Deducibilidad de gastos de mantenimiento en astilleros: criterios IRAE
Consultas Tributarias
Rodrigo Abaz·06 de mayo de 2026

Deducibilidad de gastos de mantenimiento en astilleros: criterios IRAE

La DGI define criterios claros para distinguir entre gastos deducibles e inversiones activables en operaciones de mantenimiento, dragado y reparación de astilleros.

Impuestos relacionados

IRAE

Criterio general para gastos de mantenimiento vs. inversiones

La actividad de astilleros requiere trabajos continuos de mantenimiento y reparación que plantean dudas sobre su tratamiento fiscal. La DGI estableció criterios claros para distinguir cuándo una erogación constituye un gasto deducible versus una inversión activable.

Gastos deducibles: Erogaciones de mantenimiento rutinario o reparación de averías que permiten al bien operar durante el período originalmente previsto, sin extender su vida útil ni mejorar sus prestaciones.

Inversiones activables: Erogaciones que implican incorporación de nuevos equipos, instalaciones o mejoras que aumentan la vida útil o las prestaciones originales del bien.

Tratamiento específico de operaciones de dragado

Dragado de mantenimiento

Los costos de dragado regular de la fosa (tripulación y combustible) se consideran gasto del ejercicio cuando su objetivo es mantener las condiciones originales de profundidad.

Dragado de mejora

Cuando el dragado aumenta la profundidad de la fosa mejorando la productividad (permite operar con barcos de mayor calado), esa porción del costo se activa como inversión. El resto correspondiente al mantenimiento se considera gasto.

Mantenimiento de equipamiento especializado

Draga y embarcaciones

  • Mantenimiento habitual y pequeñas reparaciones: Gasto del ejercicio
  • Reformas o mejoras que amplían capacidad: Se activan como inversión

Estructura del dique

Los cambios de chapas del casco presentan tratamiento diferenciado:

  • Cambios por seguridad y habilitaciones: Se activan (requeridos por Prefectura)
  • Cambios de mantenimiento rutinario: Gasto del ejercicio (no incrementan capacidad ni vida útil)

Sistemas operativos del astillero

Sistema de inundación y achique

Los componentes de este sistema crítico (bombas, válvulas, cañerías) requieren mantenimiento constante:

Bombas: Mantenimiento de ejes, impeladores, camisas de desgaste, bujes y acoples se considera gasto del ejercicio.

Válvulas: Mantenimiento programado y correctivo, incluso reemplazo, se trata como gasto cuando mantiene funcionalidad original.

Cañerías: Reparaciones por corrosión que aseguran operación normal son gastos del ejercicio.

Herramientas y equipos menores

Para herramientas de mano, equipos de soldadura y similares, el criterio es consistente:

  • Reparaciones menores: Gasto del ejercicio
  • Reconstrucción completa de equipos: Se activa la erogación

Implicancias contables y fiscales

Este criterio de la DGI permite a los astilleros:

  • Deducir inmediatamente los gastos de mantenimiento rutinario
  • Amortizar en el tiempo las inversiones que mejoran capacidad o extienden vida útil
  • Aplicar tratamiento fiscal adecuado según la naturaleza real de cada erogación

Es fundamental documentar adecuadamente cada erogación, especificando si constituye mantenimiento, reparación o mejora para aplicar el tratamiento fiscal correcto.

Texto completo de la consulta

CONSULTA N° 5.936

ACTIVIDAD DE ASTILLERO - DEDUCIBILIDAD DE GASTOS - IRAE - EROGACIONES POR GASTOS DE DRAGADO, MANTENIMIENTO Y DEL DIQUE - ACTIVO O GASTO, CONSIDERACIONES.

Una empresa que se dedica a las reparaciones navales y construcción de buques, se presenta al amparo del artículo 71 del Código Tributario, a los efectos de confirmar el tratamiento que corresponde otorgarle a determinadas erogaciones realizadas con el fin de mantener y reparar los bienes de uso de la empresa, así como el criterio aplicado para amortizar un dique asiento de su actividad.

La consultante manifiesta que la actividad del astillero exige que continuamente se realicen trabajos de mantenimiento y reparación, los cuales son considerados como una inversión cuando se trata de erogaciones que implican la incorporación de nuevos equipos e instalaciones, o mejoras de los existentes al aumentar su vida útil o las prestaciones originalmente previstas para el bien. En cambio, cuando se trata de erogaciones que implican mantenimiento rutinario o reparación de averías accidentales que le permiten al bien operar durante el período originalmente previsto, las referidas erogaciones son consideradas gastos en el ejercicio en que se incurren.

