Resoluciones de DGI

Valores fictos del Impuesto a la Carne para febrero 2024

La DGI fijó los precios fictos por kilo para la liquidación del Impuesto a la Carne bovina, ovina y porcina vigentes durante febrero de 2024.

Rodrigo Abaz·21 de octubre de 2026
Valores fictos del Impuesto a la Carne para febrero 2024

La Dirección General Impositiva (DGI) emitió la Resolución N° 230/024, estableciendo los precios fictos por kilogramo aplicables a la liquidación del Impuesto a la Carne bovina, ovina y porcina para el mes de febrero de 2024. Estos valores son de referencia obligatoria en determinados escenarios de faena y comercialización.

¿Qué es el Impuesto a la Carne y cuándo aplican los precios fictos?

El Impuesto a la Carne Bovina, Ovina y Suina está regulado por el Título 18 del Texto Ordenado 1996. En términos generales, grava la faena de ganado destinado tanto al consumo interno (abasto) como a la industria procesadora.

Los precios fictos entran en juego en situaciones específicas donde el precio real de la transacción no resulta directamente verificable o no existe una venta directa entre la planta de faena y el destinatario final. Concretamente, se aplican en los siguientes casos previstos por el Decreto N° 381/990:

  • Faena a façon: cuando un tercero faena animales por encargo del propietario del ganado, sin que medie una compraventa de la res.
  • Autoabasto: cuando el propio productor faena sus animales para consumo o distribución propia.
  • Planta de faena que no abastece directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador: cuando existe un eslabón intermedio en la cadena de distribución que dificulta determinar el precio de referencia.

En todos estos casos, la DGI —con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes (INAC)— fija mensualmente los precios fictos que sirven como base imponible para calcular el impuesto.

Precios fictos vigentes en febrero de 2024

A continuación se detallan los valores fijados por la Resolución DGI 230/024, expresados en pesos uruguayos por kilogramo:

  • Carne Bovina destino abasto: $ 162,63 / kg
  • Carne Bovina destino industria: $ 117,01 / kg
  • Carne Ovina: $ 121,04 / kg
  • Carne Porcina: $ 154,88 / kg

Cabe destacar que el precio ficto para la carne bovina destinada al abasto es considerablemente superior al destinado a la industria, reflejando las diferencias de mercado entre ambos destinos.

¿Por qué cambian los valores cada mes?

Los precios fictos se actualizan mensualmente porque reflejan las condiciones del mercado ganadero, que están sujetas a variaciones estacionales, de oferta y de demanda. El INAC asesora a la DGI con datos de mercado actualizados para que los valores fictos sean lo más representativos posible de la realidad económica de cada período.

Esto implica que los operadores del sector —frigoríficos, matarifes, carniceros y establecimientos industrializadores— deben estar atentos a la resolución mensual para liquidar correctamente el impuesto correspondiente.

¿A quiénes les importa esta resolución?

Esta normativa es especialmente relevante para:

  • Matarifes abastecedores y carnicerías que operan bajo la modalidad de faena a façon.
  • Productores ganaderos que realizan autoabasto.
  • Plantas de faena cuya distribución no llega directamente al punto de venta o industrialización.
  • Establecimientos industrializadores de carne bovina, ovina o porcina.
  • Contadores y asesores tributarios del sector agropecuario y frigorífico.

Texto completo de la resolución

VISTO: lo dispuesto por el Título 18, artículo 1° del Texto Ordenado 1996.

RESULTANDO: que la Dirección General Impositiva debe establecer con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes, el precio de la carne vacuna y ovina destinada al consumo y de la carne bovina y suina destinada a la industria, en los casos de faena a façon, autoabasto y cuando la planta de faena no abastezca directamente a la carnicería o a los establecimientos industrializadores, según el caso (inciso 2° de los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990 de 24 de agosto de 1990).

CONSIDERANDO: que el Instituto Nacional de Carnes ha prestado el asesoramiento correspondiente, a efectos de la fijación de los precios para el mes de febrero de 2024.

ATENTO: a lo expuesto;

LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS RESUELVE:

En los casos de faena a façon, autoabasto o cuando la planta de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador, los precios fictos por Kilo, por el mes de febrero de 2024, a efectos de la liquidación de los impuestos a que hace referencia el Visto, serán:

  • Carne Bovina destino abasto: $ 162,63
  • Carne Bovina destino industria: $ 117,01
  • Carne Ovina: $ 121,04
  • Carne Porcina: $ 154,88

Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web. Cumplido, archívese.

Margarita Faral

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