
Leyendas obligatorias en CFE: dónde ubicarlas correctamente
Guía completa sobre la ubicación correcta de leyendas obligatorias en CFE según la nueva normativa DGI. Evitá multas y errores en tus facturas electrónicas.
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¿Por qué es importante ubicar correctamente las leyendas en tus CFE?
Desde Calculame sabemos que mantener al día la facturación electrónica puede ser un desafío, especialmente cuando la DGI introduce cambios en la normativa. Con la Resolución DGI N.º 1264/2023, vigente desde enero de 2024, se establecieron nuevas reglas claras sobre dónde exactamente deben ir las leyendas obligatorias en los Comprobantes Fiscales Electrónicos.
¿Por qué esto te importa como emprendedor? Porque ubicar incorrectamente estas leyendas puede resultar en observaciones de DGI, multas o incluso el rechazo de tus comprobantes. Te explicamos todo lo que necesitás saber para cumplir correctamente.
Entendé las zonas de tu CFE
Tu CFE no es solo un documento: está estructurado en zonas específicas, cada una con su función. La DGI definió claramente dónde va cada tipo de leyenda:
- Encabezado: Para leyendas relacionadas con el régimen general del emisor (como zona franca) o devolución de IVA a turistas
- Detalle de productos: Para leyendas específicas de cada producto o servicio (exoneraciones por ítem)
- Medios de pago: Para información sobre entidades administradoras en casos específicos
- Adenda (Zona J): El "cajón de sastre" para todas las demás leyendas obligatorias
La Adenda: tu zona comodín
La Adenda es la zona más importante para conocer. Aquí van todas las leyendas obligatorias que no tienen una ubicación específica definida por otra norma. Desde Calculame te recomendamos prestar especial atención a estos requisitos:
- Debe estar claramente identificada con la palabra "ADENDA"
- Los caracteres deben tener al menos 3 mm de alto
- Las leyendas obligatorias van ANTES que cualquier otra información opcional
Casos prácticos que manejamos en Calculame
En nuestra experiencia, estos son los escenarios más comunes donde nuestros usuarios necesitan incluir leyendas:
Si sos usuario de zona franca: La leyenda "Contribuyente amparado a la Ley N.º 15.921" va en el encabezado de TODOS tus CFE.
Si prestás servicios exonerados: La leyenda "Servicios exonerados literal S artículo 52 Título 4" debe aparecer en el detalle, específicamente en la línea del servicio exonerado.
Si vendés a turistas: Necesitás incluir información tanto en el encabezado como en medios de pago, incluyendo el nombre de la entidad administradora de la tarjeta.
Errores comunes que vemos y cómo evitarlos
En Calculame hemos identificado los errores más frecuentes:
- Poner todas las leyendas en la Adenda: Algunas leyendas tienen ubicaciones específicas obligatorias
- Usar caracteres muy pequeños: La DGI exige mínimo 3 mm de alto
- No identificar la Adenda: Debe aparecer claramente la palabra "ADENDA"
- Mezclar información obligatoria con opcional: Las leyendas obligatorias van primero
¿Tu sistema actual cumple con la normativa?
Si usás un sistema de facturación propio o tercerizado, es fundamental que verifiques que cumple con estos requisitos. Los cambios de la Resolución 1264/2023 no son opcionales: son obligatorios desde enero de 2024.
Desde Calculame recomendamos hacer una revisión completa de tus plantillas y configuraciones. Un CFE mal configurado puede generar problemas con DGI que es mejor prevenir que solucionar después.
Mirando hacia adelante
La facturación electrónica sigue evolucionando en Uruguay. Mantenerse actualizado con estos cambios normativos no solo te evita problemas, sino que también te posiciona como un emprendedor profesional que cumple correctamente con sus obligaciones fiscales.
¿Necesitás ayuda con este tema?
En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.
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