Resoluciones de DGI

Precios fictos de carne vacuna, ovina y porcina para agosto 2023

La DGI fijó los precios fictos por kilo de carne bovina, ovina y porcina para agosto de 2023 en casos de faena a façon, autoabasto y venta indirecta.

Rodrigo Abaz·21 de octubre de 2026
Precios fictos de carne vacuna, ovina y porcina para agosto 2023

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Cada mes, la Dirección General Impositiva (DGI) establece los precios fictos de la carne que se utilizan como base de liquidación de impuestos en determinadas situaciones del sector cárnico. Esta práctica surge de la necesidad de contar con valores de referencia objetivos cuando no existe una transacción directa entre la planta de faena y el punto de venta o industrialización.

La Resolución DGI N° 1.447/2023 fija los precios fictos correspondientes al mes de agosto de 2023, con asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes (INAC).

¿Qué son los precios fictos y cuándo se aplican?

Los precios fictos son valores predeterminados por la autoridad tributaria que se utilizan como base imponible cuando no es posible determinar el precio real de una operación, o cuando la normativa así lo establece. En el sector cárnico uruguayo, estos precios se aplican en tres situaciones específicas:

  • Faena a façon: cuando un frigorífico o matadero faena animales por cuenta y orden de un tercero (el dueño del animal), cobrando únicamente el servicio de faena. En este caso, no hay una venta real de carne, por lo que se requiere un precio de referencia para liquidar impuestos.
  • Autoabasto: cuando el propio productor o titular faena sus animales para consumo o venta directa, sin pasar por un circuito comercial formal.
  • Cuando la planta de faena no abastece directamente a la carnicería o establecimiento industrializador: situaciones en que el circuito de distribución involucra intermediarios y no hay un precio de venta directa documentado hacia el destino final.

La base legal de esta práctica se encuentra en el Título 18, artículo 1° del Texto Ordenado 1996 y en los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990 del 24 de agosto de 1990.

Precios fictos vigentes para agosto de 2023

Los valores fijados por la DGI, con asesoramiento del INAC, para el mes de agosto de 2023 son los siguientes:

  • Carne Bovina destino abasto: $167,36 por kilo
  • Carne Bovina destino industria: $127,79 por kilo
  • Carne Ovina: $142,19 por kilo
  • Carne Porcina: $137,05 por kilo

Es importante notar que la carne bovina presenta dos precios diferenciados según su destino: el precio para abasto (consumo final en carnicerías) es considerablemente superior al precio para industria (procesamiento industrial), lo que refleja las diferencias en la cadena de valor y el uso final del producto.

¿Por qué importa esto para los operadores del sector?

Para carnicerías, frigoríficos, mataderos rurales y cualquier agente del sector cárnico que opere bajo alguna de las modalidades mencionadas, estos precios fictos son la base sobre la que se liquidan impuestos como el IVA e IMEBA, según corresponda al tipo de contribuyente y operación.

Utilizar valores distintos a los fijados por la DGI en estas situaciones puede generar diferencias en la liquidación impositiva susceptibles de observación en una auditoría o inspección. Por eso, es fundamental actualizar mensualmente los registros con los precios fictos vigentes.

Los precios fictos son fijados mensualmente por la DGI con asesoramiento del INAC. Verificar los valores correspondientes a cada mes es una obligación práctica para los responsables de la liquidación impositiva en el sector cárnico.

¿Con qué frecuencia se actualizan estos precios?

Los precios fictos se fijan mensualmente, generalmente mediante una resolución publicada días antes del inicio del mes al que aplican. En este caso, la resolución fue dictada el 27 de julio de 2023 para regir durante agosto de 2023. Esto implica que quienes operen bajo estas modalidades deben estar atentos a cada nueva resolución para no liquidar impuestos con valores desactualizados.

La publicación se realiza en el Diario Oficial y en la página web de la DGI, siendo ambas fuentes igualmente válidas como respaldo documental.

Texto completo de la resolución

PODER EJECUTIVO — MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS — DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

Resolución N° 1.447/2023
Montevideo, 27 de julio de 2023

VISTO: lo dispuesto por el Título 18, artículo 1° del Texto Ordenado 1996.

RESULTANDO: que la Dirección General Impositiva debe establecer con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes, el precio de la carne vacuna y ovina destinada al consumo y de la carne bovina y suina destinada a la industria, en los casos de faena a façon, autoabasto y cuando la planta de faena no abastezca directamente a la carnicería o a los establecimientos industrializadores, según el caso (inciso 2° de los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990 de 24 de agosto de 1990).

CONSIDERANDO: que el Instituto Nacional de Carnes ha prestado el asesoramiento correspondiente, a efectos de la fijación de los precios para el mes de agosto de 2023.

ATENTO: a lo expuesto;

LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS RESUELVE:

En los casos de faena a façon, autoabasto o cuando la planta de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador, los precios fictos por Kilo, por el mes de agosto de 2023, a efectos de la liquidación de los impuestos a que hace referencia el Visto, serán:

  • Carne Bovina destino abasto: $167,36
  • Carne Bovina destino industria: $127,79
  • Carne Ovina: $142,19
  • Carne Porcina: $137,05

Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web. Cumplido, archívese.

La Directora General de Rentas, Cra. Margarita Faral.

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