Resoluciones de DGI

Precios fictos de carne vacuna, ovina y porcina: diciembre 2020

La DGI fijó los precios fictos por kilo de carne bovina, ovina y porcina para diciembre 2020, aplicables en casos de faena a façon, autoabasto y otros supuestos.

Rodrigo Abaz·23 de octubre de 2026
Precios fictos de carne vacuna, ovina y porcina: diciembre 2020

Cada mes, la Dirección General Impositiva (DGI) establece los precios fictos de la carne que se utilizan como base para la liquidación de impuestos en determinados circuitos de comercialización. Esta resolución corresponde al mes de diciembre de 2020 y fija los valores para carne bovina, ovina y porcina.

¿Qué son los precios fictos de la carne?

En el sector cárnico uruguayo, no siempre existe una transacción comercial directa y documentada entre la planta de faena y quien recibe la carne. Hay situaciones particulares donde el precio real de la operación es difícil de determinar o verificar. Para esos casos, la DGI fija precios fictos: valores de referencia oficiales que se usan en lugar del precio real para calcular los impuestos correspondientes.

Este mecanismo está previsto en el Título 18, artículo 1° del Texto Ordenado 1996 y reglamentado por el Decreto N° 381/990 de 24 de agosto de 1990.

¿Cuándo se aplican estos precios?

Los precios fictos aplican en tres situaciones específicas:

  • Faena a façon: cuando un productor o tercero lleva sus animales a faenar a una planta, pero la carne resultante no es vendida por esa planta sino que queda en poder del dueño original del ganado.
  • Autoabasto: cuando el propio productor faena para consumo o venta directa, sin pasar por un intermediario comercial formal.
  • Cuando la planta de faena no abastece directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador: es decir, cuando hay intermediarios o la cadena de distribución no es la habitual.

En todos estos casos, al no haber un precio de mercado claramente documentado, se recurre al precio ficto fijado por la DGI para determinar la base imponible de los tributos.

Precios fictos vigentes para diciembre de 2020

La DGI, con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes (INAC), estableció los siguientes valores por kilogramo:

  • Carne Bovina destino abasto: $ 144,50 por kg
  • Carne Bovina destino industria: $ 96,77 por kg
  • Carne Ovina: $ 144,40 por kg
  • Carne Porcina: $ 134,33 por kg

Es importante notar la diferencia entre la carne bovina destinada al abasto (consumo directo en carnicerías) y la destinada a la industria (procesamiento industrial). El precio para industria es significativamente menor, lo que refleja la realidad del mercado en ese momento.

El rol del INAC en la fijación de estos valores

La resolución no es una decisión unilateral de la DGI. La normativa exige expresamente que la Dirección General Impositiva actúe con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes. El INAC, por su seguimiento permanente del mercado ganadero y cárnico, aporta los datos de referencia sobre los precios reales del sector, lo que le da sustento técnico a los valores fictos establecidos.

¿Por qué importa esto para los operadores del sector?

Para carnicerías, frigoríficos, matarifes, productores ganaderos y establecimientos industrializadores, conocer el precio ficto vigente en cada mes es clave porque:

  • Define la base imponible sobre la que se calculan los impuestos del Título 18 del T.O. 1996.
  • Permite hacer una correcta liquidación impositiva evitando contingencias fiscales.
  • Es un valor objetivo y oficial, por lo que su uso correcto protege al contribuyente ante eventuales revisiones de la DGI.

Texto completo de la resolución

PODER EJECUTIVO — MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS — DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

Resolución N° 2.214/2020
Montevideo, 26 de noviembre de 2020

VISTO: lo dispuesto por el Título 18, artículo 1° del Texto Ordenado 1996.

RESULTANDO: que la Dirección General Impositiva debe establecer con el asesoramiento del Instituto Nacional de Carnes, el precio de la carne vacuna y ovina destinada al consumo y de la carne bovina y suina destinada a la industria, en los casos de faena a façon, autoabasto y cuando la planta de faena no abastezca directamente a la carnicería o a los establecimientos industrializadores, según el caso (inciso 2° de los artículos 9° y 15° del Decreto N° 381/990 de 24 de agosto de 1990).

CONSIDERANDO: que el Instituto Nacional de Carnes ha prestado el asesoramiento correspondiente, a efectos de la fijación de los precios para el mes de diciembre de 2020.

ATENTO: a lo expuesto;

LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS RESUELVE:

En los casos de faena a façon, autoabasto o cuando la planta de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador, los precios fictos por Kilo, por el mes de diciembre de 2020, a efectos de la liquidación de los impuestos a que hace referencia el Visto, serán:

  • Carne Bovina destino abasto: $ 144,50
  • Carne Bovina destino industria: $ 96,77
  • Carne Ovina: $ 144,40
  • Carne Porcina: $ 134,33

Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web. Cumplido, archívese.

La Directora General de Rentas, Cra. Margarita Faral.

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