
La Dirección General Impositiva (DGI) publicó la Resolución 521/021, mediante la cual estableció los valores fictos por kilogramo aplicables a la liquidación del impuesto a la carne bovina, ovina y suina para el mes de abril de 2021. Estos precios fictos son de aplicación obligatoria en determinados casos previstos por la normativa vigente.
¿Qué es el impuesto a la carne y cuándo aplican los precios fictos?
El impuesto a la carne está regulado en el Título 18 del Texto Ordenado 1996 y grava la faena de ganado bovino, ovino y porcino destinado al consumo interno o a la industria. No siempre el precio de la transacción es fácilmente verificable, por lo que la normativa prevé el uso de precios fictos (valores de referencia establecidos por la DGI) en situaciones específicas.
De acuerdo con los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990 del 24 de agosto de 1990, los precios fictos se aplican en los siguientes casos:
- Faena a façon: cuando un tercero realiza la faena por encargo del propietario del ganado.
- Autoabasto: cuando el propio productor faena ganado para consumo propio o de su establecimiento.
- Planta de faena que no abastece directamente: cuando la planta faenadora no provee de forma directa a la carnicería o al establecimiento industrializador.
En estos escenarios, la DGI —con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes (INAC)— fija mensualmente los precios de referencia que deben utilizarse para calcular el impuesto correspondiente.
Valores fictos vigentes para abril de 2021
A continuación se detallan los precios fictos por kilogramo establecidos por la Resolución DGI 521/021 para el mes de abril de 2021:
- Carne Bovina — destino abasto: $ 162,03 por kg
- Carne Bovina — destino industria: $ 110,17 por kg
- Carne Ovina: $ 139,57 por kg
- Carne Porcina: $ 139,67 por kg
Es importante destacar que el precio ficto de la carne bovina varía según su destino: el precio para abasto (consumo) es notoriamente superior al de industria, lo que refleja las diferencias de mercado entre ambas cadenas de comercialización.
¿Por qué es relevante conocer estos valores?
Para los actores de la cadena cárnica —productores ganaderos, frigoríficos, matarifes y carniceros— conocer y aplicar correctamente los precios fictos es fundamental para:
- Calcular con precisión el monto del impuesto a la carne a ingresar a la DGI.
- Evitar contingencias fiscales derivadas del uso de precios incorrectos o desactualizados.
- Cumplir en tiempo y forma con las obligaciones tributarias mensuales del sector.
Recordá que estos valores son fijados mensualmente por la DGI con asesoramiento del INAC, por lo que deben actualizarse cada mes al momento de liquidar el impuesto.
¿A quién afecta esta resolución?
Esta resolución es de aplicación directa para todos los contribuyentes del sector cárnico que se encuentren en alguna de las situaciones descriptas anteriormente (faena a façon, autoabasto o cadena de comercialización sin abastecimiento directo). Si tu actividad involucra la faena o comercialización de ganado bovino, ovino o porcino, es imprescindible que estés al día con los fictos vigentes en cada período.
Texto completo de la resolución
Resolución DGI N° 521/021
Fijación de los valores fictos relativos al impuesto a la carne bovina, ovina y suina destinada al consumo y a la industria. Abril 2021.
VISTO: lo dispuesto por el Título 18, artículo 1° del Texto Ordenado 1996.
RESULTANDO: que la Dirección General Impositiva debe establecer con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes, el precio de la carne vacuna y ovina destinada al consumo y de la carne bovina y suina destinada a la industria, en los casos de faena a façon, autoabasto y cuando la planta de faena no abastezca directamente a la carnicería o a los establecimientos industrializadores, según el caso (inciso 2° de los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990 de 24 de agosto de 1990).
CONSIDERANDO: que el Instituto Nacional de Carnes ha prestado el asesoramiento correspondiente, a efectos de la fijación de los precios para el mes de abril de 2021.
ATENTO: a lo expuesto;
LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
En los casos de faena a façon, autoabasto o cuando la planta de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador, los precios fictos por Kilo, por el mes de abril de 2021, a efectos de la liquidación de los impuestos a que hace referencia el Visto, serán:
- Carne Bovina destino abasto: $ 162,03
- Carne Bovina destino industria: $ 110,17
- Carne Ovina: $ 139,57
- Carne Porcina: $ 139,67
Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web. Cumplido, archívese.
Margarita Faral
Directora General de Rentas
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