
IVA en servicios de feedlot: exoneración confirmada por DGI
La DGI confirma que los servicios de engorde de ganado a corral (feedlot) están exonerados de IVA por asimilarse a contratos de pastoreo según decreto 220/998.
Impuestos relacionados
¿Qué es el servicio de feedlot?
El feedlot es un sistema de engorde intensivo de ganado donde los animales son alimentados en corrales con raciones balanceadas. En Uruguay, muchas empresas brindan este servicio a terceros, encargándose del cuidado, alimentación y manejo del ganado que permanece en sus instalaciones.
Este servicio puede incluir:
- Provisión de instalaciones y corrales especializados
- Suministro y administración de la alimentación
- Cuidados veterinarios y sanitarios
- Limpieza y mantenimiento de las instalaciones
- Supervisión técnica del proceso de engorde
La posición inicial: ¿gravado o exonerado?
Inicialmente, la empresa consultante consideraba que el servicio de feedlot debía estar gravado con IVA al 22%, argumentando que no constituía un servicio de pastoreo tradicional ni actividades análogas que gozaran de exoneración.
Sin embargo, la DGI analizó la situación desde la perspectiva de la realidad económica de la operación, más allá de la forma específica de contratación o denominación del servicio.
El criterio de la DGI: similitud con el pastoreo
La Dirección General de Rentas estableció que el servicio de feedlot es similar a un contrato de pastoreo, basándose en precedentes como la Consulta N° 3.871 sobre servicios avícolas.
Los elementos clave que llevaron a esta conclusión fueron:
- Servicio complejo e indivisible: Comprende cuidado, alimentación y manejo integral del ganado
- Utilización de recursos diversos: No solo el predio, sino también personal, insumos y administración
- Responsabilidad integral: La empresa se encarga de todas las tareas necesarias para el engorde
- Precio previamente pactado: Independiente del resultado económico final
Marco normativo aplicable
La exoneración de IVA se fundamenta en el artículo 58° del Decreto N° 220/998 (modificado por Decreto N° 496/007), que establece la exoneración para:
Contratos de pastoreo, aparcerías, medianerías, capitalizaciones, campos de recría y actividades análogas
Es precisamente en esta categoría de "actividades análogas" donde la DGI encuadra el servicio de feedlot.
Aspectos prácticos para empresas
Si tu empresa brinda servicios de feedlot, es importante tener en cuenta:
Documentación recomendada
- Contratos claros que especifiquen las obligaciones de cada parte
- Registros detallados de los servicios prestados
- Control de inventarios de ganado recibido y entregado
- Documentación de gastos en alimentación e insumos
Facturación
Las facturas por servicios de feedlot deben:
- Aplicar la exoneración de IVA correspondiente
- Detallar claramente el servicio prestado
- Hacer referencia al marco normativo aplicable
Diferencias con otros servicios agropecuarios
Es importante no confundir el feedlot con otros servicios que pueden tener tratamiento fiscal diferente:
- Pastoreo tradicional: También exonerado, pero en campo abierto
- Servicios de transporte de ganado: Gravados con IVA
- Venta de alimentos balanceados: Tratamiento específico según el tipo de producto
- Servicios veterinarios: Gravados con IVA
Texto completo de la consulta
CONSULTA N° 5.394
SERVICIO DE ENGORDE DE GANADO A CORRAL "FEEDLOT" - IVA - EXONERACIÓN, CORRESPONDE.
Se consulta sobre el tratamiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en el servicio de engorde de ganado a corral, conocido como "feedlot", realizado por una sociedad anónima con giro agropecuario. Dicho servicio consiste en el cuidado y alimentación de ganado de terceros en un corral propiedad de la sociedad, siendo la alimentación proporcionada por el propietario del ganado. Se agrega además que la consultante se encarga de limpiar las "camas" y brindar todos los cuidados necesarios al ganado, manifestando que se asemeja a un "servicio de hotelería". Por dicho servicio se cobra en forma diaria, semanal o mensual dependiendo de cada caso.
