Resoluciones de DGI

Valores fictos del Impuesto a la Carne para febrero 2023

La DGI fijó los precios fictos por kilo para la liquidación del Impuesto a la Carne bovina, ovina y porcina correspondientes a febrero de 2023.

Rodrigo Abaz·21 de octubre de 2026·1
Valores fictos del Impuesto a la Carne para febrero 2023

La Dirección General Impositiva (DGI), a través de la Resolución 264/023, estableció los precios fictos por kilogramo aplicables a la liquidación del Impuesto a la Carne bovina, ovina y suina para el mes de febrero de 2023. Estos valores son utilizados en situaciones específicas de faena donde el precio real de la operación no refleja directamente el valor de mercado.

¿Qué es el Impuesto a la Carne y para qué sirven los valores fictos?

El Impuesto a la Carne Bovina, Ovina y Suina está regulado por el Título 18 del Texto Ordenado 1996. Su base imponible puede determinarse a partir de precios reales o, cuando eso no es posible, a partir de valores fictos fijados mensualmente por la DGI con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes (INAC).

Los precios fictos se aplican en los siguientes casos previstos por el Decreto N° 381/990 del 24 de agosto de 1990 (artículos 9° y 15°):

  • Faena a façon: cuando un tercero faena el ganado por cuenta del propietario.
  • Autoabasto: cuando el propio productor destina su ganado al consumo interno sin intermediación comercial formal.
  • Planta de faena que no abastece directamente: cuando la planta faenadora no provee directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador correspondiente.

En todos estos escenarios, al no existir una operación de compraventa clara que permita determinar el precio real, la DGI establece un valor de referencia (ficto) para garantizar una base imponible uniforme y objetiva.

Valores fictos vigentes para febrero de 2023

A continuación se detallan los precios fictos por kilogramo fijados para el mes de febrero de 2023:

  • Carne Bovina destino abasto: $ 150,45 por kg
  • Carne Bovina destino industria: $ 114,29 por kg
  • Carne Ovina: $ 126,88 por kg
  • Carne Porcina: $ 147,02 por kg

Es importante notar que la carne bovina tiene dos valores diferenciados según su destino: uno más alto para el abasto (consumo) y uno menor para la industria, lo que refleja las diferencias en el proceso y el valor agregado de cada cadena.

¿A quiénes les aplica esta resolución?

Esta resolución es relevante para todos los actores del sector cárnico que operen bajo alguno de los regímenes especiales mencionados:

  • Productores ganaderos que realizan faena a façon o autoabasto.
  • Plantas de faena que no abastecen directamente al punto de venta o industrialización.
  • Establecimientos industrializadores de carne bovina, ovina o porcina.
  • Carnicerías que reciben carne de circuitos donde no hay una transacción directa desde la planta.

Actualización mensual: ¿por qué cambian los fictos?

Los valores fictos se actualizan cada mes en función de las condiciones del mercado ganadero, con el asesoramiento técnico del INAC. Esto implica que los responsables del impuesto deben estar atentos a las resoluciones mensuales de la DGI para aplicar siempre el valor correcto en sus liquidaciones.

Utilizar un ficto desactualizado o de un mes anterior puede generar diferencias en la liquidación del impuesto, con el riesgo de observaciones o ajustes por parte de la DGI.

Texto completo de la resolución

Resolución DGI 264/023
Sección: Último Momento

VISTO: lo dispuesto por el Título 18, artículo 1° del Texto Ordenado 1996.

RESULTANDO: que la Dirección General Impositiva debe establecer con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes, el precio de la carne vacuna y ovina destinada al consumo y de la carne bovina y suina destinada a la industria, en los casos de faena a façon, autoabasto y cuando la planta de faena no abastezca directamente a la carnicería o a los establecimientos industrializadores, según el caso (inciso 2° de los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990 de 24 de agosto de 1990).

CONSIDERANDO: que el Instituto Nacional de Carnes ha prestado el asesoramiento correspondiente, a efectos de la fijación de los precios para el mes de febrero de 2023.

ATENTO: a lo expuesto;

LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:

En los casos de faena a façon, autoabasto o cuando la planta de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador, los precios fictos por Kilo, por el mes de febrero de 2023, a efectos de la liquidación de los impuestos a que hace referencia el Visto, serán:

  • Carne Bovina destino abasto: $ 150,45
  • Carne Bovina destino industria: $ 114,29
  • Carne Ovina: $ 126,88
  • Carne Porcina: $ 147,02

Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web.
Cumplido, archívese.

Margarita Faral
Directora General de Rentas

¿Necesitás ayuda con este tema?

En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.

Artículos relacionados