Resoluciones de DGI

Prórroga del régimen de CFE para taxis y transporte colectivo

La DGI extendió el régimen transitorio de comprobantes fiscales electrónicos para empresas de transporte terrestre colectivo y taxímetros más allá del 31/12/2025.

Rodrigo Abaz·20 de octubre de 2026
Prórroga del régimen de CFE para taxis y transporte colectivo

La Dirección General de Impositiva (DGI) emitió la Resolución N° 2298/025, mediante la cual prorroga el régimen opcional transitorio de documentación de operaciones establecido originalmente por la Resolución N° 3001/2024 para los servicios de transporte terrestre colectivo de pasajeros y de transporte en la modalidad de taxímetro.

¿Qué es el régimen que se prorroga?

La Resolución N° 3001/2024, dictada el 19 de diciembre de 2024, había creado un régimen opcional y transitorio para que las empresas del sector del transporte terrestre colectivo de pasajeros y los taxímetros pudieran documentar sus operaciones bajo condiciones especiales, en el marco de la adopción de los Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE).

Dicho régimen estaba vigente hasta el 31 de diciembre de 2025. Sin embargo, dada la particular operativa de estos servicios —reconocida expresamente por la DGI—, se consideró necesario extender ese plazo.

¿Por qué se prorroga?

La DGI fundamenta la prórroga en la especificidad operativa del sector. El transporte de pasajeros en taxímetro y en modalidad colectiva presenta características propias que lo diferencian de otros rubros comerciales:

  • Gran cantidad de transacciones de bajo monto y alta frecuencia.
  • Operativa en vía pública con múltiples prestadores individuales o pequeñas empresas.
  • Necesidad de adaptar los sistemas tecnológicos a bordo de los vehículos para la emisión de CFE.
  • Heterogeneidad de los actores del sector, que requiere más tiempo para la implementación plena.

Estos factores justifican que la DGI otorgue un plazo adicional antes de exigir la adopción completa del sistema de facturación electrónica.

¿A quiénes afecta esta resolución?

La medida aplica directamente a:

  • Empresas de transporte terrestre colectivo de pasajeros (ómnibus urbanos, suburbanos e interdepartamentales, entre otros).
  • Prestadores de servicios de taxímetro, tanto personas físicas como jurídicas que operen bajo esa modalidad.

Si sos propietario de un taxi o trabajás en una empresa de transporte colectivo, esta prórroga te da más tiempo para adecuar tus sistemas de documentación de operaciones a los requisitos electrónicos de la DGI.

Implicancias prácticas para el sector

Aunque la resolución no especifica la nueva fecha límite en el texto publicado —dado que la redacción exacta del numeral 1 de la Resolución 3001/2024 fue sustituida por este acto—, lo relevante es que:

  • El régimen sigue siendo opcional y transitorio: no hay obligación inmediata de emitir CFE bajo las nuevas reglas.
  • Las empresas y taximetristas que ya venían aplicando el régimen anterior pueden continuar haciéndolo sin interrupción.
  • Se gana tiempo para capacitarse, adquirir equipamiento y adaptar los procesos internos de facturación.
  • Es recomendable mantenerse atento a futuras comunicaciones de la DGI que confirmen la nueva fecha de vencimiento del régimen prorrogado.

¿Qué son los CFE y por qué importan?

Los Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) son el sistema de facturación electrónica obligatorio en Uruguay, que reemplaza progresivamente a los comprobantes en papel. Incluyen facturas, tickets, remitos y otros documentos comerciales emitidos digitalmente y comunicados en tiempo real a la DGI.

Su adopción es parte de un proceso de modernización tributaria que busca mayor trazabilidad de las operaciones económicas y reducción de la evasión fiscal. Para sectores con operativa compleja —como el transporte—, la DGI ha habilitado plazos y regímenes especiales para facilitar la transición.

¿Qué hacer si sos taximetrista o empresa de transporte?

  • Verificá con tu contador o asesor la fecha exacta hasta la que aplica el régimen prorrogado.
  • Consultá con tu proveedor de software o hardware si tu dispositivo de registro de viajes ya es compatible con la emisión de CFE.
  • Aprovechá el plazo adicional para capacitar al personal administrativo en el nuevo sistema.
  • Seguí los comunicados oficiales de la DGI en www.dgi.gub.uy para no perderte actualizaciones.

Texto completo de la resolución

Resolución DGI N° 2298/025
Sección: Último Momento

VISTO: la Resolución N° 3001/2024 de 19 de diciembre de 2024.

RESULTANDO: que la norma mencionada estableció un régimen opcional transitorio de documentación de operaciones para las empresas que prestan servicios de transporte terrestre colectivo de pasajeros y de transporte terrestre de pasajeros en la modalidad de taxímetro, hasta el 31 de diciembre de 2025.

CONSIDERANDO: necesario extender el plazo referido en virtud de la particular operativa de los servicios referidos.

ATENTO: lo expuesto;

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:

(*)

(*) Notas: Este numeral dio nueva redacción a: Resolución DGI Nº 3.001/024 de 19/12/2024 numeral 1.

Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web.
Cumplido, archívese.

Gustavo González Amilivia
Director General de Rentas

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