
¿Qué es la prima por presentismo en el servicio doméstico?
Si tenés personal doméstico empleado en tu hogar, hay un beneficio laboral que quizás no conocés en detalle pero que tiene implicancias concretas en tus obligaciones como empleador: la prima por presentismo.
Esta prima fue establecida por el Convenio Colectivo del Grupo 21 - Servicio Doméstico y está vigente desde el 1º de abril de 2013. En pocas palabras, es un pago adicional que le corresponde al trabajador doméstico cuando cumple con asistencia perfecta durante el período de cómputo del aguinaldo.
¿Cuánto se paga y cuándo?
La prima equivale a un cuarto (1/4) del medio aguinaldo que le corresponde a cada trabajador. Se abona en las mismas oportunidades que el sueldo anual complementario, es decir, dos veces al año:
- Por el período 1 de diciembre al 31 de mayo
- Por el período 1 de junio al 30 de noviembre
Para tener derecho a cobrarla, el trabajador debe haber tenido asistencia perfecta durante el período correspondiente.
¿Qué inasistencias no hacen perder la prima?
No toda ausencia implica que el trabajador pierda este beneficio. La normativa establece que las siguientes situaciones no afectan el derecho a la prima:
- Enfermedad debidamente comprobada mediante certificación del BPS o el BSE
- Inasistencias derivadas del ejercicio del derecho de huelga, cuando sean decretadas con carácter general
- Licencia anual reglamentaria
- Licencias especiales previstas por ley o convenio colectivo (por ejemplo, por maternidad, paternidad u otras causas habilitadas)
- Comparecencia al Consejo de Salarios del Grupo 21
En todos estos casos, aunque el trabajador no haya concurrido, la prima se mantiene.
¿Qué pasa con los aportes al BPS?
Acá está el punto más importante para vos como empleador: el BPS calcula y liquida automáticamente los aportes correspondientes a la prima por presentismo. Esto significa que, si tu trabajador tiene derecho a cobrarla, no necesitás hacer ningún trámite especial: el importe ya vendrá incluido en el boleto de pago del mes de junio de 2026.
Sin embargo, hay una excepción importante.
¿Cuándo sí tenés que hacer algo?
Si tu trabajador no cumplió con la asistencia perfecta y, por lo tanto, no le corresponde la prima, tenés la obligación de informárselo al BPS. De lo contrario, el BPS igualmente generará el cobro automático.
Este trámite se llama Declaración de No Presentismo y podés realizarlo entre el 1 y el 30 de junio de 2026.
¿Cómo informar al BPS que no corresponde la prima?
Tenés dos vías disponibles para hacer esta declaración:
- Aplicación móvil "BPS Trabajo Doméstico": ingresá a la funcionalidad "Declarar No Presentismo" y completá los datos de tu trabajador.
- Servicios en línea del BPS: tanto usuarios registrados (a través de la sección "Trabajo Doméstico: inscribir trabajadores y modificar datos") como usuarios no registrados (mediante la opción "Informar no pago de prima por presentismo de Trabajo Doméstico") pueden realizar este trámite.
Resumen: lo que tenés que hacer antes del 30 de junio
- ✅ Si tu trabajador doméstico tuvo asistencia perfecta: no necesitás hacer nada. El BPS liquidará automáticamente la prima en el boleto de junio.
- ⚠️ Si tu trabajador no tuvo asistencia perfecta (por razones no exceptuadas): debés declarar el No Presentismo ante el BPS antes del 30 de junio de 2026.
No cumplir con esta declaración puede generarte un cobro incorrecto en tu boleto mensual. Si tenés dudas sobre cómo calcularlo o si tu trabajador efectivamente perdió el beneficio, en Calculame podemos ayudarte a entender tu situación y gestionar tus obligaciones como empleador de forma simple y sin errores.
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