Resoluciones de DGI

Precios fictos de carne vacuna, ovina y porcina – setiembre 2024

La DGI fijó los precios fictos por kilo de carne bovina, ovina y porcina para setiembre 2024, aplicables en faena a façón, autoabasto y casos sin abastecimiento directo.

Rodrigo Abaz·20 de octubre de 2026
Precios fictos de carne vacuna, ovina y porcina – setiembre 2024

Cada mes, la Dirección General Impositiva (DGI) publica los precios fictos de la carne que se utilizan como base para la liquidación de impuestos en determinadas situaciones del sector frigorífico y carnicero. La Resolución N° 1.929/2024 establece estos valores para el mes de setiembre de 2024.

¿Qué son los precios fictos de la carne?

Los precios fictos son valores de referencia fijados por la DGI —con asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes (INAC)— que se utilizan para calcular los impuestos correspondientes cuando no existe un precio de mercado directamente verificable entre las partes. Estos fictos se aplican en situaciones específicas donde la trazabilidad del precio real puede ser difícil de determinar.

Su base legal se encuentra en el Título 18, artículo 1° del Texto Ordenado 2023 y en los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990 del 24 de agosto de 1990.

¿Cuándo se aplican estos precios fictos?

Los precios fictos fijados en esta resolución se utilizan exclusivamente en tres situaciones:

  • Faena a façón: cuando un tercero realiza la faena por cuenta del propietario del ganado, sin que haya una compraventa de la carne resultante.
  • Autoabasto: cuando el propio productor o frigorífico faena para consumo propio o abastecimiento directo de su red comercial.
  • Cuando la planta de faena no abastece directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador: situaciones en las que la cadena de distribución tiene intermediación no directa.

En cualquiera de estos casos, el precio de la carne para la liquidación impositiva no se toma del precio pactado entre las partes, sino del ficto que fija la DGI para ese mes.

Precios fictos vigentes para setiembre 2024

A continuación se detallan los valores por kilo establecidos por la Resolución N° 1.929/2024:

  • Carne Bovina destino abasto: $178,24 por kilo
  • Carne Bovina destino industria: $125,27 por kilo
  • Carne Ovina: $156,19 por kilo
  • Carne Porcina: $133,63 por kilo

Estos valores son exclusivos para el mes de setiembre de 2024 y no aplican a períodos anteriores ni posteriores, ya que la DGI los actualiza mensualmente según la información proporcionada por el INAC.

¿Por qué importa usar el precio ficto correcto?

Utilizar un precio diferente al ficto oficial en las situaciones previstas por la norma puede generar errores en la liquidación de impuestos, lo que expone al contribuyente a:

  • Diferencias tributarias a favor del fisco con los correspondientes recargos e intereses.
  • Observaciones en auditorías o controles de la DGI.
  • Eventual configuración de infracción tributaria.

Por eso, es fundamental que los frigoríficos, matarifes, carnicerías y establecimientos industrializadores que operen bajo alguna de las modalidades mencionadas verifiquen mensualmente cuáles son los precios fictos vigentes.

Rol del INAC en la fijación de precios

El Instituto Nacional de Carnes (INAC) es el organismo técnico que asesora a la DGI en la determinación de estos valores. Su participación garantiza que los precios fictos reflejen, de manera razonable, las condiciones del mercado de carnes en cada período, otorgando mayor legitimidad y objetividad al mecanismo.

Texto completo de la consulta

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

Resolución N° 1.929/2024
Montevideo, 28 de agosto de 2024

VISTO: lo dispuesto por el Título 18, artículo 1° del Texto Ordenado 2023.

RESULTANDO: que la Dirección General Impositiva debe establecer con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes, el precio de la carne vacuna y ovina destinada al consumo y de la carne bovina y suina destinada a la industria, en los casos de faena a façon, autoabasto y cuando la planta de faena no abastezca directamente a la carnicería o a los establecimientos industrializadores, según el caso (inciso 2° de los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990 de 24 de agosto de 1990).

CONSIDERANDO: que el Instituto Nacional de Carnes ha prestado el asesoramiento correspondiente, a efectos de la fijación de los precios para el mes de setiembre de 2024.

ATENTO: a lo expuesto;

LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS RESUELVE:

En los casos de faena a façon, autoabasto o cuando la planta de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador, los precios fictos por Kilo, por el mes de setiembre de 2024, a efectos de la liquidación de los impuestos a que hace referencia el Visto, serán:

  • Carne Bovina destino abasto: $178,24
  • Carne Bovina destino industria: $125,27
  • Carne Ovina: $156,19
  • Carne Porcina: $133,63

Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web. Cumplido, archívese.

La Directora General de Rentas, Cra. Margarita Faral.

¿Necesitás ayuda con este tema?

En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.

Artículos relacionados