Resoluciones de DGI

Precios fictos de carne vacuna, ovina y porcina para diciembre 2022

La DGI fijó los precios fictos por kilo de carne bovina, ovina y porcina para diciembre 2022, aplicables en casos de faena a façon, autoabasto y plantas que no abastecen directamente.

Rodrigo Abaz·21 de octubre de 2026
Precios fictos de carne vacuna, ovina y porcina para diciembre 2022

Cada mes, la Dirección General Impositiva (DGI) —con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes (INAC)— establece los precios fictos por kilo de los distintos tipos de carne. Estos valores son la base sobre la cual se liquidan los impuestos correspondientes en situaciones específicas del sector cárnico. A continuación, te explicamos qué significa esto, en qué casos aplica y cuáles fueron los valores fijados para diciembre de 2022.

¿Qué es un precio ficto y para qué sirve?

Un precio ficto es un valor de referencia establecido por la administración tributaria que se utiliza en lugar del precio real de una transacción, a los efectos del cálculo de impuestos. Esto evita maniobras de subfacturación y simplifica la liquidación en situaciones donde el precio de mercado puede ser difícil de determinar o verificar.

En el sector cárnico uruguayo, estos fictos son especialmente relevantes porque la cadena de valor involucra múltiples actores: productores, plantas de faena, carnicerías y establecimientos industrializadores, con distintas modalidades de operación.

¿En qué situaciones se aplican estos precios fictos?

Según lo dispuesto por el Título 18, artículo 1° del Texto Ordenado 1996 y el Decreto N° 381/990, los precios fictos aplican en los siguientes casos:

  • Faena a façon: cuando un tercero faena animales por cuenta de otro. Es decir, el propietario del ganado contrata una planta de faena para que realice el trabajo, pero sigue siendo dueño de la carne resultante.
  • Autoabasto: cuando el propio productor faena animales para abastecer su propio punto de venta (por ejemplo, una carnicería propia), sin que exista una transacción comercial entre partes independientes.
  • Cuando la planta de faena no abastece directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador: situaciones en que la cadena de distribución incorpora intermediarios o no hay un vínculo directo entre quien faena y quien comercializa o industrializa.

En todos estos casos, al no existir un precio de mercado claro entre partes independientes, la DGI fija un valor de referencia para garantizar una liquidación impositiva correcta.

Valores fijados para diciembre de 2022

Mediante la Resolución N° 2.172/2022, emitida el 28 de noviembre de 2022, la Directora General de Rentas estableció los siguientes precios fictos por kilogramo:

  • Carne Bovina destino abasto: $ 148,23
  • Carne Bovina destino industria: $ 107,04
  • Carne Ovina: $ 139,47
  • Carne Porcina: $ 149,04

Notá que la carne bovina tiene dos precios diferenciados según su destino: el precio para abasto (consumo) es considerablemente mayor que el destinado a la industria, lo que refleja las diferencias de calidad y corte que se comercializan en cada canal.

¿Quiénes deben prestar atención a estos valores?

Esta resolución es de especial relevancia para:

  • Frigoríficos y plantas de faena que operan bajo la modalidad de façon.
  • Productores ganaderos que realizan autoabasto para sus propios puntos de venta.
  • Carnicerías y establecimientos industrializadores que no reciben abasto directamente de la planta faenadora.
  • Contadores y asesores tributarios que liquidan los impuestos del sector agropecuario y cárnico.

Es importante recordar que estos valores se actualizan mensualmente, por lo que quienes operen en el sector deben estar atentos a las resoluciones que la DGI emite al final de cada mes para el período siguiente.

Texto completo de la consulta

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA - DGI

Resolución N° 2.172/2022
Montevideo, 28 de noviembre de 2022

VISTO: lo dispuesto por el Título 18, artículo 1° del Texto Ordenado 1996.

RESULTANDO: que la Dirección General Impositiva debe establecer con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes, el precio de la carne vacuna y ovina destinada al consumo y de la carne bovina y suina destinada a la industria, en los casos de faena a façon, autoabasto y cuando la planta de faena no abastezca directamente a la carnicería o a los establecimientos industrializadores, según el caso (inciso 2° de los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990 de 24 de agosto de 1990).

CONSIDERANDO: que el Instituto Nacional de Carnes ha prestado el asesoramiento correspondiente, a efectos de la fijación de los precios para el mes de diciembre de 2022.

ATENTO: a lo expuesto;

LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS RESUELVE:

En los casos de faena a façon, autoabasto o cuando la planta de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador, los precios fictos por Kilo, por el mes de diciembre de 2022, a efectos de la liquidación de los impuestos a que hace referencia el Visto, serán:

  • Carne Bovina destino abasto: $ 148,23
  • Carne Bovina destino industria: $ 107,04
  • Carne Ovina: $ 139,47
  • Carne Porcina: $ 149,04

Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web. Cumplido, archívese.

La Directora General de Rentas, Cra. Margarita Faral.

¿Necesitás ayuda con este tema?

En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.

Artículos relacionados