Resoluciones de DGI

Series alfanuméricas en comprobantes fiscales electrónicos (CFE)

La DGI amplió la numeración permitida en los CFE incorporando series alfanuméricas de dos posiciones. Conocé cómo impacta en tu facturación electrónica.

Rodrigo Abaz·23 de octubre de 2026
Series alfanuméricas en comprobantes fiscales electrónicos (CFE)

La Resolución DGI N° 1585/020 introdujo una modificación puntual pero relevante al régimen de documentación mediante Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE): la habilitación de series alfanuméricas de dos posiciones una vez agotadas todas las series alfabéticas disponibles.

Si tu empresa o emprendimiento emite facturas electrónicas de forma intensiva, esta actualización te interesa. A continuación te explicamos qué cambia, por qué importa y cómo funciona en la práctica.

¿Qué es la numeración de los CFE y por qué existe?

Cada comprobante fiscal electrónico emitido en Uruguay lleva una numeración compuesta por una serie y un número correlativo. Esta estructura está regulada desde la Resolución DGI N° 798/2012, que estableció las características que debe cumplir dicha numeración para garantizar la trazabilidad y el control fiscal de los documentos emitidos.

Históricamente, las series utilizadas eran alfabéticas (por ejemplo: A, B, C… hasta Z, AA, AB, etc.). Sin embargo, el crecimiento del volumen de emisión de CFE por parte de los contribuyentes —especialmente en empresas con alta rotación de comprobantes— fue generando la necesidad de ampliar el rango disponible.

¿Qué cambia con la Resolución 1585/020?

La DGI agregó un nuevo inciso al numeral 10° de la Resolución 798/2012, que establece lo siguiente:

"Una vez agotadas todas las series alfabéticas, se utilizarán series alfanuméricas de dos posiciones, comenzando en la serie 1A y con las mismas características establecidas en el inciso anterior."

En términos simples: cuando se terminen todas las combinaciones puramente alfabéticas de dos posiciones, el sistema pasa a usar series que combinan números y letras, arrancando en 1A y siguiendo la misma lógica de continuidad.

¿A quiénes afecta este cambio?

En la práctica, este cambio impacta principalmente a:

  • Grandes empresas con volúmenes muy elevados de comprobantes electrónicos emitidos.
  • Operadores de plataformas o intermediarios que consolidan emisiones de múltiples contribuyentes.
  • Proveedores de software de facturación electrónica, que deben adaptar sus sistemas para contemplar el nuevo formato alfanumérico.
  • Cualquier contribuyente CFE que, eventualmente, agote sus series alfabéticas disponibles.

Para la mayoría de los pequeños y medianos emprendedores, este cambio no tendrá impacto inmediato, ya que las series alfabéticas disponibles son suficientes para su volumen de operaciones.

¿Cómo funciona la secuencia de series?

Para entender la lógica de progresión, podés pensarla así:

  • Primero se utilizan series de una posición: A, B, C… Z.
  • Luego, series alfabéticas de dos posiciones: AA, AB, AC… ZZ.
  • Una vez agotadas todas las anteriores, se pasa a series alfanuméricas de dos posiciones: 1A, 1B, 1C… y así sucesivamente, con las mismas reglas de formato.

Esta ampliación asegura que el sistema de numeración pueda seguir funcionando sin interrupciones, sin importar la escala de emisión del contribuyente.

¿Necesito hacer algo como contribuyente?

En general, no se requiere ninguna acción inmediata de parte del contribuyente promedio. Sin embargo, hay algunos puntos a tener en cuenta:

  • Si usás un software de facturación electrónica, verificá que esté actualizado y contemple el formato alfanumérico para las series.
  • Si desarrollás o administrás un sistema propio de emisión de CFE, deberás asegurarte de que la lógica de generación de series sea compatible con el nuevo formato.
  • Ante cualquier duda sobre la configuración de tu sistema, consultá con tu proveedor tecnológico o asesor contable.

Texto completo de la resolución

Resolución DGI N° 1585/020

VISTO: el numeral 10°) de la Resolución N° 798/2012 de 8 de mayo de 2012.

RESULTANDO: que la norma citada establece las características que debe cumplir la numeración de los comprobantes fiscales electrónicos.

CONSIDERANDO: conveniente efectuar algunas adecuaciones a efectos de incrementar la numeración a utilizar en los comprobantes fiscales electrónicos a emitir por parte de los contribuyentes.

ATENTO: a lo expuesto;

LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:

Agrégase al numeral 10° de la Resolución N° 798/2012 de 8 de mayo de 2012, el siguiente inciso:

"Una vez agotadas todas las series alfabéticas, se utilizarán series alfanuméricas de dos posiciones, comenzando en la serie 1A y con las mismas características establecidas en el inciso anterior."

Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web. Cumplido, archívese.

Margarita Faral
Directora General de Rentas

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