde.

Por eso, ajustes como el del Decreto 260/024, aunque parezcan menores o puramente formales, tienen un impacto real en la cadena de cobro y pago entre comercios, procesadoras de tarjetas y consumidores.

¿A quiénes afecta este decreto?

Este decreto tiene implicancias para distintos actores del sistema económico uruguayo:

  • Comercios y empresas que venden a consumidores finales y aplican reducción de IVA según los medios de pago utilizados. Deben verificar que sus sistemas de facturación y POS estén actualizados conforme a la nueva instrumentación.
  • Instituciones de intermediación financiera y emisores de tarjetas, que procesan las devoluciones o descuentos de IVA.
  • Consumidores finales, que son los beneficiarios últimos de la reducción y deben asegurarse de que el descuento se aplique correctamente en sus compras.
  • Contadores y asesores fiscales, que deben conocer la nueva redacción del artículo 11 inciso 2° de cada decreto para asesorar correctamente a sus clientes.

Recomendaciones prácticas

Si sos comerciante o emprendedor que vende a consumidores finales en Uruguay, te recomendamos:

  • Revisá con tu contador si la forma en que tu sistema aplica la reducción de IVA en pagos electrónicos sigue siendo correcta tras este ajuste.
  • Consultá con tu procesador de pagos o terminal POS si ya actualizaron sus sistemas conforme al Decreto 260/024.
  • No confundas la reducción de tasa con una exoneración: el IVA se sigue generando, pero a una tasa menor o con devolución posterior.
  • Asegurate de que tus facturas reflejen correctamente el monto de IVA aplicado, ya que una facturación incorrecta puede generar contingencias ante la DGI.

Texto completo del decreto

VISTO: los Decretos N° 537/005, de 26 de diciembre de 2005, y N° 203/014, de 22 de julio de 2014, sus modificativos y concordantes;

RESULTANDO: que las normas referidas reglamentan determinadas reducciones a la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA), y en particular establecen la forma de instrumentación de las mismas;

CONSIDERANDO: que a efectos de perfeccionar la instrumentación de las reducciones señaladas, se entiende conveniente ajustar los citados Decretos;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

  • Artículo 1°: Se dio nueva redacción al artículo 11, inciso 2°, del Decreto N° 537/005 de 26/12/2005.
  • Artículo 2°: Se dio nueva redacción al artículo 11, inciso 2°, del Decreto N° 203/014 de 22/07/2014.

Comuníquese y archívese.

LACALLE POU LUIS — AZUCENA ARBELECHE

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