Adelanta opinión de que al no constituir un servicio de pastoreo, ni aparcería, ni actividades análogas, no corresponde la exoneración de IVA, estando gravado a la tasa del 22%.
No se comparte el criterio adelantado por el consultante.
La situación planteada resulta similar a la tratada en la Consulta N° 3.871 (Bol. 315), la cual se transcribe parcialmente a continuación:
"Una avícola entrega pollos "bebés" a determinadas empresas a las que les proporciona la ración, el asesoramiento técnico, así como la leña necesaria. El productor aporta la mano de obra, la luz, los insumos de sanidad necesarios y el predio, que debe constar de galpones diseñados especialmente para la actividad mencionada.
Cuando los pollos adquieren el peso requerido por la avícola son entregados a la misma, recibiendo a cambio un monto pactado de acuerdo a los kilogramos ganados y a la menor ración consumida.
[...]La consultante adelanta opinión considerando que, con respecto al Impuesto al Valor Agregado, corresponde el mismo tratamiento fiscal que el establecido en la Consulta N° 3.799 (Bol.315) para los ingresos por concepto de pastoreo.
Se comparte la opinión de la consultante."
Si bien en el caso objeto de consulta el servicio "se cobra en forma diaria, semanal o mensual", y no de acuerdo a los kilogramos ganados y a la menor ración consumida como en el caso de la Consulta N° 3.871, esto no altera el hecho de que el contrato de referencia se asimile al de un pastoreo.
En efecto, la Consulta N° 3.799 (Bol. 302) establece:
"b) Convenio de pastoreo propiamente dicho.- El análisis de la realidad económica permite distinguirlo claramente de la situación anterior y concluir que los ingresos provenientes de estos contratos corresponden a la contraprestación por un servicio complejo e indivisible prestado por el tomador (titular del establecimiento) que comprende, como lo manifiesta el consultante, el cuidado, la cría y la alimentación del ganado recibido a pastoreo. En la prestación del servicio el tomador deberá además proporcionar al ganado recibido el alimento y el agua necesarios sin que puedan ser separados de las tareas inherentes a la atención del mismo.
En la prestación del servicio el tomador debe cumplir diversas tareas utilizando recursos que no están integrados únicamente por el predio rural, sino que además debe utilizar personal, adquirir insumos y administrar dichos recursos para la mejor prestación del servicio al titular del ganado.
Por el servicio prestado, el tomador del pastoreo recibe un precio previamente pactado con independencia del resultado económico (que pertenece al dador) que resulte de la cría de los animales."
Si bien en el caso en consulta la alimentación es proporcionada por el propietario del ganado, es la sociedad anónima que realiza el feedlot la encargada de suministrar y administrar la misma al ganado, de forma de lograr el servicio de engorde.
Por lo tanto, siendo el contrato planteado similar a un contrato de pastoreo, resulta de aplicación la exoneración de IVA para los contratos de pastoreo, aparcerías, medianerías, capitalizaciones, campos de recría y actividades análogas establecidas por el artículo 58° del Decreto N° 220/998 de 12.08.998, con la redacción dada por el artículo 12° del Decreto N° 496/007 de 17.12.007.
03.01.011 - El Director General de Rentas.
Boletín N° 452
¿Necesitás ayuda con este tema?
En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.
Artículos relacionados
19 may. 2026
Devolución de IVA en fabricación de maquinaria agrícola
Conocé los requisitos y procedimientos para solicitar la devolución de IVA en costos de fabricación de maquinaria agrícola según la normativa uruguaya vigente.
19 may. 2026
Indemnización por despido parcial: ¿está gravada por IRPF?
La DGI aclara que lo que se denomina "despido parcial" no es un despido real sino una novación del contrato de trabajo, por lo que las compensaciones están gravadas por IRPF.
19 may. 2026
Enajenación de acciones SAFI: exoneración de IRNR para no residentes
Las personas jurídicas no residentes están exoneradas del IRNR al vender acciones al portador de SAFI, ya que estas son contribuyentes del IRAE según criterio de DGI.
