
Cada mes, la Dirección General Impositiva (DGI) —con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes (INAC)— establece los precios fictos utilizados para liquidar el Impuesto a la Carne en determinadas situaciones especiales. La Resolución DGI 1154/021 fijó dichos valores para el mes de agosto de 2021.
¿Qué es el Impuesto a la Carne y cuándo aplican los valores fictos?
El Impuesto a la Carne Bovina, Ovina y Suina está regulado por el Título 18 del Texto Ordenado 1996. En términos generales, este tributo grava la faena y comercialización de estas carnes destinadas tanto al consumo interno (abasto) como a la industria.
Ahora bien, en ciertas circunstancias no existe un precio de mercado fácilmente verificable entre las partes. Para esos casos, la normativa prevé el uso de precios fictos, es decir, valores de referencia fijados administrativamente. Según los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990, esto ocurre cuando:
- Faena a façon: cuando un tercero realiza la faena por cuenta del dueño del animal, sin transferencia de propiedad en ese acto.
- Autoabasto: cuando el propio productor faena para consumo o venta directa sin pasar por el circuito comercial habitual.
- Planta de faena que no abastece directamente: cuando la planta faenadora no suministra la carne directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador.
En estos escenarios, el precio real de la operación puede ser difícil de determinar o verificar, por lo que la DGI fija valores de referencia mensuales para garantizar una base imponible uniforme y objetiva.
Valores fictos vigentes para agosto de 2021
A continuación se detallan los precios fictos por kilogramo establecidos por la Resolución DGI 1154/021 para el mes de agosto de 2021:
- Carne Bovina – destino abasto: $175,02/kg
- Carne Bovina – destino industria: $120,14/kg
- Carne Ovina: $177,53/kg
- Carne Porcina: $139,87/kg
Es importante notar que la carne bovina tiene dos valores distintos según su destino: el precio para abasto (consumo) es significativamente mayor al de industria, lo que refleja las diferencias en la cadena de valor y el uso final del producto.
¿Por qué importa conocer estos valores?
Para los actores del sector cárnico —frigoríficos, matarifes, carniceros, productores ganaderos y porcinos— estos precios fictos son la base sobre la cual se calcula el impuesto a pagar en las situaciones mencionadas. Utilizar valores incorrectos o desactualizados puede derivar en:
- Liquidaciones incorrectas del impuesto.
- Diferencias detectadas en auditorías o fiscalizaciones de la DGI.
- Multas y recargos por mora o inexactitud.
Por eso, es fundamental consultar mensualmente las resoluciones vigentes y aplicar los valores correspondientes al período de faena o comercialización.
¿Quién asesora a la DGI para fijar estos valores?
El Instituto Nacional de Carnes (INAC) es el organismo técnico que brinda el asesoramiento necesario para la determinación de estos precios. Su conocimiento del mercado ganadero y de la cadena cárnica garantiza que los valores fictos guarden razonable correspondencia con la realidad del mercado en cada período.
Texto completo de la resolución
Resolución DGI N° 1154/021
VISTO: lo dispuesto por el Título 18, artículo 1° del Texto Ordenado 1996.
RESULTANDO: que la Dirección General Impositiva debe establecer con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes, el precio de la carne vacuna y ovina destinada al consumo y de la carne bovina y suina destinada a la industria, en los casos de faena a façon, autoabasto y cuando la planta de faena no abastezca directamente a la carnicería o a los establecimientos industrializadores, según el caso (inciso 2° de los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990 de 24 de agosto de 1990).
CONSIDERANDO: que el Instituto Nacional de Carnes ha prestado el asesoramiento correspondiente, a efectos de la fijación de los precios para el mes de agosto de 2021.
ATENTO: a lo expuesto;
LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS RESUELVE:
En los casos de faena a façon, autoabasto o cuando la planta de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador, los precios fictos por Kilo, por el mes de agosto de 2021, a efectos de la liquidación de los impuestos a que hace referencia el Visto, serán:
- Carne Bovina destino abasto: $175,02
- Carne Bovina destino industria: $120,14
- Carne Ovina: $177,53
- Carne Porcina: $139,87
Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web. Cumplido, archívese.
Margarita Faral
Directora General de Rentas
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