Resoluciones de DGI

Valores fictos del Impuesto a la Carne: precios de febrero 2025

La DGI fijó los precios fictos por kilo para carne bovina, ovina y porcina en febrero 2025. Conocé los valores vigentes para faena a façon, autoabasto y más.

Rodrigo Abaz·20 de octubre de 2026
Valores fictos del Impuesto a la Carne: precios de febrero 2025

¿Qué es el Impuesto a la Carne y por qué existen precios fictos?

En Uruguay, la comercialización de carne bovina, ovina y porcina está gravada por un impuesto específico regulado en el Título 18 del Texto Ordenado 2023. Este impuesto se liquida sobre el valor de la carne faenada, pero en determinadas situaciones la operación no tiene un precio de mercado claro o verificable entre las partes involucradas.

Para resolver esa situación, la normativa prevé que la Dirección General Impositiva (DGI), con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes (INAC), fije mensualmente precios fictos: valores de referencia por kilo que se utilizan como base imponible cuando no existe un precio de mercado transparente.

¿Cuándo se aplican estos precios fictos?

Según lo establecido en los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990 del 24 de agosto de 1990, los precios fictos aplican en los siguientes casos:

  • Faena a façon: cuando un tercero faena el ganado por cuenta y orden del propietario, sin que exista una compraventa de la carne.
  • Autoabasto: cuando el propio productor o frigorífico destina la carne a consumo propio o de su personal.
  • Planta de faena que no abastece directamente: cuando la carne no va en forma directa desde la planta faenadora a la carnicería o al establecimiento industrializador.

En todos estos escenarios, al no existir una operación de compraventa típica que fije un precio, la DGI establece un valor de referencia para garantizar que el impuesto se liquide correctamente.

Precios fictos vigentes para febrero 2025

A través de la Resolución DGI 327/025, la Directora General de Rentas, Margarita Faral, fijó los siguientes valores fictos por kilogramo para el mes de febrero de 2025:

  • Carne Bovina — destino abasto: $ 199,79 por kg
  • Carne Bovina — destino industria: $ 141,48 por kg
  • Carne Ovina: $ 171,89 por kg
  • Carne Porcina: $ 147,93 por kg

Es importante notar la diferencia entre la carne bovina destinada al abasto (carnicerías y consumo directo) y la destinada a la industria (establecimientos que la procesan): el precio ficto de abasto es significativamente mayor, reflejando los distintos valores de mercado de cada destino.

¿Por qué importa esto para tu negocio?

Si sos productor ganadero, frigorífico, carnicero o industrial cárnico y operás bajo alguna de las modalidades mencionadas, utilizar correctamente estos valores fictos es obligatorio para la liquidación del impuesto. Aplicar un valor incorrecto puede derivar en:

  • Subdeclaración del impuesto y las multas correspondientes.
  • Observaciones en auditorías de la DGI.
  • Necesidad de reliquidar períodos anteriores con recargos e intereses.

Recordá que estos precios se actualizan mes a mes, por lo que es fundamental estar al día con las resoluciones que publica la DGI.

Texto completo de la resolución

VISTO: lo dispuesto por el artículo 1° del Título 18 del Texto Ordenado 2023.

RESULTANDO: que la Dirección General Impositiva debe establecer con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes, el precio de la carne vacuna y ovina destinada al consumo y de la carne bovina y suina destinada a la industria, en los casos de faena a façon, autoabasto y cuando la planta de faena no abastezca directamente a la carnicería o a los establecimientos industrializadores, según el caso (inciso 2° de los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990 de 24 de agosto de 1990).

CONSIDERANDO: que el Instituto Nacional de Carnes ha prestado el asesoramiento correspondiente, a efectos de la fijación de los precios para el mes de febrero de 2025.

ATENTO: a lo expuesto;

LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS RESUELVE:

En los casos de faena a façon, autoabasto o cuando la planta de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador, los precios fictos por Kilo, por el mes de febrero de 2025, a efectos de la liquidación de los impuestos a que hace referencia el Visto, serán:

  • Carne Bovina destino abasto: $ 199,79
  • Carne Bovina destino industria: $ 141,48
  • Carne Ovina: $ 171,89
  • Carne Porcina: $ 147,93

Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web. Cumplido, archívese.

Margarita Faral

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