La consultante agrega los criterios aplicados para determinadas erogaciones vinculadas al dragado de la fosa, al dique asiento de la actividad, y a ciertas obras internas. Finalmente plantea el criterio seguido para amortizar la inversión realizada en un nuevo dique flotante.

I. Trabajos internos referentes al dragado de la fosa:

i. Dragado de mantenimiento: el costo del dragado de la fosa (tripulación y combustible consumido) se consideró gasto del ejercicio debido a que implicaba mantener las condiciones originales de la fosa. En determinado ejercicio, debido a un aterramiento extraordinario, fue necesario realizar la limpieza de la fosa retirando el dique y se realizó un dragado que aumentó la profundidad de la fosa. En esta actividad la empresa activó la parte del costo del dragado por profundizar la fosa debido a que mejoró la productividad permitiendo operar con barcos de mayor calado. El resto se consideró gasto del ejercicio.

ii. Mantenimiento del equipo (draga): consiste en mantener operativo el equipo propio con el que se realiza el dragado. La draga requiere de un mantenimiento habitual y de pequeñas reparaciones. Al igual que se hace con otras embarcaciones, la draga se sube al dique para realizar tareas de mantenimiento que requiere que esté seca, o también se le realizan reformas o mejoras.

Los mantenimientos se consideraron gastos, mientras que las reformas o mejoras que amplían la capacidad de la draga se activan.

II. Trabajos internos referentes al dique:

i. Estructura del dique (cambios de chapa): el casco del dique está compuesto por una superficie envolvente de chapas de acero sostenidas por una estructura interna, también de acero. El acero se corroe y es necesario gradualmente reemplazarlo.

Los cambios de chapas realizados por razones de seguridad, para mantener las habilitaciones de la Prefectura Nacional Naval, fueron activados. Los restantes fueron considerados mantenimientos que pasan a resultados como gasto ya que no significan un incremento en la capacidad del dique ni un aumento de su vida útil.

ii. Mantenimiento de bombas: El sistema de inundación y achique es el que permite sumergir y emerger el dique, de acuerdo a las necesidades de utilización. Este sistema incluye bombas y motores eléctricos de accionamiento, cañerías y válvulas.

Con respecto a las bombas, el uso como cualquier equipo deteriora sus componentes. Entre los componentes que requiere de un mayor mantenimiento se encuentran los ejes, impeledores, camisas de desgaste, bujes de bronce intermedios, acoples de tramos de eje.

La empresa consideró dichas erogaciones como gasto del ejercicio, en virtud de que se trata de reparaciones que tienen como único objetivo que el bien funciones de la manera más próxima a la originalmente esperada.

iii. Mantenimiento de válvulas: las válvulas que integran el sistema de inundación y achique sufren desgastes, obstrucciones, corrosión etc. En las mismas se realizan tareas de mantenimiento programado y tareas de mantenimiento correctivo que puede incluso llegar al remplazo de la válvula.

En este caso el criterio utilizado por la empresa, y el que se plantea para el futuro, es el de considerarla gasto del ejercicio en que se incurren en tanto se tratan de tareas de mantenimiento de las válvulas preexistentes.

iv. Mantenimiento de cañerías: las cañerías que integran el sistema de inundación y achique sufren la corrosión y deben ser reparadas. Estas tareas de mantenimiento no repercuten en una mejora en la productividad o vida útil, sino que aseguran que el dique opere de la forma más próxima posible a lo que originalmente se esperaba. Por tanto se consideran gasto en el ejercicio en que se incurren.

III. Otras obras internas:

i. Reparaciones en depósito fiscal: La empresa consideró gastos a los costos incurridos por el salario del sereno, servicios de vigilancia, servicios sanitarios, eléctricos, y de limpieza del terreno.

ii. Mantenimiento de herramientas: En este caso se trata de reparaciones menores sobre herramientas pequeñas, como martillos, destornilladores, es decir básicamente herramientas de mano. En este caso fueran consideradas gastos en el ejercicio en que se incurrieron.

iii. Mantenimiento de equipo de soldar: Se incluyen los gastos asociados a la reparación de estos equipos ya sea con personal propio o servicios subcontratados, materiales y repuestos. En la medida que estas reparaciones no prolongan la vida útil de los equipos ni mejoran su rendimiento, fueron considerados gastos del ejercicio en que se incurren. Cuando se procede a reconstruir una máquina de soldar, se activa la erogación correspondiente.

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