
Impuestos relacionados
Si vendés carne al público —ya sea en una carnicería, mercado o como productor que faena animales propios— necesitás saber cómo se calcula el IVA sobre esas ventas. La DGI utiliza un sistema de precios fictos para simplificar la liquidación del impuesto, y los actualiza periódicamente en base a información del Instituto Nacional de Carnes (INAC).
La Resolución DGI N° 125/2021 fijó los nuevos valores vigentes a partir del 1° de febrero de 2021. A continuación te explicamos cómo funciona el sistema y cuáles son los importes aplicables.
¿Qué es el sistema de precios fictos en carnes?
El sistema de precios fictos para la carne existe desde la Resolución DGI N° 451/1985 y tiene como objetivo facilitar la determinación del IVA en la cadena de comercialización de carnes. En lugar de calcular el impuesto sobre el precio real de cada venta (lo que sería complejo de fiscalizar), la DGI fija valores de referencia por kilo que sirven de base para la percepción del IVA.
Este mecanismo aplica en distintas situaciones:
- La venta al público de medias reses, cuartos delanteros y traseros.
- La venta al público del producido de la faena realizada por quienes son propietarios de los animales.
- La venta de carnes ovinas y menudencias.
Precios fictos para la percepción del IVA (desde el 1°/02/2021)
Para practicar la percepción del IVA en la venta al público de carne bovina, los precios fictos por kilo sin IVA son los siguientes:
- Media Res: $ 180,93 por kg
- Cuarto Delantero: $ 153,79 por kg
- Cuarto Trasero: $ 208,07 por kg
Además, se fija en 20% el valor agregado en la etapa minorista, tal como lo indica el numeral 2°) de la Resolución N° 451/1985.
Precios fictos para quienes faenan animales propios
Cuando un productor o carnicero vende al público el producido de la faena de animales de su propiedad, los precios a multiplicar por los kilos obtenidos son:
- Carne Bovina (media res): $ 180,93 por kg
- Carne Ovina – Cordero: $ 177,10 por kg
- Carne Ovina – Borrego, Capón, Oveja: $ 123,97 por kg
- Menudencias: $ 153,80 por kg
IVA a computar por kilo según tipo de carne
Para los contribuyentes comprendidos en el numeral 5°) de la Resolución N° 451/1985, los importes de IVA a computar directamente por kilo son:
- Carne Bovina (media res): $ 18,09 por kg
- Carne Ovina – Cordero: $ 17,71 por kg
- Carne Ovina – Borrego, Capón, Oveja: $ 12,40 por kg
- Menudencias: $ 15,38 por kg
Estos importes ya representan el IVA calculado sobre los precios fictos correspondientes, lo que simplifica notablemente la liquidación para el contribuyente.
¿A quién le aplica esta resolución?
Esta normativa es relevante para:
- Carnicerías y supermercados que venden carne al público y actúan como contribuyentes de IVA.
- Productores agropecuarios que faenan animales de su propiedad y comercializan directamente la carne.
- Frigoríficos y matarifes abastecedores que actúan como agentes de percepción del IVA en la cadena comercial.
Importante: Los precios fictos no son el precio al que se vende la carne, sino la base de referencia establecida por la DGI para calcular el IVA. Si el precio real de venta es diferente, igualmente se utiliza el ficto para determinar el impuesto.
¿Por qué se actualizan estos valores?
Los precios fictos se ajustan periódicamente en función de la información de mercado proporcionada por el INAC (Instituto Nacional de Carnes). Este organismo monitorea los precios reales de la carne en el mercado interno, y cuando hay variaciones significativas, la DGI emite una nueva resolución para actualizar los fictos y que estos reflejen la realidad económica del sector.
De esta forma, se evita que el sistema de percepción quede desactualizado respecto a los precios reales, lo que podría generar distorsiones en la recaudación del IVA.
Texto completo de la resolución
PODER EJECUTIVO – MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA – DGI
Resolución N° 125/2021
Fíjanse, a partir del 1° de febrero de 2021, los nuevos valores por kilo de venta al público de carne bovina y ovina y sus menudencias, a efectos de la percepción del IVA, así como el IVA que deben tributar quienes vendan al público el producido de la faena por ellos realizada de animales de su propiedad.
Montevideo, 27 de enero de 2021
VISTO: la Resolución de la Dirección General Impositiva N° 451/1985 de 28 de agosto de 1985.
RESULTANDO: que se cuenta con la información necesaria proporcionada por el Instituto Nacional de Carnes (INAC), para fijar nuevos valores a efectos de la percepción del Impuesto al Valor Agregado por la venta al público de carnes y menudencias, así como el Impuesto al Valor Agregado que deben tributar quienes vendan al público el producido de la faena por ellos realizada de animales de su propiedad.
CONSIDERANDO: necesario comunicar los valores a efectos de la aplicación de la Resolución referida en el Visto.
ATENTO: a lo expuesto;
LA DIRECTORA GENERAL DE RENTAS RESUELVE:
Para practicar la percepción a que refiere el numeral 1°) de la Resolución de la Dirección General Impositiva N° 451/1985 de 28 de agosto de 1985, fíjanse los siguientes precios fictos por Kilo de venta al público sin Impuesto al Valor Agregado:
- Media Res: $ 180,93
- Cuarto Delantero: $ 153,79
- Cuarto Trasero: $ 208,07
Fíjase en el 20% el valor agregado en la etapa minorista a que hace mención el numeral 2°) de la Resolución de la Dirección General Impositiva N° 451/1985 de 28 de agosto de 1985.
Para practicar la percepción establecida en el numeral 3°) de la Resolución de la Dirección General Impositiva N° 451/1985 de 28 de agosto de 1985, los precios a multiplicar por los kilos de carnes y menudencias obtenidas en la faena, serán los siguientes:
- Carne Bovina media res: $ 180,93
- Carne ovina, cordero: $ 177,10
- Carne ovina, borrego, capón, oveja: $ 123,97
- Menudencias: $ 153,80
Los contribuyentes mencionados en el numeral 5°) de la Resolución de la Dirección General Impositiva N° 451/1985 de 28 de agosto de 1985, computarán como impuesto los siguientes importes:
- Por Kilo de Carne Bovina (media res): $ 18,09
- Por Kilo de carne ovina, cordero: $ 17,71
- Por Kilo de carne ovina, borrego, capón, oveja: $ 12,40
- Por Kilo de Menudencias: $ 15,38
Esta Resolución se aplicará desde el 1° de febrero de 2021 inclusive.
Publíquese en el Diario Oficial. Insértese en la página web. Cumplido, archívese.
La Directora General de Rentas, Cra. Margarita Faral.
¿Necesitás ayuda con este tema?
En Calculame te ayudamos a resolver impuestos, apertura de empresas, facturación electrónica y trámites ante DGI y BPS con foco práctico para Uruguay.
Artículos relacionados
23 oct. 2026
IRAE agropecuario: valores fiscales para el ejercicio 2019-2020
La DGI fijó los valores de semovientes, lana y cultivos en proceso para liquidar el IRAE del sector agropecuario en el ejercicio 1/7/2019 al 30/6/2020.
23 oct. 2026
IVA en venta de carne bovina y ovina: precios fictos vigentes
La DGI fijó los precios fictos por kilo para la percepción del IVA en la venta al público de carne bovina, ovina y menudencias a partir del 1° de octubre de 2020.
23 oct. 2026
Valores de semovientes y lana para liquidar IRAE agropecuario 2019-2020
La DGI fijó los valores oficiales de ganado vacuno, ovino, porcino, equino, caprino y lana para liquidar el IRAE del sector agropecuario en el ejercicio julio 2019 - junio 2020.

