
¿Tu empresa debe renovar la Planilla de Trabajo?
Si sos empleador y tenés trabajadores afiliados a cajas paraestatales, hay una fecha que no podés olvidar: tenés tiempo hasta el 14 de noviembre de 2025 para renovar tu Planilla de Trabajo ante el MTSS.
En Calculame sabemos que estos trámites pueden generar confusión, por eso queremos explicarte de manera sencilla qué empresas están obligadas, cuándo y cómo hacer esta renovación.
¿Qué empresas deben renovar la planilla?
Si tu empresa tiene empleados en relación de dependencia que están afiliados a alguna de estas cajas paraestatales, estás obligado a renovar anualmente:
- Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias: Para empleados del sector bancario
- Caja Notarial de Seguridad Social: Para escribanos y empleados de escribanías
- Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios: Para profesionales como médicos, ingenieros, abogados, etc.
Es importante que sepas que estas empresas no están incluidas en la Planilla de Trabajo Unificada del BPS, sino que mantienen un régimen especial a través del MTSS.
Plazos que no podés olvidar
La Inspección General del Trabajo estableció que el período de renovación es del 14 de octubre al 14 de noviembre de 2025. Esto te da un mes completo para completar el trámite, pero nuestra recomendación es que no lo dejes para último momento.
¿Cómo hacer la renovación?
La buena noticia es que todo el proceso se hace de forma digital a través del sistema VENETUS. No necesitás ir presencialmente a ninguna oficina del MTSS.
Para acceder al sistema, vas a necesitar:
- Tu certificado digital o credenciales de acceso
- Información actualizada de tus empleados
- Datos de la empresa al día
Consejos prácticos desde Calculame
1. Revisá tu nómina con tiempo: Antes de comenzar el trámite, asegurate de tener actualizada toda la información de tus empleados afiliados a cajas paraestatales.
2. Verificá las afiliaciones: Si tenés dudas sobre qué empleados están afiliados a estas cajas, consultá directamente con cada caja o con tu contador.
3. Organizate con el calendario: Marcá en tu agenda tanto la fecha de inicio (14 de octubre) como la de vencimiento (14 de noviembre) para no quedar fuera de plazo.
4. Guardá la documentación: Una vez completada la renovación, conservá todos los comprobantes y confirmaciones del sistema.
¿Qué pasa si no renovás a tiempo?
No renovar la planilla en tiempo y forma puede traerte problemas con la Inspección del Trabajo, incluyendo multas y observaciones en futuras fiscalizaciones. Por eso es fundamental que respetes los plazos establecidos.
Desde Calculame te recomendamos que, si tenés empleados en estas categorías especiales, incluyas este trámite en tu calendario anual de obligaciones tributarias y laborales.
¿Necesitás ayuda con este tema?
En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.
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