Consultas Tributarias

Renuncia al derecho de uso y habitación en herencias: ¿pagás IRPF?

¿Qué pasa cuando el cónyuge supérstite renuncia al derecho real de uso y habitación al partir una herencia? Analizamos el tratamiento en IRPF e ITP según la DGI.

Rodrigo Abaz·31 de julio de 2026·8