
Cada mes, la Dirección General Impositiva (DGI) —con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes (INAC)— fija los llamados precios fictos que se utilizan para liquidar el Impuesto a la Carne bovina, ovina y suina. Estos valores son de aplicación obligatoria en situaciones específicas de la cadena cárnica y resultan clave para que productores, frigoríficos y carniceros calculen correctamente sus obligaciones tributarias.
A continuación te explicamos qué son estos fictos, cuándo aplican y cuáles son los valores vigentes para noviembre de 2024.
¿Qué es el Impuesto a la Carne y por qué existen precios fictos?
El Impuesto a la Carne está regulado en el Título 18 del Texto Ordenado 1996 y grava la faena de ganado bovino, ovino y porcino destinado al consumo o a la industria. El impuesto se calcula sobre el precio de la carne, pero en ciertas situaciones ese precio no surge de una transacción de mercado clara y verificable. Para esos casos, la DGI establece un precio ficto: un valor de referencia fijo que reemplaza al precio real a efectos del cálculo tributario.
Esto garantiza uniformidad y evita la subfacturación o la manipulación de precios en operaciones donde no hay una compraventa directa.
¿Cuándo se aplican estos precios fictos?
Según lo dispuesto por el Decreto N° 381/990 de 24 de agosto de 1990 (artículos 9° y 15°), los precios fictos rigen en tres situaciones concretas:
- Faena a façon: cuando un tercero faena el ganado por cuenta y orden del dueño de los animales, sin que exista una venta de la carne entre las partes.
- Autoabasto: cuando el propio productor o frigorífico faena para consumo interno o para abastecer sus propios locales de venta.
- Planta de faena que no abastece directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador: cuando la carne pasa por intermediarios o no hay una cadena de facturación directa hasta el punto de destino final.
En todos estos casos, el precio de la transacción no refleja necesariamente el valor de mercado, por lo que se utiliza el ficto fijado por resolución de la DGI.
Valores fictos vigentes — Noviembre 2024
Mediante la Resolución DGI 2576/024, firmada por la Directora General de Rentas Margarita Faral, se establecieron los siguientes precios fictos por kilogramo para el mes de noviembre de 2024:
- Carne Bovina destino abasto: $ 180,56 / kg
- Carne Bovina destino industria: $ 126,38 / kg
- Carne Ovina: $ 164,34 / kg
- Carne Porcina: $ 140,38 / kg
Nótese que la carne bovina tiene dos fictos diferenciados según su destino: el precio para abasto (consumo directo en carnicerías) es sensiblemente superior al de industria (procesamiento en plantas industrializadoras), lo que refleja la diferencia de valor comercial entre ambos circuitos.
¿Por qué importa usar el ficto correcto?
Utilizar un precio ficto incorrecto —ya sea el de abasto en lugar del de industria, o viceversa— puede derivar en una liquidación incorrecta del impuesto, con las consecuentes multas, recargos e intereses que correspondan. Algunos puntos a tener en cuenta:
- Los fictos se actualizan mensualmente, por lo que es fundamental verificar los valores vigentes al momento de la faena.
- La distinción entre destino abasto e industria para la carne bovina no es optativa: depende del uso real que se le dará a la carne.
- Estos valores son fijados con asesoramiento técnico del INAC, que monitorea los precios del mercado cárnico nacional.
Texto completo de la resolución
Resolución DGI 2576/024
VISTO: lo dispuesto por el Título 18, artículo 1° del Texto Ordenado 1996.
RESULTANDO: que la Dirección General Impositiva debe establecer con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes, el precio de la carne vacuna y ovina destinada al consumo y de la carne bovina y suina destinada a la industria, en los casos de faena a façon, autoabasto y cuando la planta de faena no abastezca directamente a la carnicería o a los establecimientos industrializadores, según el caso (inciso 2° de los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990 de 24 de agosto de 1990).
CONSIDERANDO: que el Instituto Nacional de Carnes ha prestado el asesoramiento correspondiente, a efectos de la fijación de los precios para el mes de noviembre de 2024.
ATENTO: a lo expuesto;
LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS RESUELVE:
En los casos de faena a façon, autoabasto o cuando la planta de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador, los precios fictos por Kilo, por el mes de noviembre de 2024, a efectos de la liquidación de los impuestos a que hace referencia el Visto, serán:
- Carne Bovina destino abasto: $ 180,56
- Carne Bovina destino industria: $ 126,38
- Carne Ovina: $ 164,34
- Carne Porcina: $ 140,38
Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web. Cumplido, archívese.
Margarita Faral — Directora General de Rentas
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