
Pensiones alimenticias: límites de retención salarial en Uruguay
Conocé hasta qué porcentaje se puede retener del salario por pensión alimenticia y cómo esto afecta a tu empresa si tenés empleados con esta obligación judicial.
Impuestos relacionados
¿Qué necesitás saber sobre las retenciones por pensión alimenticia?
Si tenés empleados en tu empresa, es probable que en algún momento te llegue una orden judicial para retener parte del salario por concepto de pensión alimenticia. En Calculame, sabemos que esta situación puede generar dudas sobre los límites legales y cómo proceder correctamente.
Las pensiones alimenticias tienen prioridad absoluta sobre cualquier otra retención salarial en Uruguay. Esto significa que, antes de aplicar cualquier descuento adicional, debés asegurar que se cumpla con la obligación alimentaria establecida por la justicia.
El límite máximo: hasta el 50% de los ingresos
La ley uruguaya establece claramente que se puede retener hasta un máximo del 50% de los ingresos del trabajador por concepto de pensión alimenticia. Este límite está fijado en el Código de la Niñez y la Adolescencia y es un tope que no se puede superar, independientemente de la cantidad de hijos o beneficiarios.
Es importante entender que este 50% es un límite máximo, no automático. El juez determina el porcentaje específico según cada caso, considerando:
- El número de hijos a cargo
- Las necesidades específicas de cada menor
- La capacidad económica del obligado
- Las circunstancias particulares de la familia
¿Cómo calculamos la base para la retención?
Una duda frecuente que nos consultan es si el porcentaje se aplica sobre el salario bruto o líquido. La respuesta es clara: se calcula sobre el salario líquido, es decir, después de descontar:
- Aportes personales al BPS
- IRPF (Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas)
- IASS cuando corresponda
Esto significa que primero calculás el salario líquido del empleado y sobre ese monto aplicás el porcentaje ordenado por el juzgado.
Implicancias prácticas para tu empresa
Como empleador, tenés varias responsabilidades cuando recibís una orden de retención por pensión alimenticia:
Cumplimiento obligatorio: No podés negarte a hacer la retención. Es una orden judicial que debe cumplirse inmediatamente.
Depósito puntual: Debés depositar el monto retenido en la cuenta judicial o al beneficiario según indique la orden, generalmente dentro de los primeros días del mes siguiente.
Registro contable: Es fundamental llevar un registro detallado de todas las retenciones realizadas, tanto para tu contabilidad como para eventuales auditorías.
Casos típicos que manejamos en Calculame
En nuestra experiencia, los porcentajes más comunes que vemos son:
- Por un hijo: Entre 15% y 25% del salario líquido
- Por dos hijos: Entre 25% y 35%
- Por tres o más hijos: Puede llegar hasta el 40-45%, pero nunca superar el 50%
Recordá que estos son ejemplos orientativos. Cada caso es único y el porcentaje exacto siempre lo determina el juez.
Consejos para empresarios
Si recibís una orden de retención por pensión alimenticia, te recomendamos:
- Actuar inmediatamente: No demores el cumplimiento de la orden
- Comunicarte con tu empleado: Explicale la situación y cómo afectará su salario
- Mantener registros: Documentá todas las retenciones y depósitos realizados
- Consultar con expertos: Ante dudas sobre el cálculo o procedimiento, buscá asesoramiento profesional
Las retenciones por pensión alimenticia son una realidad que muchas empresas uruguayas enfrentan. Conocer los límites legales y los procedimientos correctos te ayudará a cumplir con tus obligaciones de manera eficiente y sin complicaciones legales.
¿Necesitás ayuda con este tema?
En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.
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