
Si alguna vez tramitaste un testamento o necesitaste legalizar un documento en Uruguay, es probable que hayas tenido que abonar el Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones. Este tributo, creado por la Ley N° 17.707, se actualiza dos veces al año según la inflación. El Decreto 4/023 establece el valor vigente para el primer semestre de 2023.
¿Qué es el Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones?
Se trata de un tributo creado por el artículo 21 de la Ley N° 17.707, del 10 de noviembre de 2003. Su propósito es gravar ciertos actos registrales vinculados al otorgamiento de testamentos y a la legalización de documentos en Uruguay.
Este timbre se abona al momento de realizar el trámite correspondiente y su recaudación está asociada a la actividad registral del Estado.
¿Cómo se actualiza su valor?
La propia ley prevé un mecanismo de actualización semestral automática basado en la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC), publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Las dos actualizaciones del año operan de la siguiente manera:
- 1° de enero: se aplica la variación del IPC del período 1° de junio al 30 de noviembre del año anterior.
- 1° de julio: se aplica la variación del IPC del período 1° de diciembre al 31 de mayo del mismo año.
Este esquema busca mantener el valor real del tributo frente a la erosión inflacionaria, evitando que el monto quede desactualizado durante períodos prolongados.
El valor para el primer semestre de 2023
Durante el período 1° de junio al 30 de noviembre de 2022, el IPC registró una variación del 2,986%. Aplicando dicho porcentaje al valor anterior del timbre, el Poder Ejecutivo fijó el nuevo monto mediante el Decreto 4/023:
$ 2.336 (pesos uruguayos dos mil trescientos treinta y seis)
Vigente del 1° de enero al 30 de junio de 2023.
El decreto fue firmado por el Presidente Luis Lacalle Pou y la Ministra de Economía y Finanzas Azucena Arbeleche.
¿A quién le afecta este tributo?
Este timbre impacta principalmente a:
- Personas que otorgan testamentos ante escribano público o en sede judicial.
- Profesionales y empresas que tramitan legalizaciones de documentos para uso en el exterior o en trámites oficiales.
- Escribanos y gestores que deben contemplar este costo en sus honorarios y presupuestos.
- Ciudadanos en general que realizan trámites sucesorios o de certificación documental.
Preguntas frecuentes
¿Este tributo se paga una sola vez?
Sí, se abona al momento de realizar el acto registral correspondiente (otorgamiento del testamento o legalización del documento).
¿Qué pasa si el trámite se realizó antes del 1° de enero de 2023?
Rige el valor vigente en el momento del acto. Si el trámite fue en el segundo semestre de 2022, se aplica el valor fijado para ese período.
¿Dónde se abona este timbre?
Generalmente a través de la red de cobranza habilitada por la DGI o en las dependencias correspondientes, según el trámite específico.
¿Habrá una nueva actualización en julio de 2023?
Sí. El 1° de julio de 2023 operará una nueva actualización, que se calculará en base a la variación del IPC entre el 1° de diciembre de 2022 y el 31 de mayo de 2023.
Texto completo de la consulta
Decreto 4/023 – Actualización del Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones. 1° de enero – 30 de junio de 2023.
VISTO: que corresponde al Poder Ejecutivo actualizar los montos del "Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones" creado por la Ley N° 17.707, de 10 de noviembre de 2003;
RESULTANDO:
I) que el artículo 21 de la citada Ley establece que el Poder Ejecutivo actualizará semestralmente su valor, en tanto su actualización se realizará el 1° de enero y el 1° de julio de cada año en función de la variación del Índice de Precios al Consumo, determinado por el Instituto Nacional de Estadística en los períodos 1° de junio a 30 de noviembre y 1° de diciembre a 31 de mayo respectivamente;
II) que la variación operada por el mencionado Índice, en el período comprendido entre el 1° de junio y el 30 de noviembre de 2022 fue del 2,986% (dos con novecientos ochenta y seis por ciento);
CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la actualización del mencionado tributo;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Actualízase el valor del Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones creado por el artículo 21 de la Ley N° 17.707, de 10 de noviembre de 2003, el que será de $ 2.336 (pesos uruguayos dos mil trescientos treinta y seis) para el período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2023.
Comuníquese y archívese.
LACALLE POU LUIS – AZUCENA ARBELECHE